Naciones Unidas

A/HRC/33/9

Asamblea General

Distr. general

8 de julio de 2016

Español

Original: inglés

Consejo de Derechos Humanos

33º período de sesiones

Tema 6 de la agenda

Examen periódico universal

Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal *

Hungría

Índice

Página

Introducción3

I.Resumen de las deliberaciones del proceso de examen3

A.Exposición del Estado examinado3

B.Diálogo interactivo y respuestas del Estado examinado5

II.Conclusiones y/o recomendaciones14

Anexo

Composition of the delegation30

Introducción

1.El Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, establecido de conformidad con la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos celebró su 25º período de sesiones del 2 al 13 de mayo de 2016. El examen de Hungría se llevó a cabo en la 6ª sesión, el 4 de mayo de 2016. La delegación de Hungría estuvo encabezada por el Ministro de Justicia, László Trócsányi. En su 13ª sesión, celebrada el 10 de mayo de 2016, el Grupo de Trabajo aprobó el informe sobre Hungría.

2.El 12 de enero de 2016, el Consejo de Derechos Humanos eligió al siguiente grupo de relatores (troika) para facilitar el examen de Hungría: Nigeria, Panamá y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

3.Con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 15 del anexo de la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos y en el párrafo 5 del anexo de la resolución 16/21 del Consejo, para el examen de Hungría se publicaron los siguientes documentos:

a)Un informe nacional/exposición por escrito de conformidad con el párrafo 15 a) (A/HRC/WG.6/25/HUN/1);

b)Una recopilación preparada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) de conformidad con el párrafo 15 b) (A/HRC/WG.6/25/HUN/2);

c)Un resumen preparado por el ACNUDH de conformidad con el párrafo 15 c) (A/HRC/WG.6/25/HUN/3).

4.Por conducto de la troika se transmitió a Hungría una lista de preguntas preparadas de antemano por el Afganistán, Alemania, Bélgica, Eslovenia, España, Liechtenstein, México, Noruega, los Países Bajos, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la República Checa, Suecia y Suiza. Esas preguntas pueden consultarse en la extranet del examen periódico universal.

I.Resumen de las deliberaciones del proceso de examen

A.Exposición del Estado examinado

5.El Ministro de Justicia afirmó que Hungría atribuía especial importancia al mecanismo del examen periódico universal y estaba firmemente decidida a proteger y cumplir todas sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

6.La delegación recordó que, de conformidad con su invitación abierta, Hungría había recibido seis visitas de titulares de mandatos de los procedimientos especiales desde su primer examen, había respondido a todas sus cartas, había presentado informes oportunamente a tres órganos creados en virtud de tratados, estaba haciendo todo lo posible por presentar sus informes atrasados y había presentado, en mayo de 2014, un informe de mitad de período sobre el examen periódico universal, acerca de la aplicación de las recomendaciones recibidas en 2011.

7.En 2012, Hungría se había adherido al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y, en enero de 2015, la Oficina del Comisionado de Derechos Fundamentales se había convertido en el mecanismo nacional de prevención previsto en el Protocolo Facultativo. Hungría se había adherido a varios instrumentos europeos de derechos humanos o se hallaba en proceso de ratificarlos, y el Gobierno había seguido incorporando las obligaciones internacionales en la legislación nacional.

8.La nueva Ley Fundamental había entrado en vigor en enero de 2012, y consagraba que los derechos humanos son inalienables, interdependientes e indivisibles. Hungría seguía siendo una república democrática parlamentaria. Se habían aprobado varias leyes esenciales que exigían una mayoría cualificada en relación con el Comisionado de Derechos Fundamentales, el Tribunal Constitucional, la condición jurídica y la remuneración de los jueces, así como con importantes cuestiones de derechos humanos como la libertad de información, la fiscalía, la libertad de conciencia y de religión y la condición jurídica de las iglesias.

9.La institución nacional de derechos humanos se había reforzado y unificado, y en diciembre de 2014 había recibido la calificación A de la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos. Además, la estructura nacional para la protección de los derechos fundamentales se había perfeccionado con el establecimiento del Organismo Nacional de Protección de Datos y Libertad de Información y el Organismo para la Igualdad de Trato.

10.Uno de los resultados del primer ciclo de examen había sido el establecimiento en  2012 de un grupo de trabajo interministerial sobre los derechos humanos con carácter consultivo. El grupo de trabajo había establecido un grupo de mesa redonda para facilitar las consultas con las organizaciones de la sociedad civil. Por ejemplo, el proyecto de informe nacional preparado por el Gobierno para su segundo ciclo del examen periódico universal se había distribuido entre los miembros del grupo de mesa redonda para que formulasen observaciones, que posteriormente fueron incorporadas en la versión definitiva del informe. Como contribución distintiva, el Gobierno de Hungría había organizado desde 2008 el Foro de Derechos Humanos de Budapest para difundir conocimientos y crear conciencia sobre los derechos humanos.

11.El Gobierno había emprendido una reforma amplia del sistema penal para armonizarlo con el derecho internacional. En relación con ello, había entrado en vigor en julio de 2013 un nuevo Código Penal basado en cuatro principios: la eficiencia, la uniformidad, la simplicidad y la modernidad, complementados con la severidad en el caso de los reincidentes, y un enfoque preventivo para los delincuentes sin antecedentes penales.

12.Se había revisado la legislación sobre las ejecuciones penales con el objetivo, entre otras cosas, de integrar varias recomendaciones del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes. Además, a raíz de la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en László Magyar c. Hungría, el Gobierno había autorizado la posibilidad de revisar las condenas de reclusión a perpetuidad.

13.La delegación señaló que el Ministerio de Justicia estaba modificando la Ley de Procedimientos Penales para incorporar, entre otras disposiciones, la protección de los derechos procesales de los grupos vulnerables y la reglamentación efectiva de las operaciones encubiertas y la vigilancia secreta.

14.Con respecto a la igualdad y la no discriminación, la delegación señaló que en la nueva Ley Fundamental figuraba una definición amplia de discriminación. Y, de resultas de las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, el nuevo Código Penal introdujo una disposición jurídica que tipificaba como delito la violencia doméstica, incluida la violencia psicológica.

15.El Gobierno había establecido una política de tolerancia cero contra la xenofobia y el racismo. También había denunciado oficialmente las declaraciones antisemitas y contra los romaníes, que habían desencadenado revisiones legislativas. Por ejemplo, se había endurecido el reglamento del Parlamento por lo que se refería al discurso de odio y el Presidente tiene una mayor autoridad disciplinaria, incluida la capacidad de solicitar la exclusión de un parlamentario de un período de sesiones e imponerle multas si utiliza expresiones contra grupos nacionales, étnicos o religiosos o personas. Además, en 2012 se había establecido un grupo asesor integrado por especialistas en delitos motivados por prejuicios.

16.La negación del Holocausto (judíos y romaníes) también había sido tipificada como delito en el Código Penal, con penas de hasta tres años de prisión.

17.El Ministro de Justicia reconoció que, desde 2015, Hungría se viene enfrentando, con otros países europeos, una crisis migratoria sin precedentes. Hungría había hecho todo lo posible por encontrar un equilibrio entre el respeto del derecho humanitario y la protección del orden público nacional, lo que era una tarea muy compleja. En ese contexto, el Gobierno había aprobado varias medidas para reforzar la protección de las fronteras y mejorar el sistema de asilo, de conformidad con las normas internacionales.

18.Para concluir, la delegación señaló que se habían introducido varias modificaciones en el Código Penal a fin de consolidar la protección contra el contrabando de personas. Las modificaciones más recientes habían tenido por objeto frenar las actividades de las organizaciones transfronterizas asociadas con la crisis migratoria.

B.Diálogo interactivo y respuestas del Estado examinado

19.En el diálogo interactivo formularon declaraciones 86 delegaciones. Las recomendaciones formuladas durante el diálogo figuran en la sección II del presente informe.

20.El Líbano celebró la aprobación de una nueva Constitución y elogió el interés mostrado por Hungría en la protección de los derechos de las comunidades étnicas.

21.Suecia señaló que, desde 2010, el partido gobernante había introducido cambios importantes que habían eliminado gradualmente los controles sobre el poder ejecutivo.

22.Suiza estaba preocupada por las medidas adoptadas por Hungría que limitaban el acceso al procedimiento de asilo.

23.Tayikistán señaló la aprobación de una serie de leyes como base de una estrategia nacional para la protección y el respeto de los derechos humanos.

24.Tailandia advirtió la privatización generalizada de los servicios de salud e instó al Gobierno a asegurarse de que su política no afectara al acceso a una atención de la salud de calidad.

25.La ex República Yugoslava de Macedonia celebró la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y alentó a las autoridades a seguir luchando contra las organizaciones disueltas que tomaban como objetivo a los romaníes.

26.Timor-Leste celebró el establecimiento de un grupo de trabajo interministerial sobre los derechos humanos encargado de la vigilancia de los derechos humanos.

27.El Togo agradeció la plena cooperación con los titulares de mandatos de los procedimientos especiales y celebró la creación de un mecanismo nacional de prevención.

28.Turquía seguía preocupada por las condiciones de vida y de detención de los refugiados, los solicitantes de asilo y los migrantes y subrayó la importancia de luchar contra la trata de personas.

29.Ucrania encomió la aprobación de la nueva Constitución y las estrategias en materia de derechos humanos, en particular sobre la igualdad social de hombres y mujeres.

30.Los Emiratos Árabes Unidos acogieron con satisfacción las medidas para proteger a las minorías contra los delitos motivados por prejuicios y luchar contra la incitación al odio religioso.

31.El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte alentó a Hungría a asegurarse de que la aplicación de nuevas medidas contribuyese a una mayor transparencia.

32.Los Estados Unidos de América estaban profundamente preocupados por el hecho de que el Gobierno de Hungría hubiese adoptado medidas que habían erosionado los controles y centralizado el poder ejecutivo.

33.El Uruguay celebró la aprobación de la nueva Constitución en 2012 y las medidas adoptadas sobre la integración de las minorías, aunque seguía habiendo dificultades.

34.Albania felicitó a Hungría por la aprobación de una disposición jurídica específica en consonancia con las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer acerca de la violencia doméstica.

35.Filipinas expresó su preocupación por las denuncias de violaciones de los derechos humanos de los migrantes y solicitó que se prestara asistencia internacional a Hungría.

36.La Argentina tomó nota de las medidas adoptadas para poner fin a la violencia doméstica y alentó a Hungría a seguir adoptando medidas a ese propósito.

37.Australia acogió con agrado el establecimiento del Comisionado de Derechos Fundamentales y alentó a Hungría a seguir prestándole apoyo.

38.Austria expresó su preocupación por las denuncias de injerencia indebida del Gobierno en la cobertura que dan los medios de comunicación a las cuestiones políticas y la falta de una estrategia efectiva para luchar contra el recurso cada vez más frecuente al discurso de odio en Hungría.

39.Azerbaiyán celebró la adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y apreció la labor realizada por Hungría para poner en práctica programas de protección social dirigidos a las víctimas de la trata.

40.Bahrein elogió la intención de Hungría de tipificar como delito la violencia doméstica, pero le preocupaba que no hubiese habido ninguna condena similar de otras formas de violencia.

41.Bangladesh expresó la preocupación de que el nivel actual de la asistencia oficial para el desarrollo (AOD) siguiese siendo bajo en Hungría, a pesar de los esfuerzos para aumentar las contribuciones en concepto de AOD.

42.A Belarús le satisfacía que se hubiese aprobado una estrategia nacional sobre la trata de personas y se aplicasen programas de prevención orientados a los jóvenes.

43.Bélgica felicitó a Hungría por las medidas que había adoptado para combatir la discriminación contra la mujer y señaló que en varios informes se había mencionado que en la sociedad húngara persistían las actitudes y los estereotipos patriarcales.

44.Bosnia y Herzegovina celebró la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y expresó su preocupación por la constante representación escasa de las mujeres en los procesos de adopción de decisiones.

45.La delegación señaló que, con respecto a la independencia del Tribunal Constitucional y el poder judicial, se habían promulgado nuevas leyes que se estaban examinando con los representantes de la Comisión Europea. Indicó que el Tribunal tenía derechos muy similares a los derechos del Tribunal Constitucional de Alemania y que desde 2012, en más de 100 causas, el Tribunal había declarado que algunas de las leyes que había examinado eran inconstitucionales y había revocado algunas decisiones judiciales. Ello había demostrado que en Hungría, el Tribunal Constitucional controlaba real y genuinamente al poder legislativo y el poder ejecutivo. La delegación recalcó la independencia del Tribunal.

46.En cuanto a la administración de la judicatura, se había creado un nuevo sistema en el que la Oficina Nacional de la Judicatura y el Consejo Nacional de Justicia inspeccionaban y supervisaban conjuntamente al poder judicial, lo que demostraba la independencia absoluta del poder judicial.

47.La delegación resaltó que el acceso a los datos públicos rara vez se rechazaba: solo si había una cuestión de seguridad nacional, ya que de no haberla, debían proporcionarse los datos. Destacó que, desde el punto de vista de los controles con respecto a la independencia del poder judicial y el acceso a los datos públicos, Hungría era muy transparente.

48.La delegación recalcó que, en el contexto de la migración, había una responsabilidad conjunta de la comunidad internacional, por lo que debería encontrarse una solución en la que colaborasen todas las partes. De conformidad con la Ley Fundamental de Hungría, se proporciona el derecho de asilo a todos los solicitantes de asilo. Hungría fue el único país que registró más de 200.000 personas en sus fronteras. El sistema de administración pública de Hungría estaba dispuesto a tramitar esas solicitudes de asilo. Sin embargo, la mayoría de los solicitantes de asilo en realidad habían abandonado el país poco después de solicitar el asilo. Hungría no había cerrado sus fronteras per se, sino que, a fin de proteger las fronteras exteriores del espacio Schengen, había establecido zonas de tránsito, dentro de las cuales los solicitantes de asilo podían entrar en Hungría, a condición de que su solicitud hubiese sido aceptada.

49.La delegación informó de que siempre se había permitido la entrada de los grupos vulnerables. Apuntó que, en las zonas de tránsito, habían estado presentes la Cruz Roja Húngara y organizaciones no gubernamentales, que habían recibido apoyo financiero del Gobierno para asegurarse de que se atendiese a esos refugiados. En las zonas de tránsito se habían ofrecido alojamiento, atención médica y alimentos. Hungría operaba centros de recepción abiertos. La delegación recalcó que, para aplicar la detención relacionada con el asilo, había habido centros de detención, no prisiones, y que la detención solo se había aplicado como último recurso (en 2015, se había internado realmente en centros de detención al 1,35% de los solicitantes de asilo). La delegación mencionó que había margen de mejora. Explicó que con frecuencia no había sido fácil cumplir con los viejos marcos jurídicos internacionales; por lo tanto, Hungría había tomado parte muy activamente en diversos debates sobre el marco jurídico y la reglamentación futuros en relación con los migrantes.

50.Botswana tomó nota de las medidas adoptadas para combatir la violencia doméstica y expresó preocupación por las denuncias de continuas discriminaciones contra las mujeres pertenecientes a minorías nacionales.

51.El Brasil estaba preocupado por las denuncias de denegación de las solicitudes de asilo después de la aprobación de una nueva ley que establecía una lista de países seguros.

52.Bulgaria apreciaba el establecimiento de la Oficina del Ombudsman y la creación de un grupo de trabajo interministerial sobre los derechos humanos.

53.El Canadá seguía preocupado por las denuncias de intimidación y represalias contra los defensores de los derechos humanos.

54.El Chad celebró la aprobación de una nueva Constitución y la creación de un grupo de trabajo sobre los derechos humanos.

55.Chile apreció las medidas adoptadas por Hungría en la lucha contra la discriminación de los romaníes y destacó la estrategia nacional para promover la igualdad de género.

56.China tomó nota de las medidas adoptadas por Hungría para proteger a las minorías y promover la inclusión social.

57.Colombia tomó nota de las medidas adoptadas por Hungría para prevenir y combatir la trata de personas y la discriminación contra la mujer.

58.Croacia encomió la campaña dirigida a los niños, los padres y los docentes para promover el uso responsable de Internet por los niños, cuyos objetivos eran la protección de los datos personales y la prevención del ciberacoso.

59.Cuba celebró las medidas adoptadas en pro de la igualdad de derechos de las personas con discapacidad y tomó nota de los problemas relacionados con el racismo, la intolerancia y el discurso de odio en todo el espectro político.

60.La República Checa agradeció a la delegación su informativa presentación.

61.El Ecuador estaba preocupado por la discriminación de género y el maltrato de los romaníes, las minorías nacionales y los no ciudadanos, incluidos niños, por parte de agentes de seguridad.

62.Egipto acogió con satisfacción, entre otras cosas, el fortalecimiento de las garantías de independencia judicial y el apoyo a una mayor independencia y eficacia de la institución nacional de derechos humanos.

63.Etiopía felicitó a la delegación por la celebración anual del Foro de Derechos Humanos de Budapest y el compromiso del Gobierno de establecer un grupo de trabajo interministerial.

64.Finlandia puso de relieve la importancia de garantizar el derecho a la igualdad en la educación de los niños romaníes. Expresó preocupación por el hecho de que Hungría estaba construyendo un sistema en el que a la mayoría de los refugiados se les denegaría el acceso al territorio de la Unión Europea como resultado del rechazo automático de las solicitudes de asilo en la frontera.

65.Francia expresó su satisfacción con la delegación de Hungría y formuló recomendaciones.

66.Georgia felicitó a Hungría por haber ratificado el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y haber establecido un mecanismo nacional de prevención.

67.Aunque veía que persistían las deficiencias en Hungría, Alemania celebró la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y el Protocolo sobre las Armas de Fuego.

68.Ghana tomó nota de la aprobación de una nueva Constitución que proporcionaba un marco legislativo amplio, lo que demostraba la firme voluntad de cumplir sus obligaciones internacionales.

69.Grecia acogió con beneplácito los progresos realizados por Hungría en la esfera de los derechos humanos desde su primer examen, en particular la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura.

70.Guatemala reconoció los progresos realizados por Hungría en el fortalecimiento de los derechos humanos mediante estrategias nacionales en diversas esferas.

71.La Santa Sede acogió con satisfacción las medidas adoptadas para prevenir y combatir la trata de personas y elogió los esfuerzos para aumentar la seguridad social de las familias.

72.Honduras acogió con beneplácito la aprobación de la Estrategia Nacional contra la Trata de Personas (2013-2016), la Ley de Detención de las Víctimas de la Trata y la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura.

73.Islandia lamentaba profundamente las recientes modificaciones del Código Penal de Hungría que tipificaban como delito entrar en el país a través de la barrera fronteriza. También le preocupaba la persistencia de actitudes xenófobas y delitos motivados por prejuicios contra los romaníes.

74.En cuanto al discurso de odio, la delegación afirmó que, hasta 1989, el país había estado gobernado por una dictadura comunista en la que las personas no tenían ninguna posibilidad de expresarse libremente y, en el momento del cambio de régimen, se había decidido introducir una definición muy amplia de la libertad de expresión. Era casi un derecho absoluto, de modo que solo había un margen de limitación muy restringido. Diversos instrumentos jurídicos se habían ocupado de esta cuestión, pero el Tribunal Constitucional ejerció sus críticas en relación con la limitación de la libertad de expresión. No obstante, en 2011, cuando se aprobó la nueva Ley Fundamental, se incluyó un principio muy importante, que era el principio de la dignidad de las comunidades. Por consiguiente, cuando se ejerce la libertad de expresión, nunca se puede perjudicar la dignidad de ninguna comunidad, lo que da la oportunidad de luchar contra el discurso de odio.

75.El nuevo Código Civil de 2014 autoriza a cualquier miembro de una comunidad a hacer valer sus derechos de la personalidad en caso de declaración falsa y dolosa formulada en público por ser parte de la nación húngara o de un grupo nacional, étnico, racial o religioso. La aplicación del Código Penal era la ultima ratio, pero era necesario luchar contra el discurso de odio motivado por el racismo. La delegación señaló que, después de la aprobación de la nueva Ley Fundamental, también se había aprobado una ley sobre organizaciones paramilitares en la que se tipificaba como delito organizar a otras personas contra una comunidad en particular. La delegación consideraba que la sociedad civil también podría funcionar como una especie de sistema de alarma, con el apoyo del Gobierno para hacerlo.

76.Sobre la cuestión de la migración, la delegación explicó que, aun teniendo en cuenta la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, conforme al Acuerdo de Schengen, los migrantes en situación irregular pueden ser sancionados. Al respecto, se debía tener en cuenta la cuestión de los terceros países seguros, y Hungría consideraba que Serbia era un país seguro porque la vida de las personas no corría peligro allí. La delegación explicó también que era muy difícil controlar a las personas que entraban por la frontera verde y por ese motivo se habían establecido zonas de tránsito en las que las personas podían entrar en los territorios de Hungría de modo regular. Se habían puesto en marcha todas las solicitudes y procedimientos en relación con quienes habían entrado en territorios húngaros a través de las zonas de tránsito, y se había prestado ayuda médica y asistencia letrada.

77.La delegación indicó que la lucha contra los traficantes de personas era de gran importancia, al igual que la tipificación como delito de los actos relacionados con el contrabando de personas, refiriéndose a historias de personas que morían en camiones. Expresó su intención de cooperar con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y ocuparse de la situación de los niños y los menores no acompañados.

78.La delegación afirmó que la diversidad religiosa y la tolerancia religiosa tenían una larga tradición en Hungría. No había ningún prejuicio contra el Islam en Hungría y esos actos no tenían ningún contexto histórico. En Hungría, más de 1.000 estudiantes universitarios musulmanes recibían un subsidio público, gozaban de una protección absoluta y experimentaban diariamente el lado tolerante de la sociedad húngara. La delegación declaró que Hungría albergaba la tercera mayor comunidad judía de la Unión Europea.

79.La delegación afirmó que Hungría era muy diversa en cuanto a las minorías étnicas y nacionales, 13 de las cuales estaban registradas como comunidades con derecho de autogobierno. En 2011, durante su presidencia de la Unión Europea, Hungría puso en marcha la Estrategia Europea sobre los Romaníes, que prosiguió mediante la Estrategia Nacional para la Inclusión Social de Hungría y tenía por objetivo garantizar que, en esferas como la educación, la vivienda y la atención de la salud, la minoría romaní recibiese apoyo para convertirse en un grupo integrado plenamente en la sociedad húngara. Hungría estaba en contra de la segregación, y la delegación señaló que en 2014 se había establecido una estrategia de mediano plazo para luchar contra la segregación e integrar a los romaníes en la sociedad, incluidas medidas relativas a la deserción escolar temprana y los alumnos que abandonan los estudios.

80.El Gobierno consideraba que las políticas relativas a la familia, la mujer y la protección de los niños eran una cuestión esencial. Se hacía factible que las mujeres se reintegrasen en la fuerza de trabajo después de dar a luz. Aunque no había ministras en el Gobierno, había varias Secretarias de Estado y muchas mujeres trabajaban en puestos superiores del sector gubernamental y el sector no gubernamental.

81.Se protegían plenamente los derechos de los niños y el Ombudsman contaba con un conjunto de instrumentos muy singular. Se había creado la Oficina del Representante de los Derechos del Niño, con la que los niños podían ponerse directamente en contacto, y que tenía derecho a intervenir en las instituciones de enseñanza y el sistema educativo.

82.Con respecto a la violencia contra la mujer, la delegación recordó que se habían creado nuevos centros de crisis para prestar apoyo a las víctimas y consideraba una tarea muy importante ratificar el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul).

83.La India advirtió con preocupación que la modificación de la Ley de Libertad de Información había menoscabado el derecho a la información en Hungría.

84.Indonesia valoró la aprobación de una nueva Constitución sobre los derechos humanos fundamentales y el establecimiento del grupo de trabajo interministerial sobre los derechos humanos.

85.La República Islámica del Irán agradeció a Hungría la declaración formulada sobre los logros en materia de derechos humanos desde el primer ciclo de examen.

86.El Iraq instó a Hungría a que prosiguiera la labor emprendida para elaborar programas de atención dirigidos a los niños y los ancianos y a que continuara luchando contra el racismo y los delitos motivados por prejuicios.

87.Irlanda advirtió con preocupación que se habían aprobado reglamentaciones cada vez más restrictivas sobre la acreditación y la financiación de las organizaciones de la sociedad civil. Expresó preocupación por las denuncias de amenazas y hostigamiento a defensores de los derechos humanos en Hungría.

88.Italia celebró la creación del subcomité sobre la dignidad de la mujer como paso importante para combatir la violencia contra la mujer en Hungría.

89.El Japón estaba preocupado por las denuncias de que los medios de comunicación habían sido objeto de restricciones e injerencias políticas en virtud de la nueva Ley de Medios de Comunicación y acogió con beneplácito las revisiones de esa Ley.

90.Kazajstán acogió con satisfacción la amplia reforma del derecho penal, la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y el fortalecimiento del sistema del Ombudsman.

91.La República Democrática Popular Lao celebró los esfuerzos desplegados para aplicar las recomendaciones aceptadas en el ciclo de examen anterior y felicitó a Hungría por la aprobación de la nueva Constitución.

92.Letonia estaba alarmada por algunas de las observaciones preliminares del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos en Hungría.

93.El Estado de Palestina acogió con satisfacción una serie de resultados positivos que había alcanzado Hungría en cuanto a la garantía de los derechos y la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.

94.Libia observó con profunda satisfacción los progresos que había logrado Hungría desde el primer ciclo de examen.

95.Lituania encomió las medidas adoptadas para luchar contra los delitos motivados por prejuicios mediante la aprobación de nueva legislación que tipifica como delito la violación de la dignidad de cualquier comunidad nacional, étnica, racial o religiosa.

96.Malasia señaló los avances en la protección de los derechos humanos y declaró que se podría prestar más atención a esferas como la igualdad de género, la lucha contra la discriminación racial y los derechos de los migrantes.

97.Maldivas agradeció el informe de mitad de período que había presentado Hungría y la alentó a adoptar un enfoque basado en los derechos humanos en su relación con los refugiados.

98.México reconoció los esfuerzos que había desplegado Hungría para aumentar el bienestar de las personas con discapacidad y la reciente aprobación de una estrategia para proporcionar alternativas al internamiento de las personas con discapacidad mental.

99.Mongolia recalcó el fortalecimiento por parte de Hungría del Tribunal Constitucional y el sistema del Ombudsman, en relación con la nueva Constitución.

100.Montenegro señaló las preocupaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer acerca de las mujeres pertenecientes a minorías, que habían sido objeto de discriminación y malos tratos por parte de agentes del orden húngaros.

101.Marruecos felicitó a Hungría por la aprobación de una nueva Constitución, que incluye nuevos textos legislativos, y por haberse adherido al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura.

102.Namibia tomó nota del establecimiento del Subcomité sobre la Dignidad de la Mujer, cuyas tareas prioritarias eran la seguridad de la mujer y la lucha contra la violencia doméstica.

103.La delegación declaró que Hungría tenía unos medios de comunicación muy diversos que en la mayoría de los casos eran de propiedad privada, y que existía un organismo independiente encargado de los medios de comunicación. En 2010 se había aprobado una nueva Ley de Medios de Comunicación y, como resultado de las negociaciones y consultas con el Consejo de Europa y la Comisión Europea, había sido modificada en 2012. En 2015, la Ley había sido examinada por la Comisión Europea, que había llegado a la conclusión de que se habían adoptado algunas medidas positivas desde 2011. En cuanto al Consejo de Medios de Comunicación, sus miembros eran elegidos y nombrados por el Parlamento y su mandato duraba un ciclo parlamentario.

104.Podían aplicarse sanciones, por ejemplo, en el caso de que un menor sea acosado en un medio de comunicación, o en casos de discurso de odio, o si el medio de comunicación muestra una falta de equilibrio. La delegación consideraba que la Ley de Medios de Comunicación cumplía con las normas internacionales, pero reconoció que era una cuestión debatible.

105.En cuanto a la relación con las organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil, la delegación indicó que la sociedad civil desempeñaba una función esencial en la vida pública y en la justificación de las decisiones públicas. La sociedad civil tenía margen para criticar al Gobierno. La delegación recalcó que el Gobierno evaluaba esas observaciones críticas y alentaba el diálogo y recordó el grupo de trabajo sobre los derechos humanos, en cuyo seno se habían llevado a cabo diversos debates de mesa redonda. La delegación estaba convencida de que, en el proceso legislativo, las organizaciones no gubernamentales tenían la oportunidad de formular sus opiniones.

106.La Corte Penal Internacional era de gran importancia para Hungría, ya que había sido uno de los países que apoyaron y ratificaron el Estatuto de Roma.

107.En algunas zonas, enfrentarse a la segregación suponía un desafío mayor para el cual era importante adoptar medidas calibradas con precisión, incluida la colaboración con las organizaciones romaníes y las iglesias.

108.Según la nueva Ley Fundamental, Hungría tenía un nuevo principio con respecto a las personas con discapacidad que disponía la protección de su vida independiente. La delegación recordó la modificación del Código Civil que reforzó los derechos de las personas con discapacidad. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se aplicaría de la mejor manera posible.

109.Era importante ocuparse de las cuestiones relativas a la comunidad de personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero en el contexto de los discursos de odio, a fin de tipificar como delito esos actos contra las personas lesbianas, gais, bisexuales y transexuales. La delegación consideraba que Hungría se hallaba en un punto medio en cuanto al reconocimiento de los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales y transexuales.

110.Los Países Bajos observaron que existía margen de mejora en cuanto a la prohibición de la violencia doméstica y la violación conyugal y alentaron a Hungría a adoptar nuevas medidas legislativas para contar con una prensa libre.

111.Nigeria encomió los esfuerzos realizados con respecto a los romaníes y la pobreza extrema y expresó preocupación por el presunto uso desproporcionado de la fuerza contra migrantes y refugiados.

112.Noruega reconoció los esfuerzos desplegados para combatir el discurso de odio y los delitos motivados por prejuicios.

113.El Pakistán elogió la legislación reciente y la cooperación con el Consejo y los órganos creados en virtud de tratados y expresó la esperanza de que se diera una respuesta adecuada en relación con la crisis de migrantes y refugiados.

114.El Perú expresó su agradecimiento a Hungría por las medidas adoptadas para mejorar las condiciones socioeconómicas de las familias.

115.Argelia celebró que desde 2008 se organice en Budapest un foro sobre los derechos humanos e invitó a Hungría a que considerase la posibilidad de ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.

116.Polonia felicitó a Hungría por mantener su invitación permanente a los titulares de mandatos de procedimientos especiales.

117.Eslovenia observó el impacto positivo del foro de derechos humanos de Budapest, acogió con satisfacción las medidas adoptadas para promover los derechos de la minoría eslovena y preguntó por la aplicación de las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

118.La República de Corea tomó nota de la mejora de la infraestructura de derechos humanos y la protección de los grupos vulnerables como resultado del seguimiento del ciclo de examen anterior.

119.La República de Moldova encomió la creación del Ombudsman y la mejora de la administración de justicia adaptada a los niños y expresó preocupación por que se hubiera rebajado la edad de responsabilidad penal.

120.Rumania expresó su reconocimiento por las medidas adoptadas por Hungría para proteger los derechos de las personas de minorías nacionales.

121.La Federación de Rusia acogió con satisfacción los esfuerzos desplegados por Hungría en la aplicación del segundo plan de acción para el período 2015-2017 encaminado a mejorar las condiciones de las personas que viven en la pobreza extrema.

122.El Senegal acogió con beneplácito la reestructuración del Tribunal Constitucional y la creación del Mediador de la República.

123.Sierra Leona alentó a Hungría a elevar la edad de responsabilidad penal y la instó a mantener un proceso de solicitud de asilo más humano.

124.Portugal celebró la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y las importantes medidas tomadas en pro de la igualdad de género y alabó el establecimiento del grupo de trabajo interministerial sobre los derechos humanos.

125.Sudáfrica expresó su preocupación por la persistencia de la discriminación contra las mujeres de minorías étnicas.

126.España reconoció la aprobación de legislación para hacer frente de manera más eficaz a la violencia por razón de género y celebró que Hungría se involucrase en la integración de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo.

127.La delegación de Hungría acogió favorablemente las recomendaciones y aportaciones, y recalcó la importancia que concedía a la cooperación con las Naciones Unidas y el Consejo de Derechos Humanos. Resaltó su firme determinación de promover los derechos humanos y expresó su voluntad de solicitar ser miembro del Consejo de Derechos Humanos en el período 2017-2019. Declaró que se llevaría de vuelta todas las recomendaciones y aportaciones e informaría al Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal de las recomendaciones que podría respaldar. La delegación afirmó que los mecanismos de derechos humanos siempre tenían un margen de mejora y Hungría trataría de aplicar sus obligaciones pendientes.

II.Conclusiones y/o recomendaciones **

128. Las recomendaciones que figuran a continuación, formuladas durante el diálogo interactivo, serán examinadas por Hungría, que les dará respuesta a su debido tiempo, pero a más tardar en el 33º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, que se celebrará en septiembre de 2016.

128.1 Ampliar el alcance de las obligaciones internacionales mediante la adhesión al resto de los tratados internacionales, como la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones y el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Albania);

128.2 Considerar la posibilidad de ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (núm. 189) y el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones (Filipinas);

128.3 Aceptar la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada, de conformidad con los artículos 31 y 32 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (Francia);

128.4 Considerar la posibilidad de ratificar la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (Ghana);

128.5 Adherirse a la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, las Convenciones sobre los refugiados y los apátridas, el Convenio de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales, 1989 (núm. 169) y la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza (Honduras);

128.6 Ratificar el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (Italia) (Montenegro) (Países Bajos) (Turquía) (Bélgica);

128.7 Retirar su reserva sobre los artículos pertinentes de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados (Sudáfrica);

128.8 Ratificar sin demora el Convenio de Estambul (Bosnia y Herzegovina);

128.9 Firmar y ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (Turquía);

128.10 Ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (Ecuador) (Guatemala) (Uruguay);

128.11 Considerar la posibilidad de ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (Egipto);

128.12 Ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, como se había recomendado anteriormente (Senegal);

128.13 Considerar la posibilidad de adherirse a la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (Kazajstán);

128.14 Acelerar el proceso de adhesión a la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (Mongolia);

128.15 Ratificar la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (Montenegro) (Sierra Leona) (Uruguay) (Francia);

128.16 Acelerar el proceso de consultas sobre la adhesión a la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, como se recomendó anteriormente (Senegal);

128.17 Ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones (Togo) (Portugal) (Uruguay);

128.18 Ratificar el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Italia);

128.19 Ratificar el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Portugal);

128.20 Armonizar plenamente la legislación interna con el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional mediante disposiciones explícitas sobre el deber de cooperar pronta y plenamente con la Corte (Austria);

128.21 Seguir mejorando la protección y la promoción de los derechos humanos en el país (Azerbaiyán);

128.22 Seguir brindando protección a la familia como unidad natural y fundamental de la sociedad (Egipto);

128.23 Elaborar y aplicar un plan de acción nacional sobre los derechos humanos a fin de seguir garantizando un enfoque sistemático y amplio para la promoción y protección de los derechos humanos, con la plena colaboración de la sociedad civil (Indonesia);

128.24 Velar por que sus políticas, leyes, reglamentos y medidas coercitivas sean eficaces para prevenir y hacer frente al mayor riesgo de implicación empresarial en abusos en situaciones de conflicto, lo que incluye las situaciones de ocupación extranjera (Estado de Palestina);

128.25 Redoblar los esfuerzos por establecer un mecanismo que supervise las medidas encaminadas a ocuparse de las condiciones de las mujeres y los niños y mejorarlas (Filipinas);

128.26 Evaluar la compatibilidad de sus políticas y su legislación con sus obligaciones internacionales, incluidos todos los principios básicos de derechos humanos en los que es parte Hungría (Etiopía);

128.27 Proseguir los esfuerzos por armonizar la legislación nacional con las normas internacionales en la esfera de los derechos humanos (Marruecos);

128.28 Seguir promoviendo y protegiendo los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos sus ciudadanos (Nigeria);

128.29 Profundizar su apoyo a la Corte Penal Internacional adaptando su legislación nacional al Estatuto de Roma (Perú);

128.30 Considerar la posibilidad de elaborar indicadores de derechos humanos, de conformidad con la sugerencia del ACNUDH, como instrumento para permitir una evaluación más precisa y coherente de las políticas nacionales de derechos humanos (Portugal);

128.31 Considerar la posibilidad de aumentar la financiación del mecanismo nacional de prevención, a fin de apoyar su labor y las actividades de supervisión de la detención (Croacia);

128.32 Proporcionar recursos suficientes e independencia funcional al Organismo para la Igualdad de Trato (India);

128.33 Seguir aplicando medidas para proteger los derechos del niño (Tayikistán);

128.34 Ampliar las medidas para proteger los derechos del niño, la mujer y otros grupos vulnerables (República Democrática Popular Lao);

128.35 Considerar la posibilidad de establecer un mecanismo independiente que vele por los derechos de los niños y proporcionar los recursos financieros necesarios para su funcionamiento (Polonia);

128.36 Garantizar procesos de consulta que permitan un debate público y una interacción con la sociedad civil independiente, con tiempo suficiente durante la redacción de nuevas leyes y políticas públicas (Suiza);

128.37 Entablar consultas con organizaciones protransparencia y otros interesados pertinentes antes de elaborar o aplicar legislación nueva sobre la libertad de información (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte);

128.38 Abstenerse de atacar o limitar las actividades de las organizaciones de la sociedad civil en función de su afiliación política o su recepción de fondos extranjeros (Australia);

128.39 Adoptar medidas para cumplir con las disposiciones de la nueva Constitución, en particular con respecto a la lucha contra la discriminación y a la participación de todos los ciudadanos en los asuntos políticos y públicos en condiciones de igualdad (Botswana);

128.40 Aumentar el diálogo y las consultas públicas oficiales y oficiosas entre el Gobierno y la sociedad civil, en particular sobre los proyectos de ley con consecuencias para los derechos humanos (República Checa);

128.41 Continuar con las labores encaminadas a garantizar la cooperación oportuna con los órganos creados en virtud de tratados por lo que se refiere a la presentación de sus informes nacionales atrasados (ex República Yugoslava de Macedonia);

128.42 Presentar los informes atrasados al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Comité de Derechos Humanos (Ucrania);

128.43 Intensificar las labores encaminadas a aplicar las recomendaciones de los órganos de tratados y los procedimientos especiales, en particular el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, el Comité de los Derechos del Niño, el Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia y el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (Ucrania);

128.44 Adoptar medidas adecuadas para reducir progresivamente la acumulación de informes atrasados a los órganos de tratados de las Naciones Unidas (Kazajstán);

128.45 Presentar los informes atrasados al Comité de Derechos Humanos, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Comité contra la Tortura (Sierra Leona);

128.46 Seguir reforzando las medidas encaminadas a promover la tolerancia y el respeto de la diversidad cultural y combatir los prejuicios, los estereotipos, la discriminación, el racismo y la islamofobia (Emiratos Árabes Unidos);

128.47 Reconsiderar las políticas sobre la familia, la igualdad de género y la no discriminación (Bahrein);

128.48 Proseguir las labores encaminadas a sensibilizar a la opinión pública en la lucha contra la discriminación en línea por todos los motivos a fin de que se respeten todos los derechos (Croacia);

128.49 Proseguir las labores de seguimiento y vigilancia de toda discriminación basada en el sexo, la raza o cualquier otra consideración (Etiopía);

128.50 Seguir aplicando la Estrategia Nacional de Inclusión Social (Pakistán);

128.51 Adoptar todas las medidas necesarias para aplicar plenamente la Estrategia Nacional de Inclusión Social (Eslovenia);

128.52 Promulgar legislación amplia que garantice plenamente la observancia del principio de no discriminación, y velar por el pleno disfrute de todos los derechos humanos por parte de todos los miembros de la sociedad (Sudáfrica);

128.53 Intensificar las actividades encaminadas a superar los estereotipos de género (ex República Yugoslava de Macedonia);

128.54 Adoptar medidas eficaces para resolver las necesidades de las mujeres pertenecientes a minorías, como las mujeres romaníes, a fin de eliminar todas las formas de discriminación contra ellas (ex República Yugoslava de Macedonia);

128.55 Proporcionar al mecanismo nacional para la promoción de la igualdad de género los recursos humanos y financieros adecuados para que pueda cumplir eficazmente su mandato (Togo);

128.56 Tratar de acabar con la situación de discriminación de las mujeres pertenecientes a minorías, incluidas las mujeres romaníes (Bangladesh);

128.57 Adoptar nuevas medidas para reducir la desigualdad entre los sexos, sensibilizar a la población al respecto y velar por que esas medidas se apliquen efectivamente (Bélgica);

128.58 Seguir adoptando medidas en pro de una amplia estrategia de igualdad de género e introducir medidas legislativas efectivas para aumentar la participación de la mujer en la vida política y la adopción de decisiones (Bosnia y Herzegovina);

128.59 Redoblar sus esfuerzos para combatir la división estereotipada de los papeles asignados a cada género en la familia y la sociedad (India);

128.60 Aprobar una ley integral sobre la violencia doméstica (República Islámica del Irán);

128.61 Tomar nuevas medidas para combatir las causas profundas que afectan a los derechos de las mujeres pertenecientes a grupos desfavorecidos (Letonia);

128.62 Adoptar medidas concretas para aumentar el acceso de todas las mujeres al trabajo decente, eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer en el trabajo, y crear más oportunidades socioeconómicas para las mujeres privadas de derechos (Malasia);

128.63 Introducir medidas legislativas efectivas para aumentar la participación de la mujer en la vida política y la adopción de decisiones (Namibia);

128.64 Seguir esforzándose por garantizar la participación de la mujer en la vida política y en la adopción de decisiones (Pakistán);

128.65 Establecer medidas legislativas eficaces, como cupos, para aumentar la participación de la mujer en la vida política y los procesos de adopción de decisiones (Argelia);

128.66 Aprobar una estrategia con respecto a la igualdad de género que sea amplia y esté basada en los derechos humanos (Eslovenia);

128.67 Continuar aplicando políticas de integración de los romaníes en todos los sectores sociales, económicos, culturales, políticos y educativos (Líbano);

128.68 Apoyar la integración de la perspectiva de género en todas las esferas de la vida (Tayikistán);

128.69 Intensificar sus medidas para luchar contra el racismo y la discriminación en todas sus formas contra los migrantes y los solicitantes de asilo (Tailandia);

128.70 Adoptar todas las medidas necesarias para eliminar la discriminación racial y la segregación de los romaníes en la educación (Timor-Leste);

128.71 Aplicar el plan general de acción previsto para proteger los derechos y mejorar las condiciones de vida de las mujeres y los niños pertenecientes a minorías étnicas (Uruguay);

128.72 Intensificar los esfuerzos para combatir todas las formas de discriminación y favorecer la igualdad de oportunidades y de trato, con especial cuidado y atención a quienes se encuentran en una situación más vulnerable, como las personas pertenecientes a la comunidad romaní (Argentina);

128.73 Intensificar los esfuerzos para hacer frente a la discriminación y la exclusión social a que se enfrentan las personas pertenecientes a la minoría romaní, prestando especial atención a la educación integrada y la vivienda social (Austria);

128.74 Establecer una estrategia de integración amplia para los migrantes, con medidas concretas para prevenir y eliminar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y la intolerancia contra los migrantes, independientemente de su situación (Bangladesh);

128.75 Seguir prestando atención especial a las cuestiones relacionadas con la eliminación de la discriminación contra los romaníes que estudian en el sistema de enseñanza (Belarús);

128.76 Adoptar medidas para eliminar toda discriminación y segregación en el sistema de enseñanza contra los niños romaníes (Bélgica);

128.77Adoptar medidas efectivas para que la Policía Nacional húngara y la red de expertos en delitos motivados por prejuicios aumenten la observancia de las leyes contra esos delitos, en particular asignando recursos suficientes,llevando a cabo investigaciones y enjuiciamientos exhaustivose impartiendo capacitación a los agentes del orden que están en primera línea (Canadá);

128.78 Proteger a las personas marginadas y más vulnerables contra la intolerancia, la xenofobia y otras formas de discriminación (Canadá);

128.79 Levantar las medidas en vigor que entrañan la discriminación y el rechazo de los migrantes y los refugiados, en particular las que se refieren al uso de la fuerza contra ellos (Cuba);

128.80 Seguir adoptando medidas concretas para prevenir y eliminar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y la intolerancia contra los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo (Egipto);

128.81 Adoptar medidas enérgicas para poner fin, sin más demora, a la persistente segregación de los niños romaníes en la escuela (Finlandia);

128.82 Adoptar medidas activas para prevenir la segregación efectiva de los estudiantes romaníes en las escuelas públicas y privadas (Alemania);

128.83 Redoblar los esfuerzos para prevenir y eliminar la discriminación racial, la xenofobia y la intolerancia contra los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo (Guatemala);

128.84 Adoptar nuevas medidas para promover la superación de la discriminación social residual contra los romaníes y otras minorías étnicas (Santa Sede);

128.85 Adoptar medidas eficaces para poner fin a la discriminación contra los romaníes en la educación, la salud, el empleo, la vivienda y el acceso a los servicios, prestando atención especial a acabar con la continua segregación de los niños romaníes en las escuelas (India);

128.86 Redoblar sus esfuerzos para promover la tolerancia y el entendimiento cultural de la población romaní en el objetivo de eliminar la discriminación, en particular en lo que respecta al acceso a la educación y el empleo y la participación en la política (Japón);

128.87 Intensificar los esfuerzos para prevenir y combatir eficazmente la discriminación de las personas pertenecientes a minorías nacionales, en particular en lo que respecta a su acceso a la educación y la atención de la salud (Kazajstán);

128.88 Tomar nuevas medidas para eliminar la discriminación contra la población romaní, especialmente en las esferas de la educación, la salud, el empleo, la vivienda y el acceso a los servicios (Namibia);

128.89 Intensificar los esfuerzos para combatir la discriminación y los malos tratos contra los romaníes y eliminar la segregación de las niñas romaníes en el sistema educativo (Nigeria);

128.90 Adoptar medidas para prevenir y eliminar, entre otras cosas, el racismo, la discriminación racial y la xenofobia (Nigeria);

128.91 Proseguir la labor para promover la integración social y económica de la población romaní, reducir la segregación escolar directa e indirecta de los niños romaníes y promover activamente la participación de los romaníes en la sociedad mediante la educación (Noruega);

128.92 Proseguir sus labores para integrar a la población romaní adulta en el mercado de trabajo y a los niños y jóvenes romaníes en el sistema educativo oficial (Perú);

128.93 Velar por que, en el contexto de la nueva legislación aprobada en 2011, a raíz de las recomendaciones del examen periódico universal de 2011, los gobiernos autónomos representen verdaderamente a las personas de minorías nacionales en cuyo nombre actúan (Rumania);

128.94 Incluir componentes específicos en las políticas y los presupuestos públicos para atender a las necesidades de las personas pertenecientes a minorías, en particular las mujeres y los niños romaníes (Sudáfrica);

128.95 Aprobar más políticas y asignar más recursos dirigidos específicamente a las mujeres y los niños romaníes (España);

128.96 Proseguir los esfuerzos para combatir el discurso de odio, el racismo, la xenofobia y todas las formas de discriminación contra los refugiados y los migrantes (Líbano);

128.97 Llevar a cabo las labores para eliminar las expresiones de odio y la discriminación racial y religiosa (Tayikistán);

128.98 Intensificar las labores nacionales para prevenir y eliminar todas las manifestaciones de antisemitismo y adoptar medidas enérgicas para condenar el discurso de odio, en particular contra los romaníes (Albania);

128.99 Adoptar medidas contra el preocupante aumento y uso público del discurso de odio, la mayoría de las veces dirigido contra los migrantes y los solicitantes de asilo, pero también contra organizaciones de la sociedad civil y grupos vulnerables (Austria);

128.100 Intensificar sus medidas para luchar contra la xenofobia, la islamofobia y el odio a los refugiados, y adoptar las medidas necesarias para condenar el discurso de odio (Bahrein);

128.101 Adoptar medidas enérgicas para condenar el discurso de odio, la discriminación racial, la xenofobia y la intolerancia contra todos los grupos minoritarios, los migrantes y los solicitantes de asilo (Bulgaria);

128.102 Aplicar de manera eficaz las políticas contra el racismo y el discurso de odio (China);

128.103 Aplicar efectivamente su legislación y sus políticas contra el discurso de odio y los delitos motivados por prejuicios, con especial atención a la protección de los derechos humanos de los romaníes, los judíos, las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales y otros grupos vulnerables (República Checa);

128.104 Garantizar que la enmienda constitucional que prohíbe el discurso que violaría la dignidad de la nación húngara no pueda utilizarse para acallar las críticas y limitar la libertad de expresión garantizada en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (República Checa);

128.105 Tomar todas las medidas necesarias para combatir la violencia vinculada a la discriminación racial, así como los delitos motivados por prejuicios y el discurso de odio, entre otros contra los refugiados y los migrantes (Francia);

128.106 Poner fin a las campañas contra la inmigración y la retórica de incitación al odio, la xenofobia y el antisemitismo y adoptar medidas para luchar contra el discurso de odio y los delitos motivados por prejuicios en general (Grecia);

128.107 Aprobar un protocolo de investigación de los delitos motivados por prejuicios y velar por que las víctimas de delitos de odio tengan un acceso efectivo a los mecanismos de justicia y reparación (República Islámica del Irán);

128.108 Definir medidas para combatir todas las formas de discriminación y garantizar que los delitos motivado por el racismo, la xenofobia u otras formas de discriminación sean investigados efectivamente y sus autores comparezcan ante la justicia (Italia);

128.109 Redoblar las medidas para condenar públicamente el discurso de odio, en particular contra los romaníes (Lituania);

128.110 Aumentar el entendimiento interétnico, interreligioso e intercultural en la sociedad, y garantizar el acceso a la justicia para las víctimas de la violencia o el odio raciales (Malasia);

128.111 Seguir reforzando las medidas para combatir el discurso de odio y los delitos motivados por prejuicios (Noruega);

128.112 Reforzar las medidas destinadas a evitar todo tipo de discursos de odio en los mensajes políticos y en los medios de comunicación (Perú);

128.113 Luchar contra el discurso de odio y las declaraciones que estigmatizan a los refugiados y los solicitantes de asilo (Argelia);

128.114 Prevenir y combatir el racismo y el discurso de odio, en particular mediante la educación y formación en derechos humanos, y promoviendo la tolerancia (Eslovenia);

128.115 Intensificar sus labores para prevenir y erradicar todo tipo de intolerancia nacional y étnica, así como condenar toda incitación al odio étnico y religioso y el discurso de odio contra los romaníes en particular (Federación de Rusia);

128.116 Aplicar estrategias encaminadas a hacer frente al discurso de odio y la xenofobia en todas sus formas (Sierra Leona);

128.117 Seguir combatiendo el antisemitismo y oponiéndose a cualquier intento de relativizar o rehabilitar las políticas antisemitas del pasado y el presente (Alemania);

128.118 Aprobar y aplicar una estrategia y un plan de acción amplios para hacer frente a la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género (Australia);

128.119 Aprobar una estrategia y un plan de acción general para luchar contra la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género (Chile);

128.120 Adoptar medidas amplias para luchar contra la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género (Colombia);

128.121 Luchar contra la discriminación basada en el origen, el género y la orientación sexual, continuando sus esfuerzos en la aplicación de los instrumentos en vigor (Francia);

128.122 Aprobar una estrategia amplia a fin de luchar contra la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género (Grecia);

128.123 Elevar la edad legal para contraer matrimonio de las mujeres y los hombres a los 18 años (Maldivas);

128.124 Seguir las recomendaciones del informe final de 2014 de la misión de observación electoral de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (Estados Unidos de América);

128.125 Restablecer los tribunales de menores y elevar la edad de responsabilidad penal a los 14 años para todos los delitos, en consonancia con los estándares internacionales (Botswana);

128.126 Modificar la legislación sobre la protección de las familias a fin de ampliar la definición de familia (Brasil);

128.127 Intensificar las medidas para prevenir el hacinamiento en las prisiones (Chile);

128.128 Adoptar medidas contra la persistencia de la detención preventiva en centros policiales y el alto riesgo de malos tratos (Cuba);

128.129 Reducir la duración de la fase inicial de la prisión preventiva (Turquía);

128.130 Considerar la posibilidad de aprobar una ley sobre la violencia doméstica y tipificar como delito los distintos tipos de violencia contra la mujer (Turquía);

128.131 Adoptar medidas adicionales para combatir eficazmente la violencia contra la mujer y promover la participación de la mujer en la vida política y su inserción en la vida profesional (Francia);

128.132 Proseguir las labores, en particular mediante la sensibilización, a fin de prevenir la violencia doméstica y la violencia contra la mujer (Georgia);

128.133 Promover políticas públicas para prevenir la violencia contra las mujeres y las niñas, incluidas la violencia doméstica y la violencia sexual (México);

128.134 Redoblar los esfuerzos para combatir la violencia contra la mujer, entre otras cosas, ratificando el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (Polonia);

128.135 Establecer una ley para tipificar como delito todas las formas de violencia contra la mujer (Sierra Leona);

128.136 Aprobar un plan de acción nacional sobre la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, relativa a las mujeres, la paz y la seguridad (Portugal);

128.137 Definir penalmente la violación en función de la ausencia de consentimiento voluntario además de reforzar y hacer más accesibles a las víctimas los servicios de atención de la salud (España);

128.138 Tipificar como delito diferentes tipos de violencia contra la mujer y modificar el Código Penal para garantizar que la violación se defina de conformidad con las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Lituania);

128.139 Adoptar medidas concretas para proteger a los niños víctimas de la explotación sexual y la prostitución (Maldivas);

128.140 Abandonar la práctica del castigo corporal de los niños y promover formas de disciplina no violentas (Polonia);

128.141 Considerar la posibilidad de elevar la edad de responsabilidad penal de los 12 a los 14 años, incluso para los delitos más graves (República de Corea);

128.142 Promulgar leyes y legislación destinadas a luchar contra la trata de personas (Líbano);

128.143 Garantizar el enjuiciamiento y el castigo de los responsables de la trata de personas y prestar servicios de asistencia y protección adecuados a las víctimas (Turquía);

128.144 Proseguir sus labores para reforzar la protección de las víctimas de la trata (Azerbaiyán);

128.145 Adoptar medidas para reducir y prevenir la trata y ofrecer incentivos adecuados y protección a las víctimas (Bulgaria);

128.146 Adoptar medidas adicionales para combatir la trata de personas (Francia);

128.147 Intensificar las labores para prevenir eficazmente la trata de mujeres y niñas y reforzar las medidas para la rehabilitación e integración social de las víctimas de la trata (Georgia);

128.148 Adoptar medidas para garantizar la eficacia de la investigación y el enjuiciamiento de los casos de trata de personas y establecer procedimientos de reparación para las víctimas (Grecia);

128.149 Fortalecer los mecanismos para prevenir la trata de niños y niñas y proporcionar el apoyo necesario para que las víctimas de la trata se reintegren en la sociedad (México);

128.150 Adoptar medidas concretas para garantizar la independencia del Tribunal Constitucional y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y que la presión política no se aplique a la adopción de decisiones judiciales (Suecia);

128.151 Aplicar las reformas sobre la independencia judicial y el estado de derecho recomendadas en 2015 por el Instituto de Derechos Humanos de la International Bar Association (Estados Unidos de América);

128.152 Continuar la aplicación de los Principios Básicos relativos a la Independencia de la Judicatura y derogar todas las disposiciones de la legislación nacional que limitan la competencia del Tribunal Constitucional (Australia);

128.153 Adoptar las medidas necesarias para reforzar su sistema especializado de justicia de menores, en cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño (República de Moldova);

128.154 Proseguir las labores para la reintegración en la sociedad de los niños exdelincuentes (República de Moldova);

128.155 Subsanar las deficiencias de la legislación sobre los medios de comunicación expresadas por la Comisión de Venecia (Suecia);

128.156Revisar la legislación sobre transparencia para restablecer un ombudsman parlamentario encargado de la libertad de información, y la recuperación ex ante de los costos laborales por la tramitación de las solicitudes de información, y limitar la facultad de las instituciones públicas de denegar el acceso a los datos públicos (Estados Unidos de América);

128.157 Adoptar medidas concretas para promover el pluralismo de los medios de comunicación y su labor independiente, incluido el ejercicio de su función de vigilancia (República Checa);

128.158 Adoptar las medidas necesarias para promover el pluralismo de los medios de comunicación y combatir las amenazas contra la libertad de prensa y la libertad de expresión (Francia);

128.159 Adoptar las medidas apropiadas para seguir relajando las restricciones a la libertad de los medios de comunicación (Japón);

128.160 Modificar la legislación sobre los medios de comunicación en consonancia con las recomendaciones anteriores para garantizar que toda la legislación sobre los medios de comunicación esté en consonancia con el derecho a la libertad de opinión y de expresión (Países Bajos);

128.161 Tener plenamente en cuenta las recomendaciones del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte);

128.162 Adoptar medidas que permitan el ejercicio de las actividades legítimas de los defensores de los derechos humanos, en un entorno jurídico y administrativo favorable (Colombia);

128.163 Aplicar las recomendaciones formuladas por el Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación acerca de la supervisión gubernamental y las reglamentaciones de las organizaciones no gubernamentales (Alemania);

128.164 Examinar y abolir todas las disposiciones jurídicas que restringen los derechos de los defensores de los derechos humanos que promueven los derechos de la comunidad romaní (Islandia);

128.165 Velar por la investigación pronta e independiente de todas las denuncias de infracciones cometidas contra los defensores de los derechos humanos (Irlanda);

128.166 Considerar positivamente y aplicar las recomendaciones presentadas por el Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos (Libia);

128.167 Eliminar todas las disposiciones legislativas y administrativas que restringen los derechos de los defensores de los derechos humanos y velar por que las organizaciones de la sociedad civil puedan funcionar libremente y sin discriminación ni restricciones indebidas (Noruega);

128.168 Adoptar medidas para garantizar que las organizaciones de la sociedad civil puedan acceder y utilizar libremente la financiación, incluida la procedente de fuentes extranjeras (Noruega);

128.169 Seguir defendiendo la efectividad del derecho a trabajar para todos, entre otros medios por conducto de la capacitación técnica y la formación profesional para los jóvenes (Egipto);

128.170 Prestar un mayor apoyo a las familias y los niños pobres y reducir la desigualdad social (China);

128.171 Adoptar nuevas medidas que aseguren un mejor acceso al mercado de trabajo y a los servicios sociales y de salud básicos a las mujeres marginadas, entre ellas las mujeres con discapacidad, las mujeres romaníes y las mujeres migrantes (República de Corea);

128.172 Seguir aumentando el acceso de las mujeres a los servicios de salud sexual y reproductiva, en particular las mujeres con discapacidad, las mujeres con ingresos bajos, las mujeres con VIH/SIDA y las mujeres que viven en zonas rurales (Tailandia);

128.173 Aplicar efectivamente la política nacional en curso para garantizar a las minorías una educación de calidad (República Democrática Popular Lao);

128.174 Velar por que los criterios de la educación en las lenguas de las minorías nacionales, así como la enseñanza de los idiomas minoritarios, sean los mismos que los criterios generales de la educación en el país (Rumania);

128.175 Velar por que la aplicación de los objetivos establecidos en la Estrategia Nacional de 2014 sobre la Educación Pública estén en consonancia con los objetivos y las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (Emiratos Árabes Unidos);

128.176 Garantizar la inclusión de los derechos humanos y especialmente los derechos del niño en el sistema de enseñanza pública y sensibilizar sobre los derechos humanos en general (Grecia);

128.177 Intensificar las medidas para facilitar el acceso de las personas con discapacidad a la educación, el mercado laboral y la vida pública (Santa Sede);

128.178 Mantener el rumbo de los resultados positivos logrados en la consecución de los derechos y la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, entre otras cosas, asignando recursos suficientes para el desarrollo de un sistema de enseñanza incluyente para los niños con discapacidad y prestando servicios de apoyo suficientes y adecuados en las comunidades locales para que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente (Estado de Palestina);

128.179 Revisar toda la legislación pertinente, incluida la nueva Ley Fundamental del Estado, para asegurarse de que todas las personas con discapacidad tengan derecho a votar y puedan participar en la vida política y pública en igualdad de condiciones con las demás (Lituania);

128.180 Revisar la legislación para asegurarse de que todas las personas con discapacidad tengan derecho a votar y puedan participar en la vida política y pública (Maldivas);

128.181 Consolidar los programas para garantizar un sistema de educación inclusiva para los niños con discapacidad en todo el país (México);

128.182 Tomar nuevas medidas para aumentar el acceso de las personas con discapacidad a la vida social, económica y cultural y luchar contra la discriminación por motivos de discapacidad (Polonia);

128.183 Adoptar medidas para que cualquier decisión sobre salud dependa del consentimiento libre e informado de la persona con discapacidad concernida (España);

128.184 Adoptar todas las medidas necesarias para que los solicitantes de asilo que llegan a Hungría tengan garantizado el derecho a solicitar asilo y se respete el principio de no devolución (Suecia);

128.185 Despenalizar el acceso a su territorio de las personas que deseen presentar una solicitud de asilo, y tramitar las solicitudes de asilo de manera individual y no discriminatoria, de conformidad con sus obligaciones internacionales (Suiza);

128.186 Velar por que las mujeres migrantes y solicitantes de asilo reciban una asistencia adecuada (Timor-Leste);

128.187 Eliminar la detención de los solicitantes de asilo y los refugiados en establecimientos penitenciarios (Uruguay);

128.188 Avanzar en las medidas de asistencia y promoción de los derechos de los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo, de conformidad con los estándares internacionales actuales (Argentina);

128.189 Reformar su legislación a fin de garantizar el pleno respeto del principio de no devolución (Brasil);

128.190 Garantizar que su marco jurídico y las medidas relativas a los solicitantes de asilo, los refugiados y los migrantes cumplan con las obligaciones internacionales de Hungría en materia de derechos humanos, en particular con respecto a las garantías procesales.Esto incluye la derogación de las enmiendas de la Ley de Asilo, la Ley de Procedimiento Penal y el Código Penal de Hungría que son incompatibles con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos (Canadá);

128.191 Buscar alternativas a la detención de los solicitantes de asilo y los migrantes, en particular los niños.Tomar medidas inmediatas y eficaces para garantizar que las condiciones de detención sean plenamente compatibles con las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos (Canadá);

128.192 Elaborar medidas que mejoren las condiciones de vida de los solicitantes de asilo y eviten la discriminación por motivos de nacionalidad o país de origen (Chile);

128.193 Seguir mejorando las condiciones de vida de los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo (China);

128.194 Garantizar que en las medidas para hacer frente a la situación de los migrantes se incluya un enfoque de derechos humanos, teniendo en cuenta en particular la situación de la población vulnerable (Colombia);

128.195 Dar un trato digno y humano que respete los principios universales de derechos humanos a las personas en situación de movilidad humana, ya sean migrantes o refugiados, con especial atención al fortalecimiento y la aplicación de políticas que combatan la trata de personas con un enfoque holístico, en particular respecto de las mujeres, los niños y otros grupos vulnerables, así como combatir todas las formas de discriminación, con medidas como mecanismos de queja y denuncia para que las víctimas puedan obtener reparaciones (Ecuador);

128.196 Velar por que todas las cuestiones relacionadas con la migración, las solicitudes de asilo y la gestión de las fronteras se traten de conformidad con las obligaciones respectivas en virtud del derecho internacional aplicable (Egipto);

128.197 Respetar plenamente sus obligaciones en virtud del derecho internacional, garantizando el derecho a solicitar asilo mediante un proceso individual y efectivo sin discriminaciones (Finlandia);

128.198 Aumentar la capacidad de garantizar a toda persona la posibilidad de solicitar protección internacional de una forma legal, y crear las condiciones para el tratamiento médico y psicológico de los solicitantes de asilo, especialmente los que fueron víctimas de la tortura y la violencia (Alemania);

128.199 Aplicar plenamente las convenciones y las normas internacionales para la protección de los refugiados y los solicitantes de asilo (Grecia);

128.200 Participar activamente en el proceso de reasentamiento y admisión humanitaria de refugiados directamente desde Turquía a la Unión Europea, ya que esta es realmente la única manera de salvar vidas y acabar con las redes delictivas de traficantes (Grecia);

128.201 Adoptar medidas inmediatas para mejorar el sistema nacional de asilo, en particular mediante la elaboración de un plan de acción nacional, a fin de evitar que continúen las duras condiciones de detención y tratamiento de los solicitantes de asilo y los refugiados (Grecia);

128.202 Velar por la investigación pronta e imparcial de cualquier uso excesivo de la fuerza en las operaciones de vigilancia de la frontera, entre otros por el ejército (Grecia);

128.203 Colaborar con los demás Estados europeos para mejorar las condiciones y el trato dado a los solicitantes de asilo y los refugiados (Guatemala);

128.204 Hacer todo lo posible por prestar la debida atención a los derechos humanos de los solicitantes de asilo y evitar el uso desproporcionado de la fuerza con los migrantes y los refugiados (Santa Sede);

128.205 Redoblar los esfuerzos para garantizar el respeto de los derechos humanos de los migrantes, incluidas las personas en situación irregular (Honduras);

128.206 Aplicar sin excepciones el principio de no devolución en el contexto de los procedimientos de solicitud de asilo (Honduras);

128.207 Derogar las modificaciones del Código Penal que tipifican como delito la “entrada ilegal” y establecen “zonas de tránsito” en la frontera y una lista de “países seguros” (Islandia);

128.208 Cumplir el principio de no devolución (Islandia);

128.209 Adoptar medidas para tratar de mejorar las condiciones de vida de los refugiados y los solicitantes de asilo (India);

128.210 Redoblar los esfuerzos para solucionar los problemas de los migrantes irregulares en el país, en consonancia con las obligaciones del derecho internacional de los derechos humanos (Indonesia);

128.211 Mejorar las condiciones de vida de los solicitantes de asilo y redoblar los esfuerzos encaminados a mejorar el trato de los solicitantes de asilo y los refugiados (República Islámica del Irán);

128.212 Adoptar todas las medidas necesarias para tratar de no internar a los niños migrantes y solicitantes de asilo en centros de detención, entre otros medios derogando la legislación que permite el internamiento de familias acompañadas de niños (Irlanda);

128.213 Revisar la legislación sobre los derechos de los migrantes y los solicitantes de asilo de conformidad con las obligaciones de Hungría en virtud del derecho internacional y europeo y aplicar mejor las normas internas en vigor, en concreto las relativas al tratamiento de los niños no acompañados (Italia);

128.214 Hacer todo lo posible por garantizar la transparencia y el respeto de los derechos humanos, en particular los de las mujeres y los niños, en el trato que concede a los migrantes y los refugiados (Japón);

128.215 Velar por que las autoridades policiales cumplan con las obligaciones internacionales de derechos humanos en el trato dado a los migrantes y los solicitantes de asilo, y agilizar el proceso judicial para evitar la detención prolongada de los migrantes y los solicitantes de asilo (Malasia);

128.216 Proseguir los esfuerzos para mejorar el trato dado a los migrantes y los solicitantes de asilo (Marruecos);

128.217 Adoptar medidas para garantizar que la detención de los solicitantes de asilo se utilice solo en casos excepcionales, el procedimiento de detención sea transparente y comprensible y los detenidos tengan acceso a un recurso jurídico efectivo (Noruega);

128.218 Seguir cumpliendo sus obligaciones internacionales de derechos humanos en relación con los solicitantes de asilo, los refugiados y los migrantes (Pakistán);

128.219 Intensificar las labores para mejorar las condiciones de detención de los migrantes y los solicitantes de asilo, entre otros medios absteniéndose de recurrir a un uso excesivo de la fuerza, los malos tratos y la prolongación de los períodos de detención;y también aprobar una estrategia amplia de integración para que se integren en una etapa temprana (República de Corea);

128.220 Revisar la lista nacional de países seguros a fin de evitar el elevado número de solicitudes no admitidas que ha señalado el Comité de Helsinki de Hungría (España);

128.221 Aumentar el nivel la AOD (Bangladesh).

129. Todas las conclusiones y/o recomendaciones que figuran en el presente informe reflejan la posición del Estado o de los Estados que las presentaron y/o del Estado examinado.No debe interpretarse que han recibido el respaldo del Grupo de Trabajo en su conjunto.

Anexo

Composition of the delegation

The delegation of Hungary was headed by H.E. Mr. László Trócsányi and composed of the following members:

H.E. Dr. Zsuzsanna HORVÁTH, Ambassador Extraordinary and Plenipotentiary, Permanent Representative of Hungary to the United Nations in Geneva;

H.E. Mr. István NAGY, Ambassador Extraordinary and Plenipotentiary of Hungary in Bern;

Mr. Zoltán Ádám KOVÁCS, Deputy State Secretary for International Cooperation, Ministry of Foreign Affairs and Trade of Hungary;

Ms. Ágnes HEVESI, Human Rights Ambassador, Deputy Head of Department for International Organizations, Ministry of Foreign Affairs and Trade of Hungary;

Mr. Balázs RÁTKAI, Human Rights Advisor, Department for International Organizations, Ministry of Foreign Affairs and Trade of Hungary;

Ms. Édua MINISKA, Head of Secretariat, Ministry of Foreign Affairs of Hungary;

Mr. Gergely PRŐHLE, Deputy State Secretary for International and European Union Affairs, Ministry of Human Capacities of Hungary;

Mr. Árpád MÉSZÁROS, Head of Department, Ministry of Human Capacities of Hungary;

Ms. Zsuzsa SEBESTYÉN, Equality Advisor, Ministry of Human Capacities of Hungary;

Mr. András MÁZI, Head of Department, Ministry of Justice of Hungary;

Mr. Zoltán TALLÓDI, Deputy Head of Department, Ministry of Justice of Hungary;

Mr. Gábor KALETA, Head of Department, Ministry of Justice of Hungary;

Mr. Tivadar RÉVFY, Deputy Head of Department, Ministry of Justice of Hungary;

Ms. Anikó RAISZ, Advisor, Ministry of Justice of Hungary;

Ms. Christine SIMONART, Advisor, Ministry of Justice of Hungary;

Ms. Viktória SZABÓ-PRINCZ, Advisor, Ministry of Justice of Hungary;

Mr. Péter STAUBER, Head of Department of European Cooperation, Ministry of Interior of Hungary;

Mr. Alex KAJTÁR, Interpreter, Ministry of Justice of Hungary;

Ms. Dorottya SLATER, Interpreter, Ministry of Justice of Hungary;

Mr. András SZÖRÉNYI, First Counsellor, Deputy Permanent Representative, Permanent Mission of Hungary to the United Nations in Geneva;

Ms. Anita SZILÁGYI, First Secretary, Permanent Mission of Hungary to the United Nations in Geneva.