Naciones Unidas

A/HRC/23/3

Asamblea General

Distr. general

21 de marzo de 2013

Español

Original: francés/inglés

Consejo de Derechos Humanos

23º período de sesiones

Tema 6 de la agenda

Examen Periódico Universal

Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal *

Francia

Índice

PárrafosPágina

Introducción1–43

I.Resumen de las deliberaciones del proceso de examen5–1193

A.Exposición del Estado examinado5–173

B.Diálogo interactivo y respuestas del Estado examinado18–1195

II.Conclusiones y/o recomendaciones120–12116

Anexo

Composition of the delegation28

 

Introducción

1.El Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, establecido de conformidad con la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos de 18 de junio de 2007, celebró su 15º período de sesiones del 21 de enero al 1 de febrero de 2013. El examen de Francia se llevó a cabo en la primera sesión, el 21 de enero de 2013. La delegación de Francia estuvo encabezada por François Zimeray, Embajador para los Derechos Humanos. En la décima sesión, celebrada el 25 de enero de 2013, el Grupo de Trabajo aprobó el informe sobre Francia.

2.El 14 de enero de 2013, el Consejo de Derechos Humanos eligió al siguiente grupo de relatores (troika) para facilitar el examen de Francia: el Congo, Italia y Kuwait.

3.Con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 15 del anexo de la resolución 5/1 y el párrafo 5 del anexo de la resolución 16/21, para el examen de Francia se publicaron los siguientes documentos:

a)Un informe nacional/exposición por escrito de conformidad con el párrafo 15 a) (A/HRC/WG.6/15/FRA/1);

b)Una recopilación preparada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) de conformidad con el párrafo 15 b) (A/HRC/WG.6/15/FRA/2);

c)Un resumen preparado por el ACNUDH de conformidad con el párrafo 15 c) (A/HRC/WG.6/15/FRA/3).

4.Por conducto de la troika se transmitió a Francia una lista de preguntas preparadas de antemano por Eslovenia, España, México, Noruega, los Países Bajos y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Esas preguntas pueden consultarse en la extranet del examen periódico universal (EPU).

I.Resumen de las deliberaciones del proceso de examen

A.Exposición del Estado examinado

5.La delegación de Francia recordó el papel desempeñado por los derechos humanos en la construcción de la República francesa y su profundo arraigo en las instituciones del país. Existía siempre un margen de progreso y la mirada exterior y la crítica resultaban esenciales para ayudar a Francia a reforzar su nivel de exigencia.

6.El examen periódico universal era un instrumento fundamental de carácter permanente. En 2010 se publicó un informe de mitad del período. El informe nacional para el segundo examen representaba el resultado de las consultas a todas las partes interesadas y, entre ellas, a la sociedad civil.

7.Toda persona que viviera en Francia podría ver que sus derechos se habían fortalecido desde 2008. Hasta fechas muy recientes, no se podía ejercer el control de la constitucionalidad de una ley más que en ciertas condiciones, antes de su entrada en vigor. A raíz de una reforma constitucional de gran envergadura, cualquier persona que acudiera ante un tribunal francés podía alegar que una ley vigente atentaba contra los derechos y libertades garantizados por la Constitución.

8.Toda persona que viviera en Francia podía ahora dirigirse gratuitamente a una institución específica si estimaba que sus derechos se habían visto lesionados por el funcionamiento de una entidad de la administración pública. Esa institución era la del Defensor de los Derechos, implantada en marzo de 2011, que reagrupaba los mandatos encomendados anteriormente a distintas autoridades administrativas independientes.

9.Toda persona que viviera en Francia tenía más posibilidades para denunciar una discriminación de que hubiera sido objeto, en particular en el trabajo. Cada fiscalía de los tribunales franceses disponía de un centro de lucha contra la discriminación, cuya competencia abarcaba todos los actos cometidos debido a la pertenencia de la víctima a una determinada etnia, nación, raza, o religión o a causa de su orientación sexual.

10.Toda persona que viviera en Francia estaba mejor protegida en sus relaciones con las fuerzas del orden. Las autoridades francesas prestaban mucha atención a las condiciones en las que debían ser tratadas todas las personas durante su detención, bajo custodia policial o cualquier otra medida privativa de libertad. Esa atención se articulaba en torno a tres grandes principios: respeto absoluto de las personas, independientemente de su nacionalidad o su origen; utilización estrictamente necesaria y proporcionada de la fuerza; así como protección de las personas privadas de libertad y respeto de su dignidad.

11.El Gobierno surgido de las elecciones de la primavera de 2012 tenía el firme propósito de fundamentar su acción en la búsqueda de una mayor protección de las libertades fundamentales. Se había creado un Ministerio de los Derechos de la Mujer para fomentar todas las medidas destinadas a promover el respeto y los derechos de las mujeres en la sociedad. Dicho Ministerio se encargaba igualmente de potenciar la coordinación de las actuaciones gubernamentales contra los actos de violencia y de discriminación relacionados con la orientación sexual y la identidad de género.

12.Francia había elaborado un Plan Nacional de lucha contra el racismo y el antisemitismo (2012-2014) (véase infra). Había preparado igualmente una "Estrategia del Gobierno francés para la inclusión de los romaníes" (véase infra).

13.La Ministra de Justicia había anunciado una serie de medidas con miras a seguir mejorando la política penitenciaria de Francia (véase infra).

14.Por último, el Gobierno fruto de las elecciones de la primavera de 2012 se había comprometido a llevar a cabo una nueva política de inmigración, inspirada tanto en el sentido de la responsabilidad como en consideraciones humanitarias. Se estaba redactando un proyecto de ley con el propósito de crear un permiso de residencia plurianual para los extranjeros y consolidar así su integración en Francia. Se estaba examinando a fondo también la legislación sobre la naturalización.

15.La entrada y la estancia de extranjeros en el territorio nacional estaban sometidas a control y Francia otorgaba ciertos derechos, como el derecho al trabajo y el acceso a determinadas prestaciones sociales solo a los extranjeros en situación regular. No obstante, los extranjeros en territorio francés, independientemente de su situación, podían beneficiarse de un alojamiento de emergencia y de la asistencia médica del Estado, que les permitía acceder a la atención de salud.

16.Todos los avances realizados desde 2008 en la esfera de los derechos humanos se aplicaban a los territorios de ultramar, sobre la base del principio de igualdad entre los ciudadanos franceses. Sin embargo, cada territorio se caracterizaba por unas circunstancias geográficas, históricas y sociales propias. Las dificultades no podían tratarse siempre de manera idéntica a la de la metrópoli y el Estado procuraba aportar respuestas adaptadas como, en este período de crisis económica, organizando conferencias económicas y sociales en los diferentes territorios.

17.Por último, Francia, al ser una "República social", no podía menos que defender la estrecha interdependancia entre los derechos económicos, sociales y culturales y los derechos civiles y políticos.

B.Diálogo interactivo y respuestas del Estado examinado

18.Durante el diálogo interactivo hicieron declaraciones 84 delegaciones. Las recomendaciones formuladas durante el diálogo figuran en la sección II del presente informe.

19.Italia elogió a Francia por su Plan Nacional de lucha contra el racismo y el antisemitismo y preguntó cuáles eran los recursos asignados para su aplicación. Deseaba saber qué medidas se habían tomado para abordar la inquietud suscitada por los derechos de los detenidos y su acceso a la asistencia médica y para seguir luchando contra la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. Italia hizo recomendaciones.

20.El Japón aplaudió el hecho de que la mitad de los puestos del Consejo de Ministros estuvieran ocupados por mujeres y esperaba que el Ministerio de los Derechos de la Mujer contribuiría a garantizar el respeto de sus derechos. El Japón se mostró satisfecho de la intención declarada de poner fin a las expulsiones de los romaníes y de los esfuerzos para erradicar la discriminación étnica. El Japón formuló recomendaciones.

21.Jordania destacó la ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (CRPD) y la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (CPED). Se congratuló del fortalecimiento del marco institucional gracias a la creación del Ministerio de los Derechos de la Mujer y de la figura del Defensor de los Derechos y esperaba que Francia prestaría su apoyo a esos órganos para que pudieran cumplir con eficacia sus mandatos. Jordania hizo recomendaciones.

22.Kuwait señaló el papel fundamental que Francia desempeñaba mediante sus compromisos y contribuciones al establecimiento de las normas del sistema internacional para proteger y promover los derechos humanos. Alabó la creación de la institución del Defensor de los Derechos y las iniciativas para eliminar la discriminación contra los extranjeros y las personas de diferentes creencias religiosas. Kuwait formuló recomendaciones.

23.La República Democrática Popular Lao elogió los progresos realizados en la aplicación de las recomendaciones anteriores del EPU. Puso de relieve que Francia había adoptado importantes iniciativas para garantizar los derechos humanos. Alentó a Francia a consolidar la cooperación con las Naciones Unidas y otras organizaciones e interlocutores internacionales a fin de superar los retos que permitieran hacer efectivos los derechos de los ciudadanos.

24.Libia alabó las disposiciones legislativas e institucionales para proteger los derechos de la mujer y combatir el racismo, incluidas, entre otras, la sensibilización y la formación en las instituciones académicas. Libia elogió asimismo las medidas tomadas para potenciar la diversidad de culturas y de lenguas y las políticas destinadas a integrar a las migrantes en el mundo laboral. Libia hizo recomendaciones.

25.Malasia, a pesar de haber tomado conocimiento de las medidas adoptadas para hacer efectiva la legislación en materia de lucha contra la discriminación, expresó su preocupación por el enfoque xenófobo utilizado en las campañas electorales; la aplicación de la Ley Nº 2004/228, que prohibía la asistencia a la escuela pública de los estudiantes que llevaban símbolos religiosos; y el incremento, según las informaciones, de los actos racistas dirigidos contra las personas procedentes del África Noroccidental y los musulmanes. Malasia formuló recomendaciones.

26.Mauritania reconoció los esfuerzos del Gobierno para aplicar las recomendaciones del EPU. También reconoció el establecimiento de la figura del mediador, con rango constitucional. Alentó a Francia a seguir luchando contra las declaraciones públicas de carácter xenófobo formuladas por los políticos o por personalidades de los medios de difusión. Mauritania instó a Francia a no cejar en sus intentos de mejorar la situación de la población inmigrante.

27.México observó que la promoción de los derechos humanos y la democracia eran la piedra angular de la política exterior de Francia. Destacó la creación de la figura del mediador y alabó las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones anteriores del EPU, incluida la retirada de la declaración respecto del artículo 124 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Hizo recomendaciones.

28.El Perú señaló que, desde su primer examen en el marco del EPU, Francia había establecido un Ministerio de los Derechos de la Mujer y la institución de un mediador, y adoptado un Plan Nacional contra el racismo. Solicitó información sobre las medidas tomadas a fin de reducir el hacinamiento carcelario y mejorar las condiciones penitenciarias. El Perú formuló recomendaciones.

29.Namibia elogió la ratificación por Francia de los instrumentos internacionales de derechos humanos, su fortalecimiento de las políticas de lucha contra el racismo y su condena de la trata de esclavos y la esclavitud como delitos de lesa humanidad. Le preocupaba, no obstante, la situación de las minorías étnicas, incluidos los romaníes. Namibia hizo recomendaciones.

30.Nepal alabó iniciativas como la creación de la figura del Defensor de los Derechos dentro del marco de la Constitución, la adopción de un plan de acción nacional "Mujeres, paz y seguridad" y la instauración de un Ministerio de los Derechos de la Mujer, así como la promoción de la diversidad en la administración pública. Nepal formuló recomendaciones.

31.Los Países Bajos consideraban a Francia un ejemplo para la comunidad internacional y preguntaron qué medidas efectivas se habían tomado para aplicar la recomendación relativa a la mejora de las condiciones del sistema penitenciario hecha durante el primer examen de Francia en el marco del EPU. Los Países Bajos hicieron recomendaciones.

32.Nueva Zelandia elogió la creación de un Ministerio de los Derechos de la Mujer y preguntó sobre las medidas concretas para coordinar las iniciativas encaminadas a combatir la violencia y la discriminación contra las lesbianas, los homosexuales, los bisexuales y los transexuales. Manifestó su preocupación por el impacto de la ley que prohibía la ocultación del rostro en los espacios públicos. Formuló recomendaciones.

33.Noruega observó un aparente aumento de la discriminación y la violencia contra los musulmanes y los ciudadanos franceses de origen norteafricano, así como la falta de estadísticas adecuadas sobre esos grupos. Expresó su preocupación por el uso de pistolas de descarga eléctrica y la práctica de registros corporales en las prisiones. Noruega hizo recomendaciones.

34.Omán alabó el compromiso del Gobierno de Francia en la promoción y protección de los derechos humanos. Señaló que Francia había adoptado una serie de medidas para cumplir con sus obligaciones internacionales, tanto a nivel local como internacional, y participar en las iniciativas internacionales destinadas a promover y proteger los derechos humanos. Omán formuló recomendaciones.

35.El Pakistán manifestó su preocupación por la insuficiente protección jurídica contra la práctica de la policía de realizar perfiles étnicos y la influencia de la raza y la religión en las oportunidades de empleo. El incremento de los mensajes públicos de incitación al odio agravaba la situación creada por las medidas legislativas sobre el hiyab o el niqab, que discriminaban a las musulmanas. El Pakistán hizo recomendaciones.

36.El Estado de Palestina se congratuló de los esfuerzos encaminados a proteger y promover los derechos de la mujer y los relativos a la educación y la inmigración. Puso de relieve la firma del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (OP-ICESR) y elogió el Plan de Acción Nacional para dar cumplimiento a la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad. Formuló una recomendación.

37.El Paraguay destacó la firma del OP-ICESR y la ratificación de la CPED, la CRPD y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (OP-CAT). Reconoció, entre otras cosas, la creación del Ministerio de los Derechos de la Mujer y el Plan Nacional de lucha contra el racismo y el antisemitismo. El Paraguay consideró que la nueva política de inmigración se asentaba sobre normas claras, equitativas y estables. El Paraguay formuló recomendaciones.

38.Marruecos recordó el compromiso histórico de Francia con la promoción y protección de los derechos humanos. Marruecos se hizo eco de las nuevas medidas de inmigración y subrayó la delicada situación de los niños migrantes no acompañados. Solicitó información sobre las disposiciones adoptadas para luchar contra las declaraciones y mensajes racistas y de incitación al odio. Marruecos hizo una recomendación.

39.Filipinas señaló la considerable importancia que Francia atribuía a los derechos humanos, como lo indicaba su ratificación del OP-CAT, la CRPD y la CPED. Se congratuló de la gran preocupación que Francia sentía por la protección de los trabajadores migrantes. Filipinas formuló recomendaciones.

40.Alemania, alarmada por los diversos casos de discriminación contra los romaníes, preguntó cómo garantizaba Francia el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del derecho internacional, dada la forma de tratar a los romaníes de la policía. Tras constatar el hacinamiento y las condiciones deficientes que reinaban en las prisiones, preguntó qué medidas se habían previsto para mejorar la situación.

41.El jefe de la delegación francesa declaró que Francia no podía sentirse satisfecha de la situación de sus establecimientos penitenciarios. Las críticas internacionales recibidas por las condiciones de detención se sumaban a las críticas internas. Se había establecido un control más riguroso de los lugares de detención (a cargo de las autoridades judiciales, los parlamentarios y los mecanismos de vigilancia interna de la administración).

42.Desde 2007, Francia disponía de varios mecanismos suplementarios de supervisión para garantizar una protección más adecuada de los derechos de los detenidos, como el Controlador General de los lugares de privación de libertad, así como los 150 delegados del Defensor de los Derechos, que actuaban en el interior de las prisiones.

43.Francia se había fijado el objetivo de renovar y modernizar el parque de establecimientos penitenciarios, mediante el cierre de los locales vetustos y la puesta en marcha de nuevas construcciones que permitirían aumentar el número de plazas. Algunas de ellas se dedicarían a la reinserción social de los presos. Además, la Ley penitenciaria de 24 de noviembre de 2009 había establecido el principio de la modificación de todas las penas de prisión firme, convirtiendo el encarcelamiento en una excepción. Todavía era preciso promover más la adopción de medidas alternativas a la detención.

44.Por otra parte, se había intensificado la formación del personal penitenciario en materia de prevención del suicidio en la cárcel. La Ley del 24 de noviembre de 2009 restringía rigurosamente la utilización de la fuerza por parte de los agentes de la administración penitenciaria, limitando ese recurso a los casos de legítima defensa o de resistencia violenta y con sujeción al uso proporcionado estrictamente necesario para prevenir las fugas o restablecer el orden.

45.Francia no reconocía la existencia de grupos o comunidades dotados de derechos específicos, en aplicación de los principios de indivisibilidad de la República, de igualdad ante la ley y de unidad del pueblo francés. Así, Francia no reconocía como grupo a los romaníes y no recopilaba estadísticas étnicas. Sin embargo, no minimizaba las dificultades que debía afrontar e integraba su acción en el marco europeo, puesto que afectaba al conjunto del continente. En febrero de 2012 adoptó una Estrategia nacional para la inclusión de los romaníes, que otorgaba prioridad al acceso a la educación, el empleo, la salud y la vivienda.

46.El desmantelamiento de los campamentos ilegales respondía fundamentalmente a la existencia de un peligro o de un riesgo sanitario inmediato. A nivel local, la responsabilidad de aportar una respuesta adecuada a la situación de las personas y de las familias afectadas recaía, no obstante, sobre los servicios del Estado, en colaboración con las comunidades territoriales y las asociaciones. Ahora, en cuanto se instalaba un campamento, los prefectos debían elaborar un diagnóstico en materia de salud, empleo y escolarización de los niños. Habían de prever un alojamiento de emergencia, antes de proceder al desmantelamiento de una instalación ilegal. Se había encomendado a un delegado interministerial para el alojamiento y el acceso a la vivienda la tarea de promover una coordinación a todos los niveles, desde el local al nacional, lo que permitiría hacer frente a la complejidad de las situaciones.

47.La laicidad en Francia constituía un principio de libertad, con una triple dimensión: neutralidad de los agentes del servicio público, asunción del hecho religioso e igualdad de atención de los poderes públicos a las diferentes religiones. Así, el derecho francés autorizaba, en particular, la concesión de permisos laborales para celebrar las fiestas religiosas, practicar sacrificios rituales de animales, habilitar espacios especiales en los cementerios para las religiones no cristianas y otorgar ayudas indirectas a la construcción y al mantenimiento de los lugares de culto.

48.La Ley que regía la utilización de signos o de prendas de vestir que ponían de manifiesto de manera ostensible la pertenencia a una religión en las escuelas, colegios e institutos de enseñanza pública se estaba aplicando con tacto. En la inmensa mayoría de los casos, los problemas se solucionaban por la vía del diálogo. No había habido que acudir en ninguna ocasión al Mediador de la Educación nacional y no existía ningún juicio pendiente ante los tribunales. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos había confirmado que las restricciones previstas por la ley se justificaban por el principio constitucional de laicidad y se ajustaban a lo dispuesto en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.

49.Qatar alabó la ratificación por Francia de los tratados y protocolos de derechos humanos y expresó su esperanza de que la creación del Ministerio de los Derechos de la Mujer y de la figura del Defensor de los Derechos promovería la protección, promoción, conocimiento y aplicación de los derechos humanos. Destacó las medidas tomadas para combatir los estereotipos y prevenir la discriminación de los grupos minoritarios. Qatar hizo una recomendación.

50.La República de Corea elogió las medidas concretas destinadas a garantizar la igualdad de género, incluida la creación del Ministerio de los Derechos de la Mujer y la adopción del Plan Nacional de lucha contra el racismo y el antisemitismo. Observó también un incremento desde 2008 de los discursos políticos de carácter racista y xenófobo. Formuló recomendaciones.

51.La República de Moldova se congratuló de la creación de la figura del mediador. Felicitó a Francia por la adopción de medidas encaminadas a promover la igualdad de género, los progresos realizados en la lucha contra la violencia que afectaba a las mujeres y el compromiso de proteger a los niños. Hizo recomendaciones.

52.Rumania acogió con satisfacción el establecimiento de un nuevo órgano con la misión de combatir la discriminación y preguntó cuáles serían sus atribuciones en relación con la sanción de los actos discriminatorios, aparte de remitir los casos a la fiscalía (ministère public). Rumania formuló una recomendación.

53.La Federación de Rusia constató los progresos realizados en los últimos años en el ámbito del cumplimiento por parte de Francia de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Señaló, sin embargo, que aún persistía toda una serie de problemas en la esfera de la protección jurídica. La Federación de Rusia hizo recomendaciones.

54.El Senegal se hizo eco de los notables progresos alcanzados en la promoción y protección de los derechos de la mujer no solo en la legislación sino también en la creación de instituciones, como el Ministerio de los Derechos de la Mujer. Se requerían mayores esfuerzos para afrontar los retos planteados por la inmigración y la discriminación. El Senegal formuló una recomendación.

55.Eslovaquia se congratuló de la ratificación de la CRPD, la CPED y el OP-CAT. Destacó, en especial, la Estrategia para la inclusión de los romaníes, el Ministerio de los Derechos de la Mujer y la reforma por la que se otorgaba el derecho a recurrir ante el Consejo Constitucional para impugnar la constitucionalidad de una ley. Eslovaquia formuló recomendaciones.

56.Eslovenia puso de relieve los avances positivos en el ámbito de la igualdad de género. Expresó su preocupación por la gran cantidad de lenguas en grave peligro de extinción al tiempo que aplaudió la intención declarada por Francia de ratificar la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias. Preguntó si se habían tomado medidas en ese sentido y cuál sería el calendario para su ratificación. Eslovenia hizo recomendaciones.

57.España acogió complacida la creación de un ministerio centrado específicamente en los derechos de la mujer. Preguntó qué medidas se estaban tomando para seguir promoviendo la igualdad de género y combatir la violencia contra la mujer. Expresó su preocupación ante la información recibida sobre las deficientes condiciones de los centros de detención. España formuló recomendaciones.

58.Sri Lanka celebró la creación de un Ministerio de los Derechos de la Mujer, la puesta en marcha de un Plan de Acción interministerial en esa esfera y la adopción de medidas destinadas a luchar contra las diferencias de remuneración. Destacó el Plan Nacional de lucha contra el racismo para el período 2012-2014. Hizo recomendaciones.

59.El Sudán se hizo eco de la preocupación manifestada por los órganos de tratados, incluido el Comité de Derechos Humanos, acerca de la Ley Nº 2004/228, que prohibía el uso de símbolos religiosos ostensibles en la escuela pública, lo que impedía a los niños que seguían esas prácticas religiosas asistir a clase. El Sudán formuló recomendaciones.

60.Suiza compartía la preocupación del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes por las denuncias de un uso excesivo de la fuerza por parte de la policía durante los arrestos. En cuanto a la trata de personas, subrayó la importancia de disponer de una normativa jurídica clara, comprensible y aplicable. Suiza hizo recomendaciones.

61.Tailandia señaló el compromiso contraído por Francia de luchar contra la discriminación y la xenofobia y acogió con satisfacción los planes para combatir el racismo, el antisemitismo y la exclusión de los romaníes. Le seguía preocupando la información sobre la discriminación en el acceso a los servicios públicos por motivos de raza, origen étnico o religión. Tailandia formuló recomendaciones.

62.Timor-Leste aplaudió la ratificación de varios tratados de derechos humanos y alabó las medidas y planes para combatir el racismo y la xenofobia y fomentar la igualdad de género y expresó su deseo de una pronta aplicación. Timor-Leste hizo una recomendación.

63.Togo manifestó su preocupación por los discursos políticos discriminatorios y alentó a Francia a tomar medidas contra el aumento de casos de racismo que afectaban a personas del Maghreb y subsaharianos. Las condiciones de la detención y las elevadas tasas de suicidios carcelarios constituían un grave motivo de alarma. Togo formuló una recomendación.

64.Trinidad y Tabago puso de relieve la relación histórica de Francia con los derechos humanos, su contribución a la labor del ACNUDH y su ratificación de los instrumentos clave de derechos humanos. Trinidad y Tabago hizo recomendaciones.

65.Túnez señaló la ratificación de los instrumentos internacionales relativos a las personas con discapacidad, la tortura y las desapariciones forzadas, así como el establecimiento de estructuras, como la figura del Defensor de los Derechos y el Plan Nacional de lucha contra el racismo. Elogió el compromiso de Francia con la asistencia oficial para el desarrollo. Túnez formuló recomendaciones.

66.Turquía celebró la creación de la institución del Defensor de los Derechos y la adopción de la "question prioritaire de constitutionnalité" (cuestión prioritaria de constitucionalidad). Recordó que el Consejo Constitucional invalidó el 28 de febrero de 2012 una iniciativa que vulneraba el derecho a la libertad de expresión y alentó a Francia a combatir los ataques racistas e islamófobos. Turquía hizo recomendaciones.

67.Ucrania reconoció el firme compromiso de Francia con la protección y promoción de los derechos humanos y acogió complacido los esfuerzos por garantizar un planteamiento más coherente de la lucha contra la discriminación basada en el origen étnico. Ucrania formuló recomendaciones.

68.El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte preguntó por las medidas para promover la igualdad de género y, en particular, para mejorar el acceso a la justicia de las víctimas de delitos sexuales y abordar el escaso nivel de denuncias de violencia doméstica. Preguntó por las medidas para potenciar la legislación antidiscriminación. El Reino Unido hizo recomendaciones.

69.Los Estados Unidos de América seguían preocupados por la prohibición de llevar símbolos religiosos en la escuela y prendas que cubrieran el rostro en público. Expresaron su preocupación por el hacinamiento y la higiene deficiente en las prisiones y por las expulsiones e incidentes de intolerancia social de que eran víctimas los romaníes. Los Estados Unidos formularon recomendaciones.

70.El Uruguay elogió la ratificación de la CPED, la CRPD, el Protocolo facultativo de dicha Convención (OP-CRPD) y el OP-CAT. Se congratuló de la creación del Ministerio de los Derechos de la Mujer, la adaptación de la legislación de conformidad con el Estatuto de Roma y la puesta en marcha de un Plan Nacional de lucha contra el racismo y el antisemitismo. El Uruguay hizo recomendaciones.

71.Respecto de la lucha contra el racismo y el antisemitismo, el jefe de la delegación de Francia destacó que las autoridades públicas habían intensificado la vigilancia y reforzado en gran medida los medios de represión. El incremento de los actos racistas se debía en parte a un mejor conocimiento estadístico del fenómeno y a la multiplicación del número de condenas por delitos de carácter racista. Desde hace algunos años, se detectaba, no obstante, una tendencia al aumento de las agresiones motivadas por el odio racial, así como una contaminación de los discursos públicos y de los mensajes por Internet.

72.Francia había desarrollado un arsenal jurídico muy completo contra el racismo y el antisemitismo. Se había adoptado también un Plan Nacional de lucha contra el racismo y el antisemitismo (2012-2014). El objetivo de ese Plan, cuya coordinación se había encomendado a un delegado interministerial, consistía en elaborar un censo más completo de los actos racistas y antisemitas, reprimir sistemáticamente esos comportamientos, luchar contra las discriminaciones e incorporar la lucha contra el racismo y el antisemitismo a la política de integración y de promoción de la igualdad de oportunidades.

73.Por otra parte, Francia creó en 2012 un Ministerio de los Derechos de la Mujer y en 2013 un Alto Consejo para la Igualdad. Además del hecho de que el Gobierno francés era un gobierno paritario, todos los ministros habían designado a un alto funcionario de su equipo con la misión de fomentar la igualdad entre hombres y mujeres en su ministerio.

74.Francia había implantado varias medidas para garantizar la igualdad de género en el lugar de trabajo y en los ámbitos ejecutivos públicos y privados (adopción de una Ley de representación equilibrada de hombres y mujeres en los consejos de administración y de supervisión y de otra Ley de acceso al empleo y de lucha contra la discriminación en la administración pública).

75.Uzbekistán señaló que la agrupación de varias funciones de los mediadores en la institución del Defensor de los Derechos suscitaba cierta inquietud. Entre otros motivos de preocupación, cabía citar también los discursos políticos discriminatorios y la ola creciente de racismo que dificultaba la integración de los inmigrantes; el trato que recibían los romaníes y la brutalidad policial. Uzbekistán hizo recomendaciones.

76.Viet Nam puso de relieve la adhesión de Francia a una serie de tratados internacionales y la creación de la figura del Defensor de los Derechos y del Ministerio de los Derechos de la Mujer. Alentó a Francia a poner en marcha un plan exhaustivo para combatir la discriminación contra todos los grupos vulnerables que estaban experimentando dificultades económicas.

77.Argelia destacó la discriminación de las minorías, los ataques contra la libertad religiosa, la violencia contra las mujeres y la erosión del derecho a la vida familiar. También observó que los inmigrantes no disfrutaban, entre otros, del derecho al empleo, y sugirió que se abordara la retórica discriminatoria de la policía. Argelia formuló recomendaciones.

78.Angola subrayó la ratificación por Francia de varias convenciones internacionales y el establecimiento de la institución del Defensor de los Derechos y del Ministerio de los Derechos de la Mujer. Constató la adopción de planes para afrontar el racismo y el antisemitismo y las cuestiones relacionadas con la mujer, la paz y la seguridad y la igualdad de género. Angola hizo recomendaciones.

79.La Argentina acogió con agrado la participación de Francia en la campaña en pro de la ratificación universal de la CPED. Alabó la creación del Ministerio de los Derechos de la Mujer y los planes para combatir el racismo e integrar a los romaníes. A pesar de la explicación de Francia, Argentina consideraba que la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (ICRMW) ofrecía una protección adicional. La Argentina formuló recomendaciones.

80.Armenia se congratuló del reconocimiento de las lenguas regionales y de los planes para luchar contra el racismo y el antisemitismo y la discriminación en la escuela. Señaló los esfuerzos para acabar con la impunidad de los crímenes de lesa humanidad y aplaudió la legislación encaminada a combatir la negación del delito de genocidio. Armenia hizo una recomendación.

81.Finlandia preguntó si Francia tenía intención de revisar su postura respecto de los niños pertenecientes a grupos minoritarios y plantearse la posibilidad de retirar su reserva al artículo 30 de la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC). Preguntó también qué medidas se tomarían para erradicar el castigo corporal a los niños. Finlandia formuló una recomendación.

82.Austria expresó su preocupación por los derechos educativos, laborales y sociales de los romaníes. Solicitó información acerca de las medidas adoptadas para abordar el trato dispensado a los detenidos y el hacinamiento carcelario y de los planes para firmar el Protocolo facultativo de la CRC relativo a un procedimiento de comunicaciones y la ratificación del Convenio del Consejo de Europa para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica. Austria formuló recomendaciones.

83.Bahrein, tras felicitar a Francia por los progresos alcanzados en la esfera de los derechos de la mujer y la igualdad de género, alentó al Gobierno a incrementar la representación femenina en los puestos de alto nivel y de gestión y en el sector privado. Manifestó su preocupación por el creciente número de delitos motivados por prejuicios contra los musulmanes y sus comunidades. Bahrein hizo recomendaciones.

84.Bangladesh señaló la preocupación de varios órganos de tratados por la persistencia de prácticas, medidas y estereotipos discriminatorios. Al Comité de los Derechos del Niño le preocupaba la discriminación que padecían los niños que residían en los departamentos y territorios de ultramar, los niños solicitantes de asilo y refugiados, así como los niños de grupos minoritarios. Bangladesh formuló recomendaciones.

85.Belarús mencionó las numerosas reservas y declaraciones de Francia respecto de las convenciones internacionales que restringían la aplicación de sus normas en la legislación. Las autoridades no cooperaban lo suficiente con los procedimientos especiales en materia de derechos civiles y políticos, por lo que hacía a las visitas, a pesar de las violaciones. Destacó así mismo la práctica creciente de discriminar a los migrantes y minorías. Belarús hizo recomendaciones.

86.Bélgica observó que el marco jurídico aplicable a la trata de personas se centraba más en eliminar esa lacra que en velar por los derechos de las víctimas. Preguntó si las autoridades francesas tenían intención de tomar medidas para elaborar un marco jurídico más específico que tuviera en cuenta los derechos de las víctimas. Bélgica formuló recomendaciones.

87.El Brasil se congratuló de la ratificación por Francia del OP-CAT y del Plan Nacional para combatir el racismo. Los acontecimientos en Malí eran alarmantes. El uso de la fuerza debía repercutir en una disminución de la violencia y la inestabilidad; la protección de los civiles revestía la máxima prioridad. El Brasil se adhirió a la declaración de septiembre de 2012 de la Alta Comisionada sobre los romaníes e hizo recomendaciones.

88.Bulgaria, pese a apreciar el dinámico papel desempeñado por las autoridades al promover la condena y el rechazo de la xenofobia y el antisemitismo, advirtió que se habían notificado casos de intolerancia con respecto a las minorías, en los que estaban implicados en particular adolescentes y solicitó ejemplos de las buenas prácticas empleadas por Francia para contrarrestar esa tendencia.

89.Burkina Faso acogió con satisfacción los progresos realizados en la ratificación de los instrumentos internacionales de derechos humanos y de los derechos de las mujeres inmigrantes y víctimas de la violencia. También eran dignos de mención los esfuerzos por proteger los derechos y libertades individuales y colectivos de las personas detenidas en el marco de la lucha contra el terrorismo. Burkina Faso formuló una recomendación.

90.Burundi aplaudió a Francia por la creación del Ministerio de los Derechos de la Mujer a fin de promover los derechos de esta y combatir la discriminación de género. Alentó firmemente las iniciativas del Gobierno para elaborar una política encaminada a luchar contra el racismo, la xenofobia y el antisemitismo. Burundi hizo recomendaciones.

91.Camboya alabó los esfuerzos para proteger los derechos humanos y, en especial, la adopción del plan con miras a garantizar el derecho a la seguridad social, así como las medidas destinadas a fomentar los derechos de la mujer y combatir la discriminación. Celebró la ratificación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT). Camboya formuló recomendaciones.

92.El Canadá solicitó una actualización de la información sobre las medidas tomadas para prevenir y erradicar los casos de racismo cometidos por los agentes del orden y otros funcionarios públicos. Manifestó su preocupación por los informes relativos al incremento de actos antisemitas e islamófobos. Consideraba alarmante la discriminación en el empleo padecida por los musulmanes y, en particular, las mujeres que llevaban velo. El Canadá hizo recomendaciones.

93.El Chad elogió el empeño de Francia en aplicar las recomendaciones formuladas durante el examen de su informe, presentado en 2008 en el marco del EPU, y en implantar una serie de estructuras con miras a potenciar los derechos humanos. El Chad hizo recomendaciones.

94.Chile aplaudió los progresos alcanzados por Francia, a nivel regulatorio y estructural, en la esfera de la protección de los derechos humanos. Alabó, en especial, la creación del Ministerio de los Derechos de la Mujer y la ratificación de la CPED. Chile formuló recomendaciones.

95.China elogió los esfuerzos realizados por Francia para proteger los derechos humanos y, en especial, los derechos de la mujer, el niño y las personas con discapacidad. Expresó su preocupación, sin embargo, por la prevalencia del racismo, la xenofobia y la discriminación de las minorías, particularmente de las mujeres musulmanas. China hizo recomendaciones.

96.El Congo acogió con satisfacción la creación del cargo de Defensor de los Derechos y del Ministerio de los Derechos de la Mujer, así como las iniciativas para combatir la discriminación y el racismo y hacer frente a los problemas de las minorías, aunque alentó a adoptar nuevas medidas. Instó a Francia a tomar disposiciones para acabar con el hacinamiento carcelario y mejorar las condiciones de detención.

97.El jefe de la delegación francesa declaró que los controles de identidad se habían convertido en blanco de las críticas y de la animosidad de la población, aunque fueran indispensables. Esos controles no podían basarse en ninguna característica física o signo distintivo excepto en los casos en que estuvieran motivados por la descripción concreta de los rasgos de una persona. La práctica de controles denominados "por los rasgos faciales" chocaría con los principios republicanos de igualdad. Debían estar rigurosamente al servicio de criterios objetivos que excluyeran cualquier tipo de discriminación. Se habían tomado medidas para mejorar la relación entre la población y las fuerzas del orden en el marco de los controles de identidad, en particular mediante la posibilidad de identificar a los agentes en el momento de su intervención, gracias a su número de registro, colocado en un lugar visible, y a la elaboración de un nuevo código de deontología.

98.Además, los 8.000 menores y jóvenes mayores de edad extranjeros aislados constituían un grupo especialmente vulnerable que debía ser protegido. Entre ellos, los menores afectados no estaban obligados a presentar un permiso de residencia, ni podían ser objeto de una repatriación forzosa y tenían acceso a la totalidad de los servicios de derecho común y, en particular, al sistema educativo. Solo se les podía mantener en unas instalaciones de espera en la frontera el tiempo estrictamente necesario para estudiar su situación y disponían de todas las garantías jurídicas. Si era posible demostrar que correrían peligro en caso de ser devueltos a su país de origen, se les facilitaba la admisión en el territorio francés y se les otorgaba asistencia en el marco de la protección de la infancia en un centro especializado. Se había establecido un grupo de trabajo interministerial para los menores extranjeros aislados, a fin de llevar a cabo un diagnóstico de la situación en Francia y definir las medidas de protección apropiadas.

99.La inmigración seguía constituyendo una suerte para Francia. Para que redundase en beneficio de los propios migrantes, la inmigración debía estar regulada y organizada. El Gobierno se había comprometido a elaborar una nueva política de inmigración responsable, basada en reglas claras, justas y estables. Esa política aliaba la firmeza en la lucha contra la inmigración irregular y las redes de inmigración clandestina con la estabilización de la inmigración legal. La transparencia y la objetividad servían de criterios de orientación a la actuación gubernamental. Se implantarían procedimientos justos, se fomentaría el diálogo con las asociaciones y las instituciones de protección de los derechos humanos y se reforzaría la coordinación con las comunidades territoriales. El Gobierno había intervenido en especial para facilitar la concesión de un permiso de residencia a los estudiantes altamente cualificados que deseasen permanecer en Francia, anulando la circular de 31 de mayo de 2011 sobre los estudiantes extranjeros.

100.Costa Rica elogió a Francia por la adopción de un Plan Nacional de lucha contra el racismo y el antisemitismo (2012-2014) y por la promulgación de medidas legislativas para afrontar la violencia doméstica, incluida la tipificación de la violencia marital, así como por combatir la explotación comercial de los niños. Costa Rica formuló recomendaciones.

101.Côte d'Ivoire se congratuló de la creación del Ministerio de los Derechos de la Mujer y del compromiso de Francia de prevenir las violaciones en todo el mundo. Alentó a Francia a intensificar los esfuerzos para mejorar la situación de los trabajadores migrantes y de sus familiares y aplicar la legislación de lucha contra la discriminación.

102.Cuba destacó las medidas tomadas por Francia para proteger los derechos humanos y prevenir la discriminación, pero instó al país a no escatimar esfuerzos para eliminar la discriminación contra los romaníes. Preguntó cómo se garantizarían los derechos de los niños romaníes y de otras minorías y, en especial de los que vivían en campamentos ilegales. Cuba hizo una recomendación.

103.Chipre aplaudió el compromiso adoptado por Francia de difundir en el mundo entero el derecho a no ser objeto de desapariciones forzadas, así como los derechos de las mujeres. Preguntó cómo trataba el Gobierno los casos de violencia contra las mujeres cuando estas se negaban a cooperar con las autoridades o no eran capaces de hacerlo.

104.Djibouti agradeció a Francia la presentación de su segundo informe y constató sus esfuerzos dirigidos a una serie de aspectos de la protección y promoción de los derechos humanos en toda la nación y la importancia que concedía al procedimiento del EPU. Djibouti formuló recomendaciones.

105.El Ecuador alabó a Francia por la firma del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Le preocupaba, sin embargo, la situación de los romaníes, en especial por la política de expulsiones y desahucios forzosos del Gobierno. La pobreza y la pertenencia a una minoría racial no justificaban en modo alguno la discriminación, la intolerancia, la xenofobia y el racismo. El Ecuador hizo recomendaciones.

106.Egipto acogió con satisfacción los esfuerzos para luchar contra la discriminación y los delitos cometidos por odio, pero expresó su preocupación por la prohibición de los símbolos religiosos en las escuelas públicas y por una ley que prohibía llevar el niqab en los lugares públicos, con graves repercusiones para los derechos de las musulmanas. Egipto formuló recomendaciones.

107.Estonia reconoció la importancia de los derechos humanos en las políticas nacionales e internacionales y de las iniciativas para garantizar la igualdad de género y los derechos de las mujeres, en particular la creación del Ministerio de los Derechos de la Mujer, así como la promoción de los derechos de salud sexual y reproductiva. Se congratuló de la participación de Francia en la Freedom Online Coalition.

108.Australia aplaudió los programas en curso para modernizar y construir prisiones, pero manifestó su preocupación por ciertos aspectos de la administración penitenciaria y, entre ellos, el hacinamiento y la elevada tasa de suicidios. Hizo hincapié en los informes sobre los derechos de las personas de origen romaní relativos a los campamentos de inmigración y la repatriación obligatoria. Australia hizo recomendaciones.

109.Polonia agradeció el firme compromiso de Francia en la esfera de los derechos humanos y su apoyo constante al ACNUDH. Polonia formuló recomendaciones.

110.Grecia solicitó más información sobre la institución del Defensor de los Derechos y sobre el modo de reforzar el sistema de protección de los derechos humanos en relación con los anteriores mecanismos. También pidió más detalles acerca de las directrices generales de la política para promover la igualdad de género. Grecia hizo recomendaciones.

111.Guatemala preguntó si Francia podría facilitar estadísticas sobre el impacto de las medidas adoptadas para prevenir y erradicar los actos racistas cometidos por agentes del orden y si se había registrado una disminución del número de casos tras la aplicación de esas medidas. Guatemala formuló una recomendación.

112.Hungría se congratuló de la adopción de la Estrategia para la inclusión de los romaníes, pero continuaba preocupada por los desahucios y expulsiones de esas personas que seguían produciéndose. Esperaba que Francia velaría por ajustar sus prácticas y políticas en ese sentido al derecho internacional. Hungría hizo una recomendación.

113.La India señaló a la atención de Francia el dictamen adoptado por el Comité de Derechos Humanos en su 106º período de sesiones, celebrado en noviembre de 2012, relativo a la expulsión de una escuela pública de un estudiante indio por llevar un keski, e instó a Francia a garantizar un recurso efectivo y ejecutorio. La India formuló recomendaciones.

114.Indonesia acogió con satisfacción la reforma constitucional de 2008, la adopción de la Estrategia para la inclusión de los romaníes y la creación del Ministerio para los Derechos de la Mujer. Alentó a Francia a elaborar un plan de acción exhaustivo a fin de garantizar la incorporación de una perspectiva de género y eliminar la discriminación contra la mujer. Indonesia hizo recomendaciones.

115.El Iraq alabó la voluntad de Francia de proteger y promover los derechos humanos y mejorar la situación en lo tocante a las libertades fundamentales. Se congratuló, en especial, de los esfuerzos por promover la igualdad de género y los derechos de la mujer y proporcionar servicios sociales. El Iraq formuló una recomendación.

116.Irlanda elogió a Francia por las medidas tomadas para mejorar los derechos de la mujer. Aplaudió también la redacción de un Plan Nacional de lucha contra el racismo y el antisemitismo, pero manifestó su preocupación por las pautas actuales de discriminación de hecho de las minorías. Irlanda hizo recomendaciones.

117.La República Islámica del Irán señaló a la atención las preocupaciones expresadas por los órganos de tratados y mecanismos de derechos humanos a causa de las violaciones cometidas por el Gobierno de Francia, en especial en el ámbito de la prostitución infantil y de la utilización de niños en la pornografía, y de la discriminación creciente de los musulmanes y romaníes. Formuló recomendaciones.

118.El jefe de la delegación francesa puso de relieve que el derecho de asilo era uno de los derechos fundamentales. El Gobierno francés tenía la voluntad de respetar plenamente ese derecho, que era un blasón de honor para él y una referencia de libertad. Durante 2012, se registraron en Francia más de 60.000 solicitudes de asilo. Estas cifras no solo ilustraban la importancia de ese derecho en Francia sino que explicaban también las dificultades a que hacía frente actualmente el país. Se reformaría la política de asilo en torno a tres ejes: fortalecer la capacidad de alojamiento, mejorar los plazos de examen y revisar los procedimientos. Esa reforma se llevaría a cabo con sentido de la responsabilidad, aplicando criterios humanitarios, respetando los derechos e integrando todos los elementos en el marco del derecho comunitario de asilo.

119.A modo de conclusión, el jefe de la delegación francesa recordó que el combate por los derechos humanos debía lanzarse simultáneamente desde todos los frentes, que nunca se podía dar por ganado y que Francia era consciente de la distancia que separaba a su ambición de la realidad. Tras hacer votos por que el debate del período de sesiones hubiera permitido disipar los malentendidos sobre la visión de Francia, subrayó que su país acogía el diálogo, la crítica e incluso la discusión, como un motor de progreso en la esfera de los derechos humanos.

II.Conclusiones y/o recomendaciones **

120. Francia examinará las recomendaciones que figuran a continuación y les dará respuesta a su debido tiempo, pero a más tardar en el 23º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, que se celebrará en junio de 2013:

120.1 Ratificar las demás convenciones internacionales de derechos humanos en las que no es parte, en especial la ICRMW(Burkina Faso);

120.2 Redoblar sus esfuerzos para firmar y ratificar los demás instrumentos de derechos humanos que se ha comprometido a firmar y ratificar (Camboya);

120.3 Estudiar la posibilidad de retirar su reserva al artículo 30 de la CRC, a tenor de los principios de la Constitución francesa, en especial tras la reforma de 2008 (Italia);

120.4 Retirar su reserva respecto del artículo 29 de la CRPD y entablar consultas con organizaciones de personas con discapacidad a fin de identificar las medidas necesarias para aplicar la Convención (Eslovaquia);

120.5 Retirar sus reservas al artículo 4 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD) y al artículo 27 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR) y tomar medidas inmediatas y positivas a fin de eliminar todas las formas de discriminación, xenofobia y estigmatización (Bahrein);

120.6 Examinar la posibilidad de ratificar la Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (Perú);

120.7 Aplicar las recomendaciones formuladas por varios órganos de tratados, en el ámbito de la nueva política de inmigración y, en especial, la solicitud de ratificación de la Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (Paraguay);

120.8 Ratificar la Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (Filipinas);

120.9 Ratificar la ICRMW a tenor de las recomendaciones de la CRC, la ICERD y el ICESCR (Sudán);

120.10 Contemplar la posibilidad de ratificar la Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (Trinidad y Tabago);

120.11 Replantearse la ratificación de la Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (Turquía);

120.12 Hacer un seguimiento de las repetidas solicitudes de ratificar la Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (Argelia);

120.13 Analizar la posibilidad de ratificar la Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (Argentina);

120.14 Adherirse a la Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (Belarús);

120.15 Seguir examinando la posibilidad de ratificar la Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, debido a su carácter universal y a su contenido específico, así como el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de 1989, sobre pueblos indígenas y tribales (Guatemala);

120.16 Ratificar la Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (Indonesia);

120.17 Plantearse la posibilidad de una pronta ratificación del tercer Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones (Eslovaquia);

120.18 Estudiar la posibilidad de firmar el tercer Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, que prevé un procedimiento para la presentación de comunicaciones (Bélgica);

120.19 Firmar y ratificar el tercer Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño (Irán (República Islámica del));

120.20 Estudiar la ratificación del Convenio Nº 169 de la OIT y del tercer Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño (Costa Rica);

120.21 Analizar la posibilidad de ratificar el Convenio Nº 189 de la OIT (Filipinas);

120.22 Ratificar la Convención de 1961 para reducir los casos de apatridia (Eslovaquia);

120.23Examinar la posibilidad de modificar la prohibición de que los estudiantes lleven símbolos religiosos en las escuelas, entre ellos el hiyab (Kuwait);

120.24 Plantearse la posibilidad de revisar la legislación que prohíbe a las personas llevar símbolos religiosos en las escuelas públicas (Malasia);

120.25 Emprender un estudio exhaustivo de las repercusiones de la prohibición de ocultar el rostro de las mujeres inmigrantes en los espacios públicos y sus consecuencias para el acceso de estas a esos servicios (Nueva Zelandia);

120.26Levantar la prohibición de llevar el hiyab y respetar el derecho de las musulmanas a expresar sus opiniones (Pakistán);

120.27 Revisar la Ley Nº 228/2004 a fin de garantizar la igualdad y la ausencia de discriminación y proteger los derechos humanos de todos los grupos, incluido el derecho a la educación (Sudán);

120.28No tratar la cuestión del hiyab para los musulmanes como si fuera un mero accesorio o un símbolo religioso sino más bien un mandamiento religioso de obligado cumplimiento que muchas musulmanas desean observar (Sudán);

120.29 Reconsiderar la prohibición tanto de que los estudiantes lleven símbolos religiosos ostensibles en las escuelas públicas como de ocultar completamente el rostro en los espacios públicos a fin de garantizar la expresión de la libertad de religión o de creencias (Tailandia);

120.30 Reforzar la supervisión del cumplimiento de la Ley de 15 de marzo de 2004 con objeto de no afectar negativamente a la educación de las niñas y adolescentes que profesan la religión musulmana, judía o sij y fomentar todas las medidas necesarias para promover la integración (Uruguay);

120.31Reconsiderar la Ley que prohíbe los símbolos religiosos conspicuos en las escuelas públicas y la Ley que veta el niqab en los lugares públicos a la luz de las obligaciones pertinentes de la legislación internacional en materia de derechos humanos (Egipto);

120.32 Tomar nuevas medidas para promover las leyes y normas pertinentes en materia de derechos humanos (Omán);

120.33 Redoblar los esfuerzos, dada la importancia de la figura del Defensor de los Derechos y la fusión de las anteriores instituciones independientes, para facilitarle todos los recursos y atribuciones necesarios a fin de ejercer sus funciones (Irlanda);

120.34 Continuar desarrollando el marco institucional en el ámbito de la promoción y protección de los derechos humanos (Jordania);

120.35 Seguir potenciando el marco nacional para la promoción y protección de los derechos humanos (Trinidad y Tabago);

120.36 Otorgar continuidad al fortalecimiento de las instituciones nacionales de derechos humanos (Nepal);

120.37 Establecer un Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres (República de Moldova);

120.38 Seguir reforzando el marco institucional y jurídico para combatir la discriminación (Rumania);

120.39 Crear mecanismos adecuados que permitan desarrollar la legislación y respaldar las políticas de prevención y protección de los niños en todos los ámbitos (Omán);

120.40 Consolidar el marco legislativo y los mecanismos institucionales a fin de erradicar todas las prácticas discriminatorias que impiden la igualdad de acceso al empleo a las personas que pertenecen a minorías étnicas, nacionales o religiosas (Ucrania);

120.41 Proseguir los esfuerzos para contribuir a la prevención de los crímenes de lesa humanidad, particularmente el genocidio, y luchar contra el negacionismo de hechos históricos del pasado (Armenia);

120.42 Mejorar sus políticas para proteger los derechos de la mujer (Namibia);

120.43 Adoptar y publicar, a más tardar en 2015, un plan para poner de relieve las medidas que el Gobierno tomará con miras a mejorar la igualdad de género en Francia, mediante, entre otras, la ejecución de leyes destinadas a combatir más eficazmente la discriminación (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte);

120.44 Perseverar en sus políticas dirigidas a mejorar el ejercicio de los derechos del niño (Jordania);

120.45 Mantener el enfoque transversal centrado en los derechos del niño, con objeto de desarrollar un marco estratégico nacional para la protección de la infancia (República de Moldova);

120.46 Apoyar el marco legislativo y los mecanismos institucionales a fin de combatir la discriminación en la esfera del empleo y facilitar el acceso a servicios sociales básicos para las minorías y los migrantes (Libia);

120.47 Buscar una metodología adecuada para la recopilación de datos que permita hallar una respuesta apropiada a los problemas de los grupos vulnerables (Paraguay);

120.48 Reexaminar la recomendación formulada a raíz del primer ciclo del EPU relativa a la recogida de datos estadísticos, basada en los conceptos de origen étnico o identidad y de conformidad con las condiciones de confidencialidad y objetividad, como se indicó en el dictamen de 1 de abril de 2010 del Consejo de Estado de Francia (Tailandia);

120.49 Potenciar el entendimiento, la tolerancia y la amistad entre las naciones y los grupos raciales y étnicos (Ucrania);

120.50 Intensificar sus esfuerzos para promover la protección de los derechos de los grupos vulnerables y de las personas con discapacidad y, en especial, de las mujeres y niños y acelerar la adhesión al Protocolo Facultativo del ICESCR (Iraq);

120.51 Prevenir cualquier iniciativa contraria a la Observación general Nº 34 del Comité de Derechos Humanos (Turquía);

120.52 Incrementar su asistencia oficial para el desarrollo con miras a alcanzar el objetivo de las Naciones Unidas del 0,7% del PIB (Namibia);

120.53 Perseverar en los esfuerzos para adecuarse a la meta internacional del 0,7% del PIB dedicada a la asistencia oficial para el desarrollo (Túnez);

120.54 Agilizar sus esfuerzos para elevar su AOD con miras a cumplir el compromiso internacional del 0,7 % del PIB (Bangladesh);

120.55 Organizar visitas al país de los Relatores Especiales sobre las formas contemporáneas de racismo, los derechos de los migrantes y la tortura (Belarús);

120.56 Continuar con las iniciativas destinadas a potenciar la equidad y la igualdad entre hombres y mujeres en la administración pública, en especial mediante la creación del Alto Consejo de Estado para la Igualdad y promover medidas y disposiciones legislativas con miras a la integración social de los trabajadores migrantes (Estado de Palestina);

120.57 Proseguir sus esfuerzos para fomentar la igualdad entre hombres y mujeres (Paraguay);

120.58 Llevar a cabo un estudio sistemático del impacto de todas las medidas (leyes y decretos) relativas a los derechos de la mujer (República de Moldova);

120.59 Fomentar la igualdad de género en el lugar de trabajo, en particular en lo tocante al nivel ejecutivo y a la posibilidad de que las mujeres alcancen puestos de gestión, tanto en la empresa pública como en el sector privado y la igualdad de remuneración para hombres y mujeres (Países Bajos);

120.60 Perseverar en los esfuerzos para combatir la desigualdad de género en el lugar de trabajo y aplicar medidas a fin de incrementar la representación de las mujeres en altos cargos y puestos de gestión en el gobierno y otros sectores (Sri Lanka);

120.61 Tomar todas las disposiciones necesarias con miras a promover y facilitar la promoción profesional de las mujeres para ocupar puestos de alta responsabilidad (Canadá);

120.62 Seguir adoptando medidas para eliminar la discriminación racial y étnica (Japón);

120.63 Proseguir sus esfuerzos para combatir el racismo contra los extranjeros (Kuwait);

120.64 Tomar medidas más efectivas a fin de luchar contra el racismo, la discriminación racial y la xenofobia que afectan a los grupos minoritarios en el país y, en especial, los prejuicios contra los musulmanes (Malasia);

120.65 Adoptar disposiciones encaminadas a elaborar datos adecuados para combatir más eficazmente la discriminación y la violencia contra las minorías (Noruega);

120.66 Continuar potenciando la integración de los pueblos indígenas y de las comunidades de migrantes concediéndoles más derechos y luchando contra la discriminación y el racismo (Omán);

120.67 Seguir reforzando sus políticas y medidas con miras a combatir el racismo y la discriminación, en especial para los romaníes y otras minorías (Namibia);

120.68 Proseguir los esfuerzos destinados a prevenir y luchar contra todas las formas de discriminación racial y de xenofobia y seguir aportando un pleno apoyo a la aplicación del Plan Nacional de lucha contra el racismo 2012-2014 (Qatar);

120.69 Intensificar sus iniciativas para combatir las manifestaciones y acciones racistas, antisemitas y extremistas (Federación de Rusia);

120.70 A tenor del artículo 1 de la Constitución francesa, tomar nuevas medidas para luchar contra la discriminación racial, la xenofobia y otras formas de intolerancia y afrontar aspectos conexos como el acceso a la educación, el empleo, la vivienda y la salud de los miembros de los grupos minoritarios (Sri Lanka);

120.71 Incorporar al plan de estudios de la escuela el material idóneo para combatir los prejuicios negativos contra los sectores de origen migrante de la sociedad francesa, a fin de complementar el Plan Nacional de lucha contra el racismo y el antisemitismo (Timor-Leste);

120.72 Intensificar sus esfuerzos para combatir la discriminación y la intolerancia, en particular contra los musulmanes, los inmigrantes y los afrodescendientes y alentar a los altos funcionarios y políticos del Gobierno a adoptar una postura inequívoca contra los discursos políticos racistas o xenófobos (Túnez);

120.73 Usar todos los medios posibles y, entre ellos Internet, para luchar contra el auge del racismo y la xenofobia (Uruguay);

120.74 Adoptar medidas efectivas a fin de prevenir todas las formas de discriminación, racismo y xenofobia (Uzbekistán);

120.75 Proseguir la aplicación del Plan Nacional de lucha contra el racismo y el antisemitismo (Angola);

120.76 Continuar con las medidas para combatir la discriminación y la intolerancia que padecen las minorías raciales y étnicas, en especial las destinadas a erradicar la difusión de estereotipos que puedan promover la discriminación de los migrantes y las manifestaciones xenófobas dirigidas contra ellos (Argentina);

120.77 Reforzar el marco legislativo y los mecanismos institucionales para eliminar todas las prácticas y medidas discriminatorias basadas en la raza, el color, la religión, el origen u otras consideraciones (Bangladesh);

120.78 Seguir proporcionando una mejor protección a los derechos de todos los ciudadanos, mediante la aplicación del Plan Nacional de lucha contra la discriminación, que refleje la firme voluntad del Gobierno de combatir todas las formas de discriminación en razón del origen, de conformidad con sus obligaciones internacionales (Camboya);

120.79 Aplicar efectivamente las medidas represivas previstas en el Plan Nacional de lucha contra el racismo y el antisemitismo (2012-2014), teniendo en cuenta el auge de ese fenómeno, propio de otras épocas (Chad);

120.80 Consolidar la lucha contra la xenofobia y la islamofobia (Chad);

120.81 Tomar medidas efectivas en el ámbito de la legislación y del cumplimiento de la ley, a fin de combatir el racismo, la xenofobia y la discriminación de los grupos minoritarios, con objeto de garantizar todos los derechos humanos de las minorías, aplicando varias fórmulas de coexistencia étnica armoniosa y desarrollo común (China);

120.82 Proseguir los esfuerzos para eliminar todas las formas de discriminación basadas en la raza, la lengua, la religión, la nacionalidad, el origen étnico, etc., y velar por reprimir el discurso xenófobo y racista de ciertos medios de difusión (Costa Rica);

120.83 Redoblar los esfuerzos para eliminar todas las formas de discriminación racial y xenofobia, en especial de las modalidades que constituyen una violación de los derechos humanos de las minorías (Cuba);

120.84 Asignar los recursos necesarios para la aplicación del Plan Nacional de lucha contra el racismo y el antisemitismo (Grecia);

120.85 Brindar una respuesta clara y coherente que permita rechazar todo discurso político discriminatorio, con miras a promover la comprensión, la tolerancia y la amistad entre las naciones y los grupos raciales, religiosos y étnicos (Indonesia);

120.86 Adoptar disposiciones jurídicas para aliviar las dificultades con que tropiezan los miembros de los grupos minoritarios y, entre ellos, los musulmanes, los romaníes y los africanos, así como para el disfrute de sus derechos económicos, sociales y culturales (Irán (República Islámica del));

120.87 Tomar nuevas medidas legislativas con miras a combatir los actos y manifestaciones racistas, xenófobos e islamófobos, en particular contra los símbolos sagrados musulmanes, incluidos los actos y manifestaciones en el ámbito político y en los medios de difusión (Irán (República Islámica del));

120.88 No cejar en los esfuerzos para luchar contra la discriminación en el empleo (Perú);

120.89 Velar por que en un futuro próximo se haga realidad el objetivo de igualdad entre hombres y mujeres en el lugar de trabajo (Burundi);

120.90 Adoptar todas las medidas necesarias para prevenir la discriminación al contratar a personas de la población activa, habida cuenta de las limitaciones que pesan sobre el empleo de miembros de las minorías (Canadá);

120.91 Reforzar el marco legislativo y los mecanismos institucionales con miras a excluir todas las prácticas discriminatorias que impiden la igualdad en el acceso al empleo de las personas que pertenecen a minorías étnicas, nacionales o religiosas (Polonia);

120.92 Fortalecer su marco legislativo y los mecanismos institucionales pertinentes con objeto de erradicar todas las prácticas discriminatorias que impiden la igualdad de acceso al empleo de las personas que pertenecen a minorías étnicas, nacionales o religiosas (Irlanda);

120.93 Velar por que se investiguen rápidamente todas las denuncias graves de malos tratos a través de procedimientos independientes (Nueva Zelandia);

120.94 Investigar los casos de uso desproporcionado de la fuerza por parte de la policía durante las detenciones, la custodia policial y el interrogatorio de los sospechosos, en especial de los migrantes (Federación de Rusia);

120.95 Tomar las medidas necesarias a fin de garantizar la pronta investigación de las denuncias de maltrato por parte de las fuerzas de seguridad en los centros de detención, a través de un procedimiento transparente e independiente, en particular si afectan a grupos especialmente vulnerables como los menores de edad (España);

120.96 Garantizar que todas las denuncias de actos violentos cometidos por las fuerzas de seguridad o el personal penitenciario sean objeto de una investigación pronta, independiente y efectiva para evitar la impunidad (Suiza);

120.97 Adoptar todas las disposiciones necesarias a fin de impedir y evitar un trato ilegal por parte de las autoridades encargadas de velar por el cumplimiento de la ley (Uzbekistán);

120.98 Prohibir explícitamente la utilización de perfiles raciales al realizar controles de identidad (México);

120.99 Tomar medidas para impedir el uso de perfiles étnicos por parte de las fuerzas del orden y las empresas privadas y garantizar recursos efectivos a las víctimas (Pakistán);

120.100 Adoptar las disposiciones necesarias para poner fin a las malas prácticas por parte de los funcionarios de la policía, en particular los controles de identidad basados en los perfiles raciales de los musulmanes y las personas de ascendencia árabe o africana (Egipto);

120.101 Eliminar la práctica de aplicar perfiles étnicos, por ser ineficaz y contraproducente (India);

120.102 Plantearse la posibilidad de acabar con el uso de las pistolas de descarga eléctrica y de los registros corporales invasivos en las prisiones (Noruega);

120.103 Prohibir la utilización de dispositivos dañinos como los aparatos de ultrasonidos, las balas de goma y las pistolas de descarga eléctrica (India);

120.104 Tomar las medidas necesarias para garantizar que todos los detenidos disfruten de igualdad de condiciones en lo tocante al acceso a un abogado desde el inicio de su detención, independientemente de la naturaleza del presunto delito (México);

120.105 Adaptar las prisiones francesas a las normas internacionales (Países Bajos);

120.106 Seguir reforzando la normativa de las instalaciones penitenciarias a fin de garantizar plenamente los derechos y condiciones de los detenidos (República de Corea);

120.107 Hacer mayor uso de las medidas alternativas a la prisión y las sanciones (Togo);

120.108 Continuar aplicando medidas alternativas a la reclusión con miras a disminuir el hacinamiento carcelario (Austria);

120.109 Elaborar y publicar un plan de acción nacional para mejorar las condiciones carcelarias y afrontar el hacinamiento en las prisiones, con un mayor hincapié en la rehabilitación (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte);

120.110 Asignar más recursos a fin de mejorar las condiciones en las prisiones de todo el país y en los territorios franceses de ultramar y proporcionar una formación adicional al personal penitenciario (Estados Unidos de América);

120.111 Esforzarse por mejorar las condiciones de detención, en particular por lo que hace a las elevadas tasas de suicidio y al número de personas con problemas de salud mental en las prisiones (Argelia);

120.112 Aplicar disposiciones para mejorar las condiciones en las prisiones francesas, entre las que debe figurar la asignación de un mayor volumen de recursos a la rehabilitación de los detenidos, la mejora del acceso de los reclusos al tratamiento médico y la adopción de medidas preventivas a fin de reducir las tasas de suicidio (Australia);

120.113 Tomar nuevas disposiciones en el mismo sentido que las anteriores para la reintegración de los infractores juveniles (Grecia);

120.114 Continuar la ejecución del Plan de Acción Nacional sobre "Mujeres, Paz y Seguridad", en el contexto de la aplicación de la resolución 1325 del Consejo de Seguridad relativa a la protección de las mujeres contra la violencia durante los conflictos y después de ellos, así como la simplificación de los procedimientos de naturalización y su integración en la sociedad (Angola);

120.115 Combatir la violencia doméstica contra las mujeres y los niños (Federación de Rusia);

120.116 Adoptar todas las disposiciones jurídicas necesarias para prohibir explícitamente el castigo corporal de los niños en todos los entornos, entre ellos el familiar, el escolar y el institucional (Uruguay);

120.117 Aprobar leyes que prohíban explícitamente todos los tipos de castigo corporal de los niños, como lo recomendó el Comité de los Derechos del Niño (Finlandia);

120.118 Estudiar la posibilidad de adoptar disposiciones que prohíban explícitamente el castigo corporal de los niños (Polonia);

120.119 Aplicar las recomendaciones de la CRC mediante la adopción de un plan nacional para luchar contra la trata de mujeres y niños (Libia);

120.120 Contemplar la posibilidad de adoptar un plan nacional para luchar contra la trata de personas en el contexto de las medidas tomadas para promover y proteger los derechos de las mujeres y los niños (Perú);

120.121 Elaborar un plan nacional para luchar contra la trata de personas y de mujeres y niños (España);

120.122 Diseñar y aplicar un plan nacional contra la trata de personas que prevea un órgano nacional de coordinación (Suiza);

120.123 Desarrollar una estrategia nacional a fin de combatir la trata de mujeres y niños y prohibir y tipificar como delito la explotación y la prostitución infantil (Bahrein);

120.124 Adoptar un plan nacional para luchar contra la trata de personas (Bélgica);

120.125 Facilitar una actualización de los datos en el examen de mitad de período sobre las medidas específicas implantadas para combatir la trata de niños y la prostitución infantil (Hungría);

120.126 Tomar medidas exhaustivas con miras a luchar contra la pedofilia y el aumento de la prostitución infantil (Belarús);

120.127 Crear estructuras destinadas a prestar una asistencia y una protección sistemáticas a todos los menores de edad en situación de prostitución (Bélgica);

120.128 No cejar en los esfuerzos para garantizar una mayor protección frente a la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (Chile);

120.129 Intensificar los esfuerzos para prevenir y combatir todas las formas de malos tratos a los niños, adoptar medidas preventivas y facilitarles protección y servicios para su recuperación (Irán (República Islámica del));

120.130 Adoptar medidas adicionales destinadas a la protección de la institución familiar y a eliminar la propaganda estatal sobre las relaciones entre parejas homosexuales. Poner en conocimiento del público el tema de la adopción de niños por parejas homosexuales (Belarús);

120.131 Velar por la inscripción en el registro de todos los niños de la Guyana Francesa (Brasil);

120.132 Redoblar los esfuerzos para promulgar medidas legislativas que impidan la incitación al odio religioso y racial (Libia);

120.133 Tomar medidas para prohibir la difusión de mensajes de odio y los actos racistas y xenófobos y su manifestación (Pakistán);

120.134 Prestar mayor atención a la negación de la intolerancia religiosa y la xenofobia (Senegal);

120.135 Cumplir efectivamente su obligación de garantizar la libertad de religión, con arreglo al ICCPR (Uzbekistán);

120.136 Retirar la interpretación depositada por Francia respecto del artículo 4 de la ICERD e incorporar al plan nacional actualizado medidas de rendición de cuentas en relación con la lucha contra la incitación al odio religioso y étnico y los mensajes conexos, con especial hincapié en las elecciones y los medios de comunicación (Egipto);

120.137 Proseguir los esfuerzos para salvaguardar el bienestar de todos los segmentos de la sociedad y la protección de sus derechos (Nepal);

120.138 Tomar medidas efectivas para garantizar los derechos económicos y sociales de la población, reducir la tasa de desempleo femenino y mejorar las condiciones de vida de los pobres (China);

120.139 Adoptar medidas efectivas a fin de seguir consolidando la aplicación del marco jurídico para combatir la precariedad de las viviendas individuales y familiares de las personas que residen en alojamientos deficientes caracterizados por su inseguridad e insalubridad (Irán (República Islámica del));

120.140 Velar por que los manuales escolares no contengan elementos que pongan en peligro la objetividad y la libertad de la investigación histórica, así como el respeto de los derechos y la dignidad de todos (Turquía);

120.141 Garantizar que en el sistema público de radiodifusión se incremente el tiempo asignado a los programas de lenguas regionales y se faciliten los recursos financieros y humanos suficientes para ese fin (Eslovenia);

120.142 Asociar a las organizaciones no gubernamentales a la tarea de protección de las lenguas en el seguimiento del EPU y en la preparación del próximo informe al respecto (Eslovenia);

120.143 Ratificar la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias del Consejo de Europa (Austria);

120.144 Luchar contra la tasa de desempleo de las personas con discapacidad, que sigue siendo tres veces más elevada que la media (Djibouti);

120.145 Proseguir los esfuerzos para combatir la discriminación de los romaníes (Austria);

120.146 Continuar respondiendo a las recomendaciones anteriores de varios relatores especiales, a fin de garantizar que sus políticas y prácticas en el ámbito del desmantelamiento de los asentamientos romaníes y de la expulsión de los migrantes romaníes se ajusten en todos los aspectos a la legislación europea e internacional en materia de derechos humanos (Japón);

120.147 Adoptar enfoques más ponderados de los temas relacionados con la expulsión de los romaníes de sus campamentos y redoblar los esfuerzos por integrarlos en la sociedad francesa (República de Corea);

120.148 Prestar una estrecha atención al problema de la violación de los derechos de los romaníes, a su situación social, asistencia médica y posibilidades de recibir una educación adecuada (Federación de Rusia);

120.149 Velar por que las expulsiones de campamentos romaníes no autorizados se lleven a cabo en estricto cumplimiento de la ley y por una mejor integración de los romaníes en la sociedad francesa, proporcionándoles oportunidades educativas y laborales (Estados Unidos de América);

120.150 Garantizar que todas sus políticas relativas a los romaníes se ajusten a lo dispuesto en la ICERD (Brasil);

120.151 Asegurarse de que todas las políticas relacionadas con los romaníes estén en consonancia con las disposiciones de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (Polonia);

120.152 Hacer realidad el proyecto de integración social de los romaníes (Burundi);

120.153 Utilizar todas las políticas apropiadas para garantizar la igualdad de acceso para todos al empleo, independientemente de su origen racial o religioso (Burundi);

120.154 Poner fin a la práctica de expulsiones forzosas de los miembros de la población romaní, mediante la modificación de las leyes vigentes y la promulgación de otras nuevas destinadas a proteger a este grupo vulnerable de este grupo vulnerable de esas medidas (Ecuador);

120.155 Analizar las políticas encaminadas a velar por que se respeten plenamente los derechos de los romaníes en los campamentos de migración, por que no se les designe ilegalmente para ser expulsados y por que las órdenes de expulsión se examinen a fondo caso por caso (Australia);

120.156 Tomar medidas inmediatas y efectivas para abordar los incidentes de discriminación padecidos por los romaníes (India);

120.157 Seguir potenciando y desarrollando políticas para fomentar la integración social de los migrantes (Kuwait);

120.158 Adoptar medidas a fin de reducir el nivel de desempleo entre los migrantes y facilitarles un apoyo con miras a su integración en el mercado de trabajo (Federación de Rusia);

120.159 Continuar fortaleciendo la protección de los derechos y la dignidad de los extranjeros sometidos a controles de identidad o a procedimientos de expulsión (Túnez);

120.160 Estudiar, en particular, el acceso de los grupos más desfavorecidos a los centros y servicios de salud, especialmente en el caso de los solicitantes de asilo y los migrantes (Chile);

120.161 Proseguir e intensificar los esfuerzos para promover el acceso de las personas de origen extranjero a la administración pública, sobre todo entre los más desfavorecidos (Djibouti);

120.162 Ratificar la Convención sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, mejorar las condiciones de detención de los migrantes y reducir el tiempo que pasan en los centros de detención, sancionar todos los actos de violencia contra los migrantes cometidos por cualquier ciudadano, funcionario judicial o miembros de las fuerzas del orden o autoridades gubernamentales para acabar con la impunidad (Ecuador);

120.163 Garantizar que no se ejecuten las decisiones de expulsión de los solicitantes de asilo, incluidos los afectados por un procedimiento prioritario, hasta que un juez competente no haya emitido un fallo al respecto (México);

120.164 Restringir la opción de detener a los migrantes y solicitantes de asilo, en particular si se trata de familias con hijos de corta edad (Noruega);

120.165 Prestar una atención especial a los niños migrantes no acompañados y adoptar medidas específicas para garantizarles una protección adecuada (Marruecos).

121. Todas las conclusiones y/o recomendaciones que figuran en el presente informe reflejan la posición del Estado o de los Estados que las presentaron y/o del Estado examinado. No debe interpretarse que han recibido el respaldo del Grupo de Trabajo en su conjunto.

Anexo

[Francés/inglés únicamente]

Composition of the delegation

The Delegation of France was headed by His Excellency, François Zimeray, Ambassador for Human Rights and composed of the following members:

S.E. M. Nicolas NIEMTCHINOW, Ambassadeur, Représentant permanent de la France auprès de l'Office des Nations Unies à Genève;

M. Jacques PELLET, Représentant permanent adjoint de la France auprès de l'Office des Nations Unies à Genève;

M. Régis GUYOT, Délégué interministériel à la lutte contre le racisme et l'antisémitisme, Délégation interministérielle à la lutte contre le racisme et l'antisémitisme;

M. Manuel DEMOUGEOT, Directeur de cabinet de la Délégation interministérielle à l'hébergement et à l'accès au logement (DIHAL);

M. Rodolphe JUY-BIRMANN, Chef du service des affaires juridiques et institutionnelles au sein de la Délégation générale à l'Outre-mer, ministère des Outre-mer;

Mme Gladys DUROUX, Rédactrice au sein du bureau du droit et du contentieux européen, international et institutionnel de la Direction des libertés publiques et des affaires juridiques (DLPAFJ), ministère de l'Intérieur;

M. Roger VRAND, Sous-directeur de la vie scolaire, des établissements et actions socio-éducatives, ministère de l'Éducation nationale;

Mme Frédérique DOUBLET, Cheffe du département du droit d'asile et de la protection au Secrétariat général à l'immigration et à l'intégration, ministère de l'Intérieur;

Mme Gaëlle SMIROU-DUMONT, Cheffe du bureau du droit et du contentieux européen, international et institutionnel de la DLPAJ, ministère de l'Intérieur;

Mme Karine GILBERG, Cheffe du bureau de l'expertise et des questions institutionnelles au Service des affaires européennes et internationales, ministère de la Justice;

Mme Anne REBEYROL, Cheffe de la mission "prévention des discriminations et égalité fille-garçon", ministère de l'Éducation nationale;

M. Pascal FROUDIERE - Direction générale des affaires sociales - Bureau des affaires européennes et internationales, ministère des Affaires sociales et de la Santé;

M. Raphaël TRAPP, Conseiller juridique, Mission permanente de la France auprès de l'Office des Nations Unies à Genève;

Mme Katerina DOYTCHINOV, Conseillère, Mission permanente de la France auprès de l'Office des Nations Unies à Genève;

Mme Sophie BUSSON, rédactrice à la Sous-direction des droits de l'homme et des affaires humanitaires, ministère des Affaires étrangères;

Mme Emeline LAURENS, chargée de mission auprès de l'Ambassadeur pour les droits de l'homme, ministère des Affaires étrangères;

Mme Marine PATELOU, Mission permanente de la France auprès de l'Office des Nations Unies à Genève.