Consejo de Derechos Humanos
28º período de sesiones
Tema 6 de la agenda
Examen Periódico Universal
Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal *
República Islámica del Irán
Índice
PárrafosPágina
Introducción1–43
I.Resumen de las deliberaciones del proceso de examen5–1373
A.Exposición del Estado examinado5–153
B.Diálogo interactivo y respuestas del Estado examinado16–1375
II.Conclusiones y/o recomendaciones138–13912
Anexo
Composition of the delegation31
Introducción
1.El Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, establecido de conformidad con la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos, de 18 de junio de 2007, celebró su 20º período de sesiones del 27 de octubre al 7 de noviembre de 2014. El examen de la República Islámica del Irán se llevó a cabo en la 9ª sesión, el 31 de octubre de 2014. La delegación de la República Islámica del Irán estuvo encabezada por Mohammad Javad Ardeshir Larijani, Secretario del Consejo Superior de Derechos Humanos y Asesor sobre Asuntos Internacionales del Presidente del Poder Judicial. En su 14ª sesión, celebrada el 4 de noviembre de 2014, el Grupo de Trabajo aprobó el informe sobre la República Islámica del Irán.
2.El 15 de enero de 2014, el Consejo de Derechos Humanos eligió al siguiente grupo de relatores (troika) para facilitar el examen de la República Islámica del Irán: Argentina, Filipinas y Rumania.
3.Con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 15 del anexo de la resolución 5/1 y el párrafo 5 del anexo de la resolución 16/21, para el examen de la República Islámica del Irán se publicaron los siguientes documentos:
a)Un informe nacional/exposición por escrito de conformidad con el párrafo 15 a) (A/HRC/WG.6/20/IRN/1);
b)Una recopilación preparada por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) de conformidad con el párrafo 15 b) (A/HRC/WG.6/20/IRN/2);
c)Un resumen preparado por el ACNUDH de conformidad con el párrafo 15 c) (A/HRC/WG.6/20/IRN/3).
4.Por conducto de la troika se transmitió a la República Islámica del Irán una lista de preguntas preparadas de antemano por Alemania, Bélgica, el Canadá, Eslovenia, España, los Estados Unidos de América, Finlandia, Liechtenstein, México, Noruega, los Países Bajos, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la República Checa y Suecia. Esas preguntas pueden consultarse en la extranet del examen periódico universal (EPU).
I.Resumen de las deliberaciones del proceso de examen
A.Exposición del Estado examinado
5.El jefe de la delegación señaló que la República Islámica del Irán reconocía el enorme valor del EPU como mecanismo de cooperación que examinaba la situación de los derechos humanos en todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas en igualdad de condiciones, de manera no selectiva. Era esencial respetar los diferentes valores, tradiciones y culturas y no imponer a los demás determinados estilos de vida. El jefe de la delegación reiteró la firme adhesión de su país a los principios de la universalidad multicultural en el ámbito de los derechos humanos.
6.En la elaboración del informe nacional habían participado activamente varios ministerios, las comisiones competentes de la Asamblea Consultiva Islámica y el poder judicial. También se habían celebrado consultas exhaustivas con representantes de la sociedad civil, cuyas observaciones habían recibido la debida consideración.
7.Desde el primer ciclo del EPU, la República Islámica del Irán no había dejado de trabajar por promover y proteger los derechos humanos, entre otras vías mediante el universalismo cultural. Había adoptado políticas fundamentales, aprobado nuevas leyes y reglamentos y establecido nuevos mecanismos. Se habían incorporado cursos sobre derechos humanos a los programas de educación pública y se había organizado capacitación sobre temas de derechos humanos para los jueces, el personal judicial, los trabajadores del sistema penitenciario, la Policía, las familias y los funcionarios.
8.Desde la Revolución Islámica de 1979, se habían celebrado 35 elecciones nacionales democráticas con el fin de fomentar la participación de los ciudadanos en la gestión de los asuntos públicos, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma o religión. Se habían brindado oportunidades para la promoción de las organizaciones no gubernamentales (ONG), los partidos políticos y las asociaciones.
9.Se habían fomentado los derechos económicos, sociales y culturales mediante el Plan General de Salud, el Plan de Atención Maternoinfantil, la Red Nacional de Salud y Medicamentos, el Sistema de Médicos de Familia y el Programa Nacional de Vacunación. Casi el 95% de la población rural tenía acceso a servicios de educación gratuitos.
10.A fin de proteger los derechos de los grupos vulnerables, se habían adoptado medidas como la aprobación de la Ley de Protección de la Familia de 2013, el establecimiento de la Vicepresidencia para Asuntos de la Mujer y la Familia, el Fondo para el Empleo para la Mujer y el Programa de Subvenciones para la Iniciativa Empresarial y el Empleo por Cuenta Propia de la Mujer. Además, se había reforzado la protección de la mujer contra la violencia y los malos tratos.
11.En el ámbito de los derechos del niño, el jefe de la delegación destacó el establecimiento del Centro de Coordinación Nacional para la Convención sobre los Derechos del Niño, en 2012, la creación del Estatuto Nacional del Niño y el Adolescente, la Ley de Protección de los Niños sin Tutor y la Ley de Protección de los Derechos de la Familia, en 2014, y la firma del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, en 2011.
12.El sistema judicial se basaba en los principios de la presunción de inocencia, la prohibición de toda clase de tortura, la transparencia de los tribunales, la imparcialidad de los jueces, la legalidad, la indemnización por las sentencias erróneas, la separación entre los delitos políticos y de prensa, por una parte, y los delitos comunes, por otra, en aras de las debidas garantías procesales, y la prohibición de las detenciones arbitrarias. Además, para garantizar la independencia del poder judicial también se ejercía una supervisión constante y regulada sobre los tribunales y otras organizaciones dependientes del poder judicial; se habían seguido reforzando los departamentos legales y judiciales; se habían establecido el Departamento de Prevención de Delitos, el Departamento Cultural, encargado de promover una cultura de respeto de la ley, y el Departamento de Tecnología de la Información y de las Comunicaciones, concebido para asegurar un acceso fácil y rápido a los órganos judiciales y permitir acceder a la justicia por Internet; se habían organizado nuevos cursos de capacitación especializados para los jueces; y se habían creado centros telefónicos de asistencia jurídica gratuita. El principio de las debidas garantías procesales, sin distinción por motivos de raza, religión, género, etnia y otras características, había sido reiterado en la Constitución, el Código de Procedimiento Penal y otras leyes.
13.La República Islámica del Irán insistía en que el nombramiento de un Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán constituía una decisión política, selectiva e injusta. Además, la imposición de sanciones y medidas coercitivas unilaterales impedía a los ciudadanos disfrutar plenamente de los derechos humanos y era incompatible con la letra y el espíritu de los instrumentos de derechos humanos.
14.La República Islámica del Irán, como víctima del terrorismo, renunciaba a todas las formas de violencia y solicitaba que se adoptasen más medidas internacionales concertadas para combatir todas las formas de terrorismo y extremismo. El país cooperaba estrechamente con los mecanismos de las Naciones Unidas y otros Estados en la campaña internacional contra las drogas. La lucha contra el tráfico de drogas se había cobrado la vida de casi 4.000 guardias fronterizos y miembros de las fuerzas de seguridad iraníes en los 34 últimos años.
15.La República Islámica del Irán había acogido a más de 4 millones de refugiados de los países vecinos.
B.Diálogo interactivo y respuestas del Estado examinado
16.En el diálogo interactivo formularon declaraciones 104 delegaciones. Las recomendaciones formuladas durante el diálogo figuran en la sección II del presente informe.
17.Sudáfrica encomió la promoción de los derechos socioeconómicos, en particular en los ámbitos de la educación y la salud.
18.España observó que se seguían imponiendo castigos crueles como la flagelación, las amputaciones y la lapidación.
19.Tailandia acogió con satisfacción los avances en la protección de los derechos de los grupos vulnerables, especialmente las mujeres y los niños.
20.Egipto celebró el establecimiento de la Vicepresidencia para Asuntos de la Mujer y la Familia.
21.El Sudán elogió los progresos logrados en las esferas de la educación y la protección de los derechos de la mujer y el niño.
22.Suecia acogió con satisfacción el compromiso del Presidente de reducir la censura de los medios de comunicación y promover un entorno menos orientado hacia la seguridad.
23.Suiza deploró el aumento del número de casos de pena de muerte y subrayó la responsabilidad del Gobierno de evitar las ejecuciones.
24.La República Árabe Siria advirtió que los exámenes de los derechos humanos no debían basarse en el enfrentamiento, la politización y la aplicación de dobles raseros.
25.Tayikistán elogió las medidas adoptadas para combatir el terrorismo y el tráfico de drogas.
26.Sri Lanka señaló que el recurso a sanciones unilaterales para imponer cambios de política entorpecía el disfrute de los derechos humanos.
27.La ex República Yugoslava de Macedonia instó a las autoridades iraníes a que pusieran en libertad, sin condiciones, a todos los presos políticos.
28.Túnez alentó a la República Islámica del Irán a que agilizara la redacción de la carta de derechos de los ciudadanos.
29.Turkmenistán elogió la mejora de la nutrición infantil y el aumento de los servicios de salud en las zonas rurales.
30.El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte expresó preocupación respecto de la pena de muerte, la discriminación contra los grupos religiosos minoritarios y las condiciones penitenciarias.
31.Los Estados Unidos de América manifestaron preocupación por el acoso a las minorías religiosas y la reclusión de periodistas.
32.El Uruguay preguntó si el Centro de Coordinación Nacional para la Convención sobre los Derechos del Niño tenía el cometido de armonizar la legislación con la Convención.
33.La República Bolivariana de Venezuela señaló que las sanciones unilaterales violaban los derechos fundamentales del pueblo iraní.
34.Viet Nam acogió con satisfacción la aprobación del Quinto Plan Nacional de Desarrollo y las políticas generales de salud y población.
35.El Yemen elogió la promulgación de diversas leyes destinadas a apoyar los derechos humanos.
36.Zimbabwe encomió la organización de cursos de capacitación en derechos humanos para funcionarios, miembros del poder judicial y agentes de las fuerzas del orden.
37.El Afganistán manifestó reconocimiento por la acogida de refugiados afganos en la República Islámica del Irán.
38.Argelia elogió la aprobación de la nueva Ley de Procedimiento Penal.
39.Angola aplaudió la promulgación de una ley para proteger a los niños y adolescentes carentes de cuidado parental o desatendidos.
40.La Argentina señaló que compartía la preocupación expresada en la resolución 25/24 del Consejo de Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán.
41.Armenia encomió los derechos culturales y religiosos de que gozaba la minoría armenia en el país.
42.Australia instó al país a que aplicara medidas para promover la libertad de expresión y la no discriminación.
43.Austria expresó preocupación por el aumento de las ejecuciones y las noticias de tortura, malos tratos y muertes de reclusos.
44.Bahrein manifestó preocupación por las noticias de restricciones severas de los derechos de las minorías religiosas y étnicas.
45.Bangladesh observó que era probable que el país lograse la mayoría de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
46.Belarús destacó la creación de instituciones nacionales para proteger los derechos de los más vulnerables.
47.Bélgica expresó preocupación por el aumento de las ejecuciones, incluidas las de niños.
48.Benin elogió la nueva Ley de Procedimiento Penal, que facilitaría el acceso a la justicia.
49.Bhután encomió las medidas adoptadas para promover los derechos de la mujer en lo relativo a la educación, la salud, el empleo y la pobreza.
50.El Estado Plurinacional de Bolivia alentó al Gobierno a que siguiera reforzando la protección de los derechos humanos.
51.Bosnia y Herzegovina expresó la esperanza de que el país desarrollara su sistema de protección de los derechos humanos.
52.El Brasil destacó los progresos conseguidos recientemente, en particular en cuanto a los derechos económicos y sociales.
53.Brunei Darussalam elogió las actividades llevadas a cabo por el país en su calidad de Presidente del Grupo del Movimiento de los Países No Alineados.
54.Burkina Faso destacó la creación de nuevos mecanismos de protección de los derechos humanos.
55.Burundi alentó al país a que siguiera luchando contra la trata de personas.
56.El Canadá manifestó profunda preocupación por que la República Islámica del Irán no hubiera aplicado las normas relativas a las garantías procesales antes de la ejecución de Reyhaneh Jabbari.
57.En relación con las libertades de pensamiento, religión, reunión y asociación, la delegación señaló que la República Islámica del Irán había expedido permisos a 230 partidos políticos, 400 asociaciones sindicales y profesionales, y 60 asociaciones de minorías religiosas. La organización de reuniones y concentraciones pacíficas se permitía en virtud del artículo 27 de la Constitución. En promedio, se organizaban 300 reuniones y concentraciones al año. Las minorías religiosas podían solicitar permisos para constituir asociaciones con diversas finalidades. Hasta la fecha, habían recibido permisos 53 asociaciones. Se habían expedido un total de 17.000 permisos en virtud de estatutos administrativos a ONG que trabajaban en diversas esferas.
58.El Presidente Rouhani había designado un Asistente Especial para los Grupos Étnicos y las Minorías Religiosas. Además, 335 miembros de las comunidades étnicas habían accedido a altos cargos a nivel estatal, provincial y local y habían sido nombrados ministros, viceministros, ministros adjuntos, gobernadores generales y gobernadores locales.
59.El Líder era elegido por la Asamblea de Expertos, mientras que los miembros de la Asamblea, el Presidente y los miembros del Parlamento y de los consejos de las ciudades y las aldeas eran elegidos por sufragio popular directo. La tasa media de participación en las elecciones era del 60%. En las elecciones presidenciales de junio de 2013 habían participado el 72,8% de los ciudadanos con derecho a voto. Todas las elecciones se llevaban a cabo de conformidad con el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
60.Desde la entrada en funciones del Gobierno de Hassan Rouhani se habían registrado notables avances en la promoción de la prensa. En el artículo 4 de la Ley de Prensa se establecía que ninguna autoridad gubernamental o no gubernamental tenía derecho a presionar a los medios de comunicación para que publicaran materiales o artículos determinados ni a censurar a la prensa o ejercer control sobre ella de ningún otro modo. La Ley garantizaba la libertad de expresión siempre y cuando los derechos de la población se protegieran contra los insultos, las acusaciones y otras transgresiones.
61.La Constitución preveía la participación de un jurado en los procedimientos de los tribunales de la prensa y los medios de comunicación. El artículo 10 de la Ley de Prensa encomendaba la supervisión de la prensa y las agencias y los sitios web de noticias a un órgano de siete miembros creado para impedir que el Gobierno ejerciera presión sobre la prensa. Había alrededor de 6.100 publicaciones registradas y existían 400 agencias y sitios web de noticias. Aproximadamente el 30% de las publicaciones se distribuían en las regiones fronterizas, y algunas de ellas se imprimían en idiomas locales.
62.El Código Penal Islámico de 2013 introducía muchas ideas innovadoras para garantizar los derechos de todos. Se había capacitado a personal femenino para llevar a cabo investigaciones e interrogatorios. Las ONG podían participar en las audiencias y había abogados presentes en todas las fases de la instrucción y las audiencias. Se exigía a los jueces que tuvieran plenamente en cuenta los argumentos de las abogadas defensoras. Se había promulgado la Ley de Protección de la Familia.
63.En la República Islámica del Irán nadie era detenido y privado de libertad por motivo de sus opiniones y creencias. Cuando se procedía a detener a alguien, la persona detenida era sometida a un juicio imparcial en presencia de un abogado defensor, y en muchos casos se acababa desestimando los cargos que se le imputaban. Atendiendo a los datos estadísticos, las tasas de condena eran bastante bajas en comparación con las de muchos otros países, y los acusados recibían un mejor trato.
64.Con respecto a las minorías religiosas, la delegación señaló que los iraníes de todas las minorías religiosas y sociales gozaban del derecho a profesar y practicar su cultura y religión y a hablar su idioma. Si bien las minorías religiosas, en conjunto, constituían menos del 0,2% de la población, estaban representadas por cinco parlamentarios, que ocupaban escaños reservados para las minorías. Se concedían subvenciones con cargo al presupuesto anual a las asociaciones de minorías religiosas para promover sus creencias y tradiciones.
65.De conformidad con el artículo 13 de la Constitución, los miembros de todas las minorías gozaban de libertad para practicar su religión y sus tradiciones, recibir educación en su idioma, publicar libros y periódicos y ejercer otras libertades civiles.
66.La Constitución disponía la igualdad de oportunidades para los hombres y las mujeres en el empleo y la administración de la gestión pública del Estado. La Ley de los Derechos y Responsabilidades de la Mujer y la Ley de Protección de la Familia preveían la promoción y la protección de los derechos de la mujer. En el artículo 230 del Quinto Plan de Desarrollo Económico se preveía la creación de un plan global para la promoción de los asuntos de la familia y la mujer.
67.Se había ampliado la licencia de maternidad a nueve meses. El matrimonio forzado se castigaba con penas de prisión y se consideraba jurídicamente nulo y sin efecto. Se había presentado al Parlamento un proyecto de ley de protección de la mujer contra la violencia, cuyo objetivo era reducir los casos esporádicos de violencia contra la mujer. Al mismo efecto se estaba capacitando a mujeres policías y consultoras especializadas.
68.Entre los miembros del Parlamento había nueve mujeres, y se había registrado un notable aumento de la tasa de candidaturas femeninas.
69.El Chad condenó las sanciones económicas impuestas al país, que necesitaba la asistencia de la comunidad internacional.
70.Chile expresó preocupación por la falta de protección y promoción adecuadas de algunos derechos humanos.
71.China instó a la comunidad internacional a que examinara objetivamente la situación de los derechos humanos en el país.
72.Costa Rica manifestó preocupación por la imposición de la pena de muerte a menores de edad.
73.Cuba destacó los progresos logrados por el país en ámbitos como la salud y la educación.
74.Chipre alentó al Gobierno a que velara por el funcionamiento adecuado de los mecanismos de supervisión y denuncia de las violaciones de los derechos del niño.
75.La República Checa agradeció a la delegación sus informativas intervenciones.
76.La República Popular Democrática de Corea encomió los logros relativos a los derechos económicos, sociales y culturales.
77.Dinamarca expresó preocupación por las noticias de amenazas y discriminación a las minorías, en particular la comunidad bahaí.
78.Djibouti acogió con satisfacción los provechosos diálogos entre el ACNUDH y la República Islámica del Irán.
79.El Estado de Palestina destacó las medidas adoptadas para luchar contra la pobreza, pero lamentó la deficiente cobertura de seguro médico.
80.Eritrea se refirió a los problemas existentes, como las sanciones económicas que repercutían en el bienestar y los derechos económicos de los ciudadanos.
81.Estonia alentó a la República Islámica del Irán a que cooperara con los mecanismos de los procedimientos especiales e instó al país a que velara por la protección de los defensores de los derechos humanos en el país.
82.Etiopía destacó la labor de promoción y protección de los grupos religiosos minoritarios, por ejemplo mediante su participación en la adopción de decisiones.
83.Finlandia lamentó que no se hubiera vuelto a juzgar el caso de Reyhaneh Jabbari y condenó su ejecución.
84.Francia expresó preocupación por el sistema de justicia y, en particular, por el recurso a la pena de muerte.
85.Alemania preguntó por la labor de prevención del matrimonio precoz y el matrimonio forzado, así como por los avances en relación con la carta de derechos de los ciudadanos.
86.Ghana tomó nota del establecimiento del centro de coordinación para la Convención sobre los Derechos del Niño y de la legislación destinada a proteger los derechos del niño.
87.Grecia solicitó información sobre la carta de derechos de los ciudadanos y expresó preocupación por la situación de los derechos de la mujer.
88.Guatemala destacó la adopción de instrumentos nacionales de derechos humanos, y manifestó preocupación por la definición constitucional de la discriminación racial.
89.Hungría observó con preocupación la falta de mejoras para las minorías religiosas y étnicas.
90.Islandia se refirió al frecuente recurso a la pena de muerte y, en particular, a su aplicación a los niños.
91.La India acogió con satisfacción la reforma legislativa y los mecanismos destinados a proteger a las personas vulnerables, así como la cooperación con los mecanismos internacionales.
92.Indonesia reconoció la adhesión del país a los derechos humanos y opinó que podía avanzarse más en ese sentido.
93.El Iraq encomió la aprobación del Reglamento sobre los Métodos de Supervisión de los Centros de Detención Policial.
94.Irlanda expresó preocupación por la situación de las minorías religiosas y por el empleo de la pena de muerte.
95.Israel lamentó los castigos corporales infligidos a los niños, la violencia de género y la promoción de prácticas matrimoniales nocivas.
96.Italia destacó la adhesión del país al proceso del EPU.
97.El Japón destacó la adhesión de la República Islámica del Irán a los derechos humanos, la participación de la mujer en la sociedad y la libertad de expresión.
98.Kazajstán reconoció las medidas adoptadas en relación con los derechos de las mujeres y los niños, y pidió que se reforzara la cooperación con los instrumentos internacionales.
99.Kuwait acogió con satisfacción las medidas adoptadas en beneficio de las personas con discapacidad.
100.La República Democrática Popular Lao destacó los esfuerzos realizados para proteger a los grupos vulnerables y erradicar la pobreza.
101.Letonia expresó preocupación por que no se hubiera invitado a ningún procedimiento especial a visitar el país recientemente.
102.El Líbano encomió la adopción de medidas para proteger los derechos de las mujeres, los niños y las personas con discapacidad.
103.Lituania aplaudió la carta de derechos de los ciudadanos, pero expresó preocupación por las violaciones sistemáticas de los derechos humanos.
104.Luxemburgo se refirió al alarmante empleo de la pena capital y a las violaciones de los derechos de las minorías religiosas.
105.Malasia encomió los avances relativos a la legislación y las políticas nacionales, y pidió que se trabajara para establecer una institución nacional de derechos humanos.
106.Malí acogió con satisfacción las medidas adoptadas para poner en práctica las recomendaciones aceptadas en el anterior examen, así como los logros económicos y sociales.
107.Mauritania encomió la elaboración de un plan integral de promoción de la mujer y la familia.
108.Montenegro destacó la reforma legislativa, la mejora de la situación de las personas con discapacidad y la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.
109.Myanmar destacó el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio antes de 2015.
110.Los Países Bajos manifestaron su firme oposición a la pena de muerte y señalaron la falta de avances significativos.
111.Nueva Zelandia celebró la participación del país en el proceso del EPU y la cooperación sobre las preocupaciones comunes.
112.Nicaragua destacó la reforma legislativa y el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, y alertó contra la politización del proceso del EPU.
113.El Níger destacó la legislación sobre la protección de la mujer, la promoción de la igualdad y la prestación de servicios sociales, y pidió la cooperación internacional.
114.Nigeria elogió las medidas en curso para mejorar los derechos del niño, el acceso a la salud y la administración de justicia.
115.Noruega manifestó preocupación por la pena capital, la libertad de expresión y la discriminación contra las minorías religiosas.
116.Omán encomió la incorporación de los Objetivos de Desarrollo del Milenio a los planes de desarrollo y el refuerzo del papel de la mujer en la sociedad.
117.El Pakistán elogió los avances relativos a los órganos judiciales, las políticas sociales y la legislación sobre los procedimientos penales y la protección de la infancia.
118.El Paraguay acogió con satisfacción la firma del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, destacó los instrumentos nacionales y se refirió a la necesidad de proteger los derechos de la mujer.
119.El Perú destacó las nuevas políticas y solicitó información sobre los criterios para el reconocimiento de las minorías religiosas.
120.Polonia pidió la cooperación del país con los instrumentos internacionales y manifestó preocupación por las ejecuciones y la discriminación contra los grupos vulnerables.
121.Portugal acogió con satisfacción los avances para el establecimiento de una institución nacional de derechos humanos y lamentó la discriminación de género, la violencia doméstica y la pena capital.
122.Qatar encomió la inclusión de los derechos humanos en los planes de estudios de las escuelas y la organización de cursos de capacitación en derechos humanos para funcionarios.
123.La República de Corea acogió con satisfacción la elaboración del proyecto de carta de derechos de los ciudadanos y los avances legislativos.
124.Rumania destacó la actualización de la legislación y solicitó información sobre las consultas internas acerca de la carta de derechos de los ciudadanos.
125.La Federación de Rusia se refirió a las nuevas leyes de protección de la infancia y a las medidas destinadas a proteger a la familia.
126.El Senegal destacó los importantes avances políticos, judiciales y legislativos, así como los progresos logrados en la esfera de los derechos del niño y de la mujer.
127.Sierra Leona encomió el Plan Quinquenal de Desarrollo y pidió que se aboliera la pena de muerte.
128.Singapur destacó la aprobación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, así como de legislación nacional, y alentó al país a que mantuviera la cooperación internacional.
129.Eslovaquia pidió que se avanzara en las esferas de los derechos de la mujer, la libertad de los medios de comunicación y el acceso a la información.
130.Eslovenia celebró el nombramiento de mujeres para ocupar altos cargos, pero expresó preocupación por la trata de mujeres.
131.Uzbekistán encomió las medidas legislativas e institucionales de reforma del sistema de enjuiciamiento penal.
132.México acogió con satisfacción la carta de derechos de los ciudadanos, la legislación sobre la nacionalidad y los avances en el ámbito de los derechos de la mujer.
133.El jefe de la delegación iraní indicó que la República Islámica del Irán consideraría seriamente todas las recomendaciones y presentaría una respuesta por escrito a los Estados que habían formulado preguntas concretas.
134.Con respecto a la reciente ejecución de Reyhaneh Jabbari, el jefe de la delegación señaló que la acusada había sido imputada por homicidio premeditado, punible con pena de muerte, tras aproximadamente siete años de actuaciones judiciales a todos los niveles, durante las cuales había sido defendida por un abogado. Con arreglo al sistema del qisas, en virtud del derecho penal islámico, los parientes más cercanos de la víctima decidían si la pena de muerte debía ejecutarse. Las autoridades judiciales habían tratado insistentemente de persuadir al hijo de la víctima para que perdonara a la condenada, pero este se había negado, debido en gran medida a la propaganda de los medios de comunicación, que habían acusado a su padre de violación violenta aun cuando los tribunales no habían corroborado la alegación de la defensa.
135.En cuanto a la homosexualidad, el jefe de la delegación indicó que esta había sido motivo de enjuiciamiento en la mayoría de los países occidentales en un pasado no tan lejano.
136.Las minorías, incluidos los bahaíes, gozaban de una completa gama de oportunidades y privilegios previstos en una serie de contratos de ciudadanía. Resultaba paradójico que ciertos Estados estuvieran perfectamente dispuestos a privar a toda la nación iraní de distintos derechos fundamentales mediante la imposición de sanciones injustificadas y discriminatorias y, a la vez, manifestaran profunda preocupación por la situación de los ciudadanos bahaíes.
137.El jefe de la delegación reiteró su objeción a la imposición de determinados estilos de vida bajo el estandarte de los derechos humanos. El EPU debía basarse en la imparcialidad y el respeto del multiculturalismo.
II.Conclusiones y/o recomendaciones **
138. La República Islámica del Irán examinará las recomendaciones que figuran a continuación y les dará respuesta a su debido tiempo, pero a más tardar en el 28ºperíodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, que se celebrará en marzo de 2015:
138.1 Ratificar las convenciones en las que aún no es parte (Níger);
138.2 Adherirse al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte (ICCPR‑OP2) (Benin); ratificar el ICCPR-OP 2 (Portugal);
138.3 Adherirse a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) (República Checa);
138.4 Ratificar la CEDAW y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT) (ex República Yugoslava de Macedonia);
138.5 Seguir trabajando para fortalecer el marco jurídico, entre otras vías cumpliendo su compromiso de ratificar la CEDAW y la CAT (Indonesia);
138.6 Considerar la posibilidad de ratificar la CEDAW, la CAT, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (ICRMW), el ICCPR-OP 2 y la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (ICPPED) (Sierra Leona);
138.7 Considerar la posibilidad de ratificar la CEDAW, su Protocolo Facultativo y la ICRMW (Burkina Faso);
138.8 Considerar la posibilidad de ratificar la CEDAW, la ICRMW, la CAT y la ICPPED, o adherirse a ellas (Perú);
138.9 Ratificar la CEDAW y derogar todas las leyes que permitan la discriminación de género (Islandia);
138.10 Ratificar la CEDAW, la CAT y su Protocolo Facultativo (OP-CAT) (Estonia);
138.11 Ratificar la CEDAW (Uruguay) (Ghana) (Polonia);
138.12 Intensificar los esfuerzos por asegurar la igualdad de trato a las mujeres y las niñas, en particular mediante la ratificación de la CEDAW (Tailandia);
138.13 Adherirse a la CAT y a su Protocolo Facultativo(República Checa); ratificar la CAT y el OP-CAT (Uruguay);
138.14 Ratificar la CAT (Ghana) (Guatemala) (Polonia);
138.15 Ratificar cuanto antes la CAT (Austria);
138.16 Firmar y ratificar la CAT (España);
138.17 Ratificar los tratados internacionales fundamentales de derechos humanos, en particular la CAT y la CEDAW (Letonia);
138.18 Reconsiderar la reserva general a la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC), con el objetivo de retirarla, y adherirse plenamente a sus tres Protocolos Facultativos (Burkina Faso);
138.19 Reconsiderar las reservas a la CRC (Ghana);
138.20 Estudiar la posibilidad de adherirse a la ICRMW (Egipto);
138.21 Ratificar la ICPPED (Uruguay) (Ghana);
138.22 Ratificar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (Estonia);
138.23 Ratificar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y armonizar plenamente la legislación nacional con todas las obligaciones dimanantes de este (Letonia);
138.24 Ratificar el Estatuto de Roma y armonizar plenamente con él la legislación nacional (Eslovenia);
138.25 Reforzar la legislación nacional de conformidad con los tratados internacionales ratificados (Burkina Faso);
138.26 Seguir reforzando el marco jurídico interno y cumplir las obligaciones internacionales que le incumben en materia de derechos humanos (Singapur);
138.27 Considerar la posibilidad de introducir en el Código Penal Islámico disposiciones específicas sobre la investigación, el enjuiciamiento y el castigo de quienes cometan actos de violencia doméstica (Portugal);
138.28 Hacer todo lo posible por garantizar y proteger los derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales en que el país es parte (ex República Yugoslava de Macedonia);
138.29 Agilizar los trámites para concluir la carta de derechos de los ciudadanos a fin de mejorar el marco institucional de derechos humanos del país (Zimbabwe);
138.30 Intensificar los esfuerzos en el ámbito del desarrollo institucional y legislativo (Angola);
138.31 Continuar la labor de refuerzo del marco para la protección y promoción de los derechos humanos (Kazajstán);
138.32 Seguir adelante con el proyecto de ley para el establecimiento de la institución nacional de derechos humanos (Sudáfrica);
138.33 Continuar reforzando los mecanismos nacionales de derechos humanos, entre otras cosas finalizando el proceso iniciado para asegurar la conformidad de la institución nacional de derechos humanos con los Principios de París (Egipto);
138.34 Proseguir los esfuerzos para establecer la institución nacional de derechos humanos (Sudán);
138.35 Agilizar los trámites para establecer una institución nacional de derechos humanos de conformidad con los Principios de París (Túnez);
138.36 Establecer sin demora una institución nacional independiente de derechos humanos de conformidad con los Principios de París (Chile);
138.37 Seguir reforzando los marcos institucionales, por ejemplo concluyendo el proyecto de ley sobre una institución nacional de derechos humanos conforme con los Principios de París y el Plan Nacional de Acción Estratégica sobre los Derechos Humanos (Indonesia);
138.38 Establecer una institución nacional de derechos humanos de conformidad con los Principios de París y dotarla de los recursos que necesita para el desempeño eficaz de sus funciones (Mauritania);
138.39 Establecer la comisión nacional de derechos humanos de conformidad con los Principios de París (Níger);
138.40 Aprobar sin demora legislación por la que se establezca una institución nacional de derechos humanos plenamente conforme con los Principios de París (Portugal);
138.41 Adoptar las medidas adicionales necesarias para el establecimiento de una institución nacional de derechos humanos de conformidad con los Principios de París (Qatar);
138.42 Establecer una institución nacional independiente de derechos humanos en consonancia con los Principios de París y dotarla de recursos humanos y financieros suficientes (República de Corea);
138.43 Agilizar la creación de una institución nacional de derechos humanos en consonancia con los Principios de París (Sierra Leona);
138.44 Continuar la ejecución de los programas establecidos para el desarrollo socioeconómico del país, que contribuyen a proteger los derechos humanos, y concluir la elaboración del plan estratégico nacional de acción en la esfera de los derechos humanos (Belarús);
138.45 Perseverar en el empeño por aprobar y aplicar medidas administrativas destinadas a la promoción y protección de los derechos del niño (Pakistán);
138.46 Seguir defendiendo los derechos del pueblo haciendo frente a las sanciones económicas impuestas (Sudán);
138.47 Continuar los esfuerzos destinados a poner de relieve las repercusiones negativas que tienen tanto el terrorismo como las medidas coercitivas unilaterales en los planes nacionales de desarrollo y en el disfrute por los ciudadanos de los derechos humanos fundamentales (República ÁrabeSiria);
138.48 Seguir aumentando los recursos asignados al ámbito del deporte para todos los jóvenes (Sri Lanka);
138.49 Continuar expandiendo los eficaces programas de concienciación sobre los derechos humanos (Venezuela (República Bolivariana de));
138.50 Proseguir las políticas e iniciativas dirigidas a la promoción del diálogo, la cooperación y la tolerancia entre las diferentes culturas y religiones de las minorías nacionales del Irán (Armenia);
138.51 Fomentar el diálogo y la cooperación en el ámbito de la promoción y protección de los derechos humanos (Benin);
138.52 Seguir denunciando las medidas coercitivas unilaterales en todos los contextos posibles (Cuba);
138.53 Reforzar y ampliar el diálogo entre las religiones y entre las culturas (Líbano);
138.54 Cumplir plenamente las obligaciones internacionales vinculantes que le incumben en materia de derechos humanos, de conformidad con el compromiso del Irán de mejorar la situación general de los derechos humanos en el país (Nueva Zelandia);
138.55 Promover una mayor cooperación con la comunidad internacional (Senegal);
138.56 Proseguir la cooperación y el diálogo internacionales a fin de mejorar las condiciones socioeconómicas de la población (Singapur);
138.57 Adoptar medidas adecuadas para crear un entorno propicio para el empoderamiento de la sociedad civil (Argelia);
138.58 Fomentar y fortalecer la cooperación y la coordinación con la sociedad civil y las ONG en el ámbito de los derechos humanos (Angola);
138.59 Continuar fortaleciendo la cooperación entre el Estado y las organizaciones de la sociedad civil que participan en la educación en materia de derechos humanos (Venezuela (República Bolivariana de));
138.60 Reforzar la labor destinada a la educación en materia de derechos humanos para los funcionarios y las fuerzas del orden (Etiopía);
138.61 Seguir formando a los agentes del orden y creando conciencia sobre todas las cuestiones de derechos humanos (Indonesia);
138.62 Proseguir las políticas relativas a la educación y la capacitación en materia de derechos humanos para los agentes del orden (Pakistán);
138.63 Seguir ampliando y promoviendo los programas de educación y capacitación en materia de derechos humanos (Armenia);
138.64 Reforzar la labor de desarrollo de la educación en materia de derechos humanos (Uzbekistán);
138.65 Continuar cooperando con las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales y superar las limitaciones y retos pendientes (República Democrática Popular Lao);
138.66 Cumplir las promesas de promover una sociedad más abierta mediante la puesta en práctica de las recomendaciones que aceptó en 2010 (Noruega);
138.67 Cooperar con los mecanismos de protección de los derechos humanos (Paraguay);
138.68 Seguir cooperando con los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas en el marco de la aplicación de los instrumentos internacionales ratificados (Uzbekistán);
136.69 Adoptar las medidas necesarias para cumplir el compromiso contraído con los procedimientos especiales aceptando las solicitudes de visita pendientes (Letonia);
138.70 Dar acceso inmediato y sin trabas al Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán (Suecia);
138.71 Invitar al Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán a visitar el país y permitirle acceder a los funcionarios, servicios y presos que corresponda (Estados Unidos de América);
138.72 Cooperar plenamente con los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, entre otras cosas invitando al país al Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán (Australia);
138.73 Cooperar plenamente con los relatores especiales de las Naciones Unidas y permitir sus visitas (Bosnia y Herzegovina);
138.74 En consonancia con la invitación permanente cursada a los procedimientos especiales, colaborar con ellos y aceptar sus visitas (Brasil);
138.75 Facilitar cuanto antes las visitas solicitadas por los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos (Costa Rica);
138.76 Cooperar con todos los titulares de mandatos de los procedimientos especiales de las Naciones Unidas que deseen visitar el Irán (Alemania);
138.77 Seguir colaborando con el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán a fin de reforzar la cooperación y las consultas con el Gobierno (Guatemala);
138.78 Cooperar plenamente con los relatores y expertos de las Naciones Unidas, incluido el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán, en consonancia con la invitación permanente cursada por el Gobierno (Hungría);
138.79 Cooperar con el Relator Especial y otros titulares de mandatos de los procedimientos especiales de las Naciones Unidas (Lituania);
138.80 Cursar una invitación permanente a todos los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos (Perú) (Polonia);
138.81 Considerar favorablemente las solicitudes de visita presentadas por los titulares de mandatos, en particular la solicitud del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán (Portugal);
138.82 Colaborar de manera constructiva y cooperativa con los procedimientos especiales, incluido el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán (República de Corea);
138.83 Cooperar con los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos, incluido el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán (Rumania);
138.84 Cursar una invitación permanente a todos los procedimientos especiales y, en particular, permitir la entrada del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán (Eslovenia);
138.85 Seguir cooperando con el ACNUDH y buscar nuevas vías para la cooperación en materia de derechos humanos (India);
138.86 Mantener y reforzar la cooperación con la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (Iraq);
138.87 Facilitar la inclusión social de la mujer para prevenir la violencia contra las mujeres y los niños y la discriminación por motivos de sexo y condición social mejorando los mecanismos nacionales y adoptando medidas legislativas para la integración social de la mujer (Tayikistán);
138.88 Proseguir la política nacional de promoción de la igualdad de oportunidades y de trato en lo relativo al empleo (Sri Lanka);
138.89 Aprobar una ley general contra la discriminación (Benin);
138.90 Reformar las leyes que contienen disposiciones discriminatorias (Bosnia y Herzegovina);
138.91 Adoptar medidas para garantizar la igualdad de acceso de las mujeres a la educación superior y a la vida profesional, entre otras cosas retirando las restricciones a las estudiantes y eliminando las prohibiciones que impiden a las mujeres acceder a determinadas profesiones (Alemania);
138.92 Adoptar medidas adecuadas, como la ratificación de la CEDAW, para reforzar la igualdad de participación de la mujer en la sociedad, en particular en los ámbitos político, económico, social y cultural, incluido el deporte (Grecia);
138.93 Intensificar los esfuerzos por fomentar los derechos culturales, sociales y económicos de las mujeres, los niños y las personas con discapacidad (Líbano);
138.94 Proseguir la política nacional de promoción de la igualdad de oportunidades con respecto al empleo (Eritrea);
138.95 Aumentar los esfuerzos por asegurar que las mujeres y las niñas reciban el mismo trato que los hombres y los niños (Uruguay);
138.96 Enmendar la legislación nacional que discrimina por motivos de género, religión, ideas políticas u orientación sexual (Uruguay);
138.97 Seguir adelante con las medidas adoptadas para mejorar la posición de la mujer en la sociedad (Venezuela (República Bolivariana de));
138.98 Continuar la puesta en práctica del programa integral para proteger los derechos y el empoderamiento de la mujer (Yemen);
138.99 Perseverar en los esfuerzos por promover y proteger los derechos de las mujeres y los niños (Argelia);
138.100 Velar por la igualdad de derechos y oportunidades para las mujeres y las niñas (Austria);
138.101 Intensificar la creación de más oportunidades de empleo para todos, incluidas las mujeres (Bhután);
138.102 Adoptar medidas adicionales para fomentar la igualdad de género y reforzar la posición de la mujer en cuanto al matrimonio, el divorcio, la nacionalidad, la custodia de los hijos y la herencia (Bosnia y Herzegovina);
138.103 Facilitar el acceso de la mujer a la justicia y al empleo (Djibouti);
138.104 Seguir mejorando los programas de empoderamiento de la mujer en el país (Etiopía);
138.105 Velar por la igualdad de trato de la mujer en la legislación y en la práctica, en consonancia con las recomendaciones pertinentes del Comité de Derechos Humanos (Letonia);
138.106 Adoptar todas las medidas necesarias para modificar las disposiciones discriminatorias contra la mujer que figuran en las leyes penales y civiles (Nueva Zelandia);
138.107 Perseverar en los esfuerzos por mejorar y reforzar la posición de la mujer en la sociedad (Pakistán);
138.108 Seguir trabajando por mejorar los derechos de las mujeres, los niños y las personas con discapacidad (Qatar);
138.109 Continuar protegiendo a los grupos vulnerables, como las mujeres (Senegal);
138.110 Seguir adoptando medidas para reforzar los mecanismos de protección de los derechos de las mujeres y los niños (Uzbekistán);
138.111 Adoptar disposiciones para evitar toda forma de discriminación contra las mujeres y las niñas y, en particular, promover el acceso a la educación superior de los miembros de la comunidad bahaí y otras minorías religiosas (Chile);
138.112 Seguir trabajando para que las mujeres iraníes tengan derecho a transmitir la nacionalidad a sus hijos (Guatemala);
138.113 Continuar la labor de creación de un marco jurídico nacional para la defensa de las minorías, incluidos los inmigrantes y los refugiados, que las proteja contra la violencia y promueva un trato adecuado en la sociedad (Tayikistán);
138.114 Reforzar las medidas destinadas a proteger a las minorías religiosas, de conformidad con los artículos 13 y 14 de la Constitución (Sudáfrica);
138.115 Cumplir las obligaciones que le incumben en materia de libertad religiosa y liberar a las personas encarceladas por motivo de sus creencias religiosas, como el pastor Saeed Abedini, y proteger los derechos de todas las personas a manifestar sus creencias religiosas (Estados Unidos de América);
138.116 Estudiar la posibilidad de reforzar los mecanismos existentes para promover la igualdad de las comunidades religiosas no pertenecientes al islam, así como de las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero (LGBT), mediante la revocación o enmienda de las leyes que permiten enjuiciar y castigar a las personas pertenecientes a esos grupos (Argentina);
138.117 Adoptar todas las medidas necesarias para proteger a las minorías étnicas y religiosas de todas las formas de discriminación (Bahrein);
138.118 Garantizar que todas las minorías disfruten plenamente de todos sus derechos sociales, culturales y políticos, en especial su derecho a la educación (Bahrein);
138.119 Adoptar políticas y mecanismos para evitar que los miembros de las minorías religiosas sean objeto de cualquier tipo de discriminación o violación de los derechos humanos por ejercer su derecho a practicar su religión de acuerdo con sus creencias (Brasil);
138.120 Adoptar todas las medidas necesarias para asegurar la protección y la no discriminación de las minorías religiosas, entre otras cosas poniendo fin de manera inmediata a la producción de programas por medios controlados por el Gobierno que desinforman sobre las minorías religiosas e incitan al odio en su contra (Dinamarca);
138.121 Adoptar medidas legislativas urgentes, así como medidas prácticas adicionales a las mencionadas en el informe nacional del EPU, para proteger los derechos de las minorías religiosas y étnicas (Hungría);
138.122 Poner en práctica las recomendaciones anteriores de garantizar la protección de los derechos civiles y políticos de todos los grupos minoritarios (Islandia);
138.123 Revisar las políticas que discriminan a los estudiantes por motivo de sus creencias, velar por que los juicios de miembros de las minorías religiosas se lleven a cabo de manera imparcial y transparente, y reconocer a estas personas todos los derechos de los ciudadanos iraníes (Irlanda);
138.124 Ir más allá de lo hecho hasta ahora y reconocer específicamente la igualdad de derechos de todos los ciudadanos iraníes, independientemente de su confesión, incluidos los derechos a promover su religión, cambiar de religión, cursar estudios universitarios y ser contratados como funcionarios o miembros de las fuerzas armadas (Italia);
138.125 Poner fin a los actos de represión contra las minorías étnicas y religiosas, en particular los bahaíes, y adoptar medidas eficaces para dejar de aplicar políticas que las discriminen (Luxemburgo);
138.126 Eliminar la presunta discriminación contra las minorías religiosas, como los bahaíes, y mejorar la protección jurídica ofrecida a esas comunidades (Sierra Leona);
138.127 Adoptar todas las medidas necesarias para poner fin a la discriminación e intimidación contra las personas pertenecientes a las minorías étnicas y religiosas (Eslovaquia);
138.128 Adoptar medidas para impedir la discriminación, en la legislación y en la práctica, de las minorías étnicas y religiosas, que incluye su detención arbitraria y su exclusión de la educación superior y el empleo público, así como la injerencia del Gobierno en el empleo privado en detrimento de los miembros de la comunidad bahaí (Suecia);
138.129 Poner fin a todas las formas de discriminación contra los miembros de las minorías religiosas y étnicas, incluidos los bahaíes, los derviches, los cristianos, los árabes ahwazíes, los beluchis y los kurdos, y velar por el respeto de la libertad de religión (Australia);
138.130 Poner fin a la discriminación, en la legislación y en la práctica, contra todas las minorías religiosas y étnicas, como los bahaíes, los sufíes, los kurdos y los árabes suníes, y velar por la plena protección de sus derechos (Austria);
138.131 Revisar la legislación y las políticas para asegurar la libertad de religión de los miembros de las minorías religiosas, incluidos los bahaíes, así como la protección de sus otros derechos humanos sin ningún tipo de discriminación (República Checa);
138.132 Poner fin a la discriminación y la represión por motivo de origen étnico y religión, en particular contra los bahaíes, los kurdos, los ahwazíes y los cristianos (Francia);
138.133 Poner fin a la discriminación, en la legislación y en la práctica, contra las minorías religiosas y étnicas, incluida la comunidad bahaí (Lituania);
138.134 Adoptar medidas para prevenir la discriminación y la incitación al odio contra los bahaíes o cualquier otra minoría étnica o religiosa, independientemente de si está reconocida de manera oficial (México);
138.135 Prohibir la esterilización forzada o bajo coacción, las operaciones de reasignación de sexo y las terapias reparadoras impuestas sin consentimiento libre e informado (Islandia);
138.136 Poner fin a la discriminación por motivos de orientación sexual (Canadá);
138.137 Actuar para combatir toda forma de discriminación contra personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI) y, en particular, para prevenir cualquier práctica que pueda dañar su dignidad, como las operaciones de reasignación de sexo innecesarias, especialmente cuando se llevan a cabo sin el debido consentimiento informado (Italia);
138.138 Derogar las disposiciones del Código Penal que tipifican como delito las relaciones homosexuales consentidas entre adultos (España);
138.139 Derogar las leyes que tipifican como delito las conductas sexuales consentidas entre adultos del mismo sexo (Islandia);
138.140 Revisar las disposiciones legislativas que legalizan el maltrato y la violencia sexual contra las personas LGBTI, así como su persecución y detención (Islandia);
138.141 Derogar todo acto legislativo que conlleve la discriminación, el enjuiciamiento o el castigo de las personas por motivo de su orientación sexual o identidad de género (Israel);
138.142 Revocar todas las disposiciones legislativas que entrañen discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género declarada o percibida de las personas (Luxemburgo);
138.143 Prestar atención a los casos de violencia y discriminación por motivos de orientación sexual, en particular contra las personas LGBT, tanto en la legislación como en la práctica (Chile);
138.144 Enmendar el Código Penal para excluir los delitos relacionados con el tráfico de drogas de los castigados con la pena de muerte (España);
138.145 Examinar los casos de todos los presos condenados a muerte con vistas a la conmutación de sus penas y respetar su derecho a impugnar la legalidad de su privación de libertad ante un tribunal, de conformidad con el derecho internacional (Suiza);
138.146 Revisar el Código Penal Islámico para asegurar que sea coherente con las obligaciones internacionales del país, en particular con el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), a fin de que la pena de muerte se reserve a los crímenes más graves y nunca se imponga de manera arbitraria ni por delitos cometidos por menores de 18 años (Canadá);
138.147 Abolir la pena de muerte (Luxemburgo);
138.148 Considerar la posibilidad de abolir la pena de muerte y ratificar cuanto antes el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (Chipre);
138.149 Enmendar todas las leyes y prácticas para asegurar que no se pueda condenar a muerte a ninguna persona que fuese menor de 18 años en el momento de cometer el delito (Bélgica);
138.150 Establecer una moratoria oficial sobre la pena de muerte y, en particular, no proceder a las ejecuciones previstas de menores infractores y prohibir la imposición de la pena de muerte por delitos cometidos por menores de edad (Australia);
138.151 Decretar inmediatamente una moratoria oficial sobre las ejecuciones, en particular las de quienes fuesen menores de edad en el momento de cometer el delito (Bélgica);
138.152 Abolir la pena de muerte, como mínimo en el caso de los menores infractores (República Checa);
138.153 Establecer una moratoria total sobre la aplicación de la pena de muerte y, a falta de una decisión en ese sentido, prohibir la pena de muerte para los menores infractores y abandonar la práctica de las ejecuciones públicas (Hungría);
138.154 Prohibir la pena de muerte para las personas condenadas por delitos cometidos cuando eran menores de 18 años, sin excepción, y decretar una moratoria sobre todas las ejecuciones (Islandia);
138.155 Establecer una moratoria sobre las ejecuciones con vistas a la abolición de la pena de muerte, y garantizar que ninguna persona que fuese menor de 18 años en el momento de cometer el presunto delito sea condenada a muerte, en consonancia con las obligaciones dimanantes de la CRC (Irlanda);
138.156 Prohibir las ejecuciones de menores infractores y, a la vez, disponer penas alternativas, en consonancia con el nuevo Código Penal iraní (Italia);
138.157 Establecer una moratoria sobre la aplicación de la pena de muerte con vistas a su abolición y conmutar todas las condenas a muerte impuestas a personas menores de 18 años (Lituania);
138.158 Poner fin, como primera medida, a las ejecuciones de menores de edad, de conformidad con el compromiso contraído por el Irán en virtud del ICCPR, así como de la CRC (Luxemburgo);
138.159 Adoptar medidas inmediatas para abolir la pena de muerte por delitos cometidos cuando el autor era menor de 18 años, y establecer una moratoria sobre las ejecuciones públicas (Noruega);
138.160 Abolir la pena de muerte para los menores de 18 años (Paraguay);
138.161 Prohibir la aplicación de la pena de muerte a las personas que fuesen menores de edad en el momento de cometer el delito (España);
138.162 Dictar una moratoria inmediata sobre la aplicación de la pena de muerte a los menores de edad y por delitos que no se ajusten a los criterios de los más graves delitos en virtud del derecho internacional (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte);
138.163 Establecer urgentemente una moratoria sobre la aplicación de la pena de muerte (ex República Yugoslava de Macedonia);
138.164 Adoptar todas las medidas necesarias para establecer una moratoria sobre la pena de muerte como primer paso hacia su total abolición (Uruguay);
138.165 Considerar la posibilidad de establecer una moratoria oficial sobre las ejecuciones de todas las personas condenadas a muerte, así como de abolir la pena de muerte (Argentina);
138.166 Establecer una moratoria oficial sobre las ejecuciones, en particular las de jóvenes infractores que fuesen menores de 18 años en el momento de cometer el presunto delito, con vistas a revisar todos los casos de reclusos menores de edad condenados a la pena de muerte (Austria);
138.167 Dictar una moratoria sobre la aplicación de la pena de muerte con vistas a su pronta abolición (Costa Rica);
138.168 Establecer una moratoria sobre la pena de muerte y abolirla; y ratificar el Segundo Protocolo Facultativo del ICCPR (Estonia);
138.169 Poner fin a las ejecuciones y establecer una moratoria con vistas a abolir la pena de muerte (Francia);
138.170 Decretar una moratoria sobre la pena de muerte con vistas a su ulterior abolición. Entre tanto, adoptar medidas urgentes para reducir su aplicación, en consonancia con las normas internacionales mínimas (Alemania);
138.171 Considerar la posibilidad de establecer una moratoria sobre la pena de muerte, con vistas a su abolición, en particular en los casos de delitos relacionados con las drogas y otros delitos que no puedan clasificarse como "más graves" de conformidad con las normas internacionales (Italia);
138.172 Considerar la posibilidad de dictar una moratoria sobre la pena de muerte con vistas a su abolición (Letonia);
138.173 Establecer una moratoria inmediata sobre la aplicación de la pena de muerte con vistas a su abolición (Montenegro);
138.174 Decretar una moratoria sobre la pena de muerte con vistas a su abolición (Polonia);
138.175 Conmutar las condenas a muerte y establecer una moratoria sobre las ejecuciones como primer paso hacia la abolición de la pena de muerte (Portugal);
138.176 Poner fin de inmediato a todas las ejecuciones públicas (Alemania);
138.177 Eliminar la lapidación como forma de castigo (Paraguay);
138.178 Abolir la lapidación como forma de pena capital y considerar la posibilidad de suprimir la "apostasía" como delito castigado con la pena de muerte (Eslovaquia);
138.179 Dejar de recurrir a la pena de muerte, la lapidación y la ley del talión por el delito de asesinato (Eslovenia);
138.180 Poner fin a todas las ejecuciones (Israel);
138.181 Proseguir los esfuerzos por combatir el tráfico de drogas y eliminar este flagelo (Líbano);
138.182 Hacer frente al grave problema de las minas terrestres (Bosnia y Herzegovina);
138.183 Asegurar, de conformidad con los artículos 5 y 7 del ICCPR, que nadie sea sometido a torturas, durante la privación de libertad, independientemente también de su orientación sexual (Dinamarca);
138.184 Liberar a todas las personas privadas de libertad exclusivamente por llevar a cabo actividades políticas pacíficas; investigar todos los casos de presunta tortura en los centros de privación de libertad y enjuiciar a los responsables (Lituania);
138.185 Asegurar unas condiciones dignas en los lugares de privación de libertad (Francia);
138.186 Continuar la labor iniciada para mejorar las condiciones de privación de libertad en el sistema penitenciario e integrar a los exreclusos en la sociedad (Federación de Rusia);
138.187 Prevenir y sancionar la violencia contra las mujeres y los niños (Perú);
138.188 Abolir y modificar todas las leyes que alienten los matrimonios forzados, precoces y temporales de niñas, en ocasiones de solo 9 años, y que permitan el matrimonio entre los padres adoptivos y sus hijos (Israel);
138.189 Modificar el Código Civil con el fin de fijar en 18 años la edad mínima legal para contraer matrimonio, tanto para los niños como para las niñas, y derogar la enmienda a la Ley de Protección de los Niños y Adolescentes sin Tutor, que permite el matrimonio entre los padres adoptivos y sus hijos adoptados (Italia);
138.190 Hacer cuanto sea posible por eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer, incluidos los matrimonios forzados de niñas y la desigualdad de derechos en el matrimonio, el divorcio, la herencia y la custodia de los hijos (República de Corea);
138.191 Promulgar legislación por la que se eleve la edad legal para contraer matrimonio a 18 años y se elimine la práctica de los matrimonios forzados y temporales (Sierra Leona);
138.192 Abolir la práctica discriminatoria de los matrimonios forzados y precoces, reducir las altas tasas de abandono escolar, eliminar las restricciones impuestas a las niñas para acceder a la educación universitaria y promover la participación activa de la mujer en la sociedad (Eslovenia);
138.193 Adoptar medidas integrales para proteger a las mujeres contra toda forma de violencia pública o doméstica y aplicar una política nacional para proteger a las mujeres en situación de riesgo y enjuiciar a los autores de actos de violencia contra ellas, así como adoptar medidas para proteger a los defensores de los derechos humanos y los periodistas (Brasil);
138.194 Continuar aplicando medidas adecuadas para atender las necesidades especiales de las mujeres y proteger a los niños contra la violencia (República Popular Democrática de Corea);
138.195 Promulgar legislación que tipifique como delito la violencia doméstica, incluida la violencia sexual, y adoptar medidas de aplicación eficaces (Finlandia);
138.196 Garantizar los derechos de la mujer en la legislación y en la práctica, en particular en el mercado laboral, y combatir la violencia contra la mujer y la impunidad de quienes la inflijan (Francia);
138.197 Actuar con la diligencia debida para frenar, disuadir, investigar y castigar a los responsables de actos de violencia contra mujeres y niñas (Israel);
138.198 Reforzar las medidas y los medios dirigidos a combatir la violencia contra la mujer (Malí);
138.199 Velar por la aplicación efectiva del programa nacional establecido para combatir la violencia contra la mujer (Federación de Rusia);
138.200 Revisar las disposiciones del Código Penal Islámico que discriminen a las mujeres y las niñas; adoptar medidas legislativas urgentes para tipificar específicamente como delito la violencia doméstica, incluida la violación conyugal (Lituania);
138.201 Enmendar el Código Penal Islámico y prohibir los castigos corporales inhumanos (República Checa);
138.202 Prohibir explícitamente todas las formas de castigos corporales infligidos a los niños (Israel);
138.203 Revocar todas las leyes que permitan infligir castigos corporales a los niños (Israel);
138.204 Aumentar las medidas jurídicas destinadas a garantizar las debidas garantías procesales y la imparcialidad en la administración de justicia, por ejemplo mediante la independencia de los jueces y el Colegio de Abogados, prestando especial atención a las recomendaciones sobre la pena de muerte formuladas por el Comité de Derechos Humanos, especialmente respecto de los menores infractores (Chile);
138.205 Velar por la independencia del sistema judicial y por la observancia de las normas relativas a un juicio imparcial y los derechos de la defensa (Francia);
138.206 Seguir mejorando la legislación y las prácticas nacionales en el ámbito de la independencia del poder judicial (Federación de Rusia);
138.207 Permitir que todos los reclusos tengan acceso a un abogado durante todas las fases de la prisión preventiva y de la investigación de los casos, y que los acusados reciban asesoramiento letrado durante estas actuaciones (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte);
138.208 Asegurar el acceso inmediato a un abogado de libre elección durante la primera hora del procedimiento, a partir de los primeros interrogatorios y hasta el final del proceso judicial, así como el acceso a todos los documentos oficiales del procedimiento (Bélgica);
138.209 Disponer por ley el libre acceso a asistencia letrada durante todas las etapas de la investigación, el juicio y el recurso penal; asegurar que el acusado sea informado de este derecho inmediatamente al ser detenido; y permitir a los acusados y a sus abogados acceder sin restricciones al expediente completo y a todas las pruebas presentadas contra el acusado (Dinamarca);
138.210 Respetar las debidas garantías procesales en todos los procedimientos judiciales (Alemania);
138.211 Asegurar, en la legislación y en la práctica, un juicio imparcial basado en el estado de derecho a todos los ciudadanos, como se aceptó en el examen del EPU de 2010 (Noruega);
138.212 Velar por el respeto de todas las debidas garantías procesales y por el derecho a un juicio imparcial de todas las personas imputadas por haber cometido un delito, incluido el derecho a la defensa y el acceso a un abogado (Rumania);
138.213 Adoptar medidas para asegurar el respeto de las debidas garantías procesales y la celebración de un juicio imparcial, en particular en todo proceso que pueda desembocar en la aplicación de la pena de muerte (México);
138.214 Adoptar las medidas necesarias para mejorar la cooperación jurídica internacional en los casos de violaciones graves de los derechos humanos y velar por el derecho a la verdad y la justicia (Argentina);
138.215 Investigar y enjuiciar a todos los responsables de infligir malos tratos o abusos a personas privadas de libertad en el Irán, incluidos los casos de las agresiones cometidas contra los reclusos de la prisión de Evin en abril de 2014 y tras las elecciones presidenciales de 2009 (Canadá);
138.216 Velar por que quienes inflijan tortura rindan cuentas de sus actos, y ratificar la CAT y su Protocolo Facultativo (Hungría);
138.217 Continuar adoptando medidas concretas para proteger los derechos del niño y mantener el apoyo del Gobierno a la institución de la familia (Federación de Rusia);
138.218 Elevar la edad mínima para contraer matrimonio a 18 años y asegurar la exigencia legal del libre consentimiento de los cónyuges mediante la introducción de enmiendas en el Código Civil y la Ley de Protección de la Familia (Polonia);
138.219 Adoptar medidas para respetar plenamente la libertad de religión y de creencias de los ciudadanos (Noruega);
138.220 Velar por la observancia, tanto en la legislación como en la práctica, de la libertad de religión y de creencias (Polonia);
138.221 Velar por la libertad de religión y de creencias de todos los ciudadanos del Irán (Rumania);
138.222 Poner fin a la censura de los medios de comunicación, así como al acoso y la detención arbitraria de periodistas, y garantizar el derecho a la libertad de expresión y la libertad de los medios de comunicación (Suecia);
138.223 Liberar de manera inmediata y sin condiciones a todas las personas privadas de libertad por ejercer pacíficamente los derechos a la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica (Suiza);
138.224 Procurar garantizar un entorno favorable para las actividades de los periodistas, los defensores de los derechos humanos y la sociedad civil (Túnez);
138.225Poner fin al acoso y la persecución de periodistas y liberar al periodista del Washington Post recluido, Jason Rezaian, para demostrar la adhesión del país a la libertad de expresión (Estados Unidos de América);
138.226 Garantizar el derecho a las legítimas libertades de expresión, asociación y reunión, y liberar a los presos políticos, incluidos los activistas, abogados y periodistas, privados de libertad exclusivamente por haber ejercido esos derechos (Australia);
138.227 Derogar todas las disposiciones legales que atenten contra las libertades de expresión, reunión y asociación, consagradas en el ICCPR (Bélgica);
138.228 Enmendar la Ley de Prensa para definir las excepciones al artículo 24 de la Constitución en términos concretos que no sean contrarios a la libertad de expresión (Canadá);
138.229 Reforzar la libertad de los medios de comunicación, establecer mecanismos efectivos para proteger a los periodistas contra los ataques y los actos de intimidación y permitir el libre acceso de los ciudadanos a los medios de comunicación electrónicos (República Checa);
138.230 Velar por la libertad de expresión e información efectiva, también en Internet, poniendo fin al hostigamiento contra los periodistas, blogueros y defensores de los derechos humanos (Francia);
138.231 Velar por el pleno respeto de la libertad de expresión y opinión, incluida la libertad de los medios de comunicación, y garantizar que en el Irán todas las personas puedan acceder sin trabas a los medios de información nacionales y extranjeros, tanto tradicionales como en línea (Alemania);
138.232 Adoptar medidas adecuadas para eliminar las restricciones a la libertad de expresión y establecer un marco para proteger a los periodistas contra la persecución, la intimidación y el acoso (Grecia);
138.233 Proporcionar más información sobre la reclusión de periodistas y otras personas que manifiestan opiniones disidentes a fin de abordar las preocupaciones expresadas por el Secretario General y el Relator Especial (Japón);
138.234 Garantizar la libertad de expresión y eliminar las restricciones a la libre circulación de información, también a través de Internet, y dejar de detener, enjuiciar y sancionar a personas por expresar sus opiniones y puntos de vista (Países Bajos);
138.235 Adoptar las medidas necesarias para asegurar que los ciudadanos disfruten plenamente de los derechos y libertades que les otorga la Constitución del Irán, en especial el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la actividad política y el derecho de reunión (Noruega);
138.236 Reforzar y promover la libertad de expresión, en particular la de la prensa (Senegal);
138.237 Cumplir eficazmente las obligaciones internacionales de velar por la protección de los defensores de los derechos humanos y otras personas que ejercen sus derechos a la libertad de opinión y de expresión, de reunión y de asociación pacíficas, de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos (Finlandia);
138.238 Poner fin a la vigilancia y las restricciones severas de Internet, de manera que se garantice el acceso libre y sin restricciones de todos los ciudadanos a Internet y las redes sociales (Suecia);
138.239 Exponer más detalladamente las medidas adoptadas para asegurar el acceso del público a Internet, así como los avances que se estén logrando al respecto (Japón);
138.240 Reforzar las medidas destinadas a promover la participación económica y política de la mujer en el país (Sudáfrica);
138.241 Hacer más para que las mujeres desempeñen una función más relevante en los avances sociales y económicos (Egipto);
138.242 Continuar la labor destinada a aumentar la participación de la mujer en las esferas política, pública y profesional (Sri Lanka);
138.243 Reforzar aún más la participación de la mujer en la política y la administración pública (Turkmenistán);
138.244 Reforzar los mecanismos destinados a promover los derechos de la mujer y su participación en los procesos de adopción de decisiones (Angola);
138.245 Adoptar medidas legislativas y administrativas para eliminar las restricciones legales y las barreras sociales a la participación igualitaria de la mujer en la fuerza laboral y a su acceso a la educación y los cargos gubernamentales con poder de decisión (Canadá);
138.246 Proseguir los esfuerzos por aumentar la participación de la mujer en las esferas públicas (Eritrea);
138.247 Continuar la labor destinada a conseguir una mayor representación de la mujer en el proceso político y fomentar su participación en la vida pública (Malasia);
138.248 Seguir apoyando y empoderando a la mujer en la vida pública (Omán);
138.249 Continuar las reformas sociales y económicas destinadas a crear nuevos puestos de trabajo (Djibouti);
138.250 Reforzar las medidas de fomento del empleo y mejorar el acceso de los pobres a los servicios básicos, como el saneamiento, la salud y la educación (Estado de Palestina);
138.251 Crear programas de capacitación para los jóvenes a fin de mejorar su acceso al mercado de trabajo (India);
138.252 Seguir poniendo en marcha programas en el ámbito de la educación, la salud y el empoderamiento y la integración sociales de los grupos vulnerables, especialmente las mujeres, los niños y las personas con discapacidad, mediante los mecanismos nacionales establecidos y en colaboración con las ONG y las organizaciones internacionales pertinentes (Brunei Darussalam);
138.253 Continuar los esfuerzos por mejorar el sistema de seguridad social a fin de lograr una mejor protección de las personas de edad y las personas con discapacidad (República Popular Democrática de Corea);
138.254 Proseguir los esfuerzos por erradicar la pobreza (Bangladesh);
138.255 Seguir aplicando los planes y programas nacionales para alcanzar los objetivos de erradicación de la pobreza (Myanmar);
138.256 Continuar la labor destinada a erradicar la pobreza mediante la aplicación de los instrumentos creados en el marco de la política estratégica nacional (Nicaragua);
138.257 Prestar especial atención a la integración social y económica de la población de las zonas rurales del país desarrollando la infraestructura y modificando el marco normativo en todas las esferas de la vida y el sustento (Tayikistán);
138.258 Continuar aplicando medidas para promover y proteger los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales (Bolivia (Estado Plurinacional de));
138.259 Seguir elevando el nivel de los servicios públicos y mejorando la calidad y cobertura de los servicios públicos en las zonas rurales (China);
138.260 Continuar los programas destinados al desarrollo económico y social mediante la corrección de las disparidades entre las zonas urbanas y las zonas rurales (Malí);
138.261 Seguir ejecutando programas para el suministro de servicios sociales, educativos y de salud en las zonas rurales (Myanmar);
138.262 Mejorar las medidas destinadas a ampliar el acceso de todos los ciudadanos a la vivienda (Iraq);
138.263 Continuar trabajando para mejorar la observancia del derecho humano al agua, en el marco de la resolución 64/292 de la Asamblea General (Bolivia (Estado Plurinacional de));
138.264 Seguir realizando esfuerzos para ampliar la cobertura de los servicios de salud en el país, de conformidad con los planes nacionales de desarrollo (Brunei Darussalam);
138.265 Aumentar los esfuerzos destinados a garantizar el acceso universal al seguro de salud, incluido el acceso a la atención de la salud maternoinfantil (Estado de Palestina);
138.266 Seguir ampliando la cobertura del seguro de salud para abarcar a todos los ciudadanos, incluidos los de las zonas rurales (India);
138.267 Reforzar la cooperación con las organizaciones de la sociedad civil para promover y proteger los derechos humanos en el ámbito de los servicios de salud (Kazajstán);
138.268 Tratar de lograr avances y crear políticas de salud que respondan a las necesidades del pueblo iraní (Líbano);
138.269 Proseguir los esfuerzos destinados a mejorar el acceso a los servicios de salud (Pakistán);
138.270 Reforzar la labor dirigida a ampliar el acceso a la educación y la salud (Turkmenistán);
138.271 Intensificar y mantener los esfuerzos que se están llevando a cabo, en particular en la esfera del derecho a la educación (República Popular Democrática de Corea);
138.272 Aumentar las medidas encaminadas a reforzar la educación pública, la concienciación, los programas de fomento de la capacidad y la formación (Djibouti);
138.273 Continuar la labor destinada a subsanar las deficiencias en la esfera de la educación en las zonas remotas (Malasia);
138.274 Reforzar las políticas dirigidas a prevenir el abandono escolar (Bangladesh);
138.275 Proseguir los esfuerzos nacionales en la esfera de la inclusión social de las personas con discapacidad (Egipto);
138.276 Continuar la labor en favor de las personas con discapacidad, atendiendo a sus necesidades concretas, en particular en los ámbitos de la educación y la salud (Venezuela (República Bolivariana de));
138.277 Seguir adoptando medidas para promover y proteger los derechos de las personas con discapacidad (Kazajstán);
138.278 Proseguir las campañas de creación de conciencia sobre los derechos de las personas con discapacidad (Kuwait);
138.279 Promover los derechos de las personas con discapacidad a lograr su integración social (Uzbekistán);
138.280 Seguir adoptando medidas especiales para mejorar la calidad de vida de los niños con discapacidad (Kuwait);
138.281 Continuar manteniendo una buena cooperación con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en beneficio de los refugiados con discapacidad (Kuwait);
138.282 Velar por que las minorías religiosas, étnicas y sexuales puedan ejercer sus derechos y libertades, garantizados por la Constitución del Irán (Países Bajos);
138.283 Reconocer a todas las minorías religiosas presentes en el territorio de la República Islámica del Irán y respetar los derechos humanos de sus miembros (Perú);
138.284 Seguir aplicando medidas específicas para proteger a las minorías religiosas y étnicas a fin de asegurar su participación plena e igualitaria en la vida pública y privada (Nueva Zelandia);
138.285 Velar por que las medidas adoptadas para proteger los derechos de los refugiados estén en consonancia con las normas y principios internacionalmente reconocidos (Afganistán);
138.286 Reforzar la capacidad de tramitar solicitudes de asilo y acoger e integrar a los solicitantes, en estrecha colaboración con los actores pertinentes (México);
138.287 Continuar los esfuerzos por proporcionar ayuda al desarrollo y humanitaria a los países menos adelantados (Sri Lanka);
138.288 Seguir aumentando la asistencia técnica prestada a los países en desarrollo (Cuba);
138.289 Incrementar los esfuerzos por asignar más recursos en la Constitución (Eritrea);
138.290 Consolidar los progresos alcanzados en relación con el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y con la mejora de los indicadores de desarrollo humano (India);
138.291 Continuar prestando asistencia humanitaria a los países menos adelantados (Eritrea).
139. Todas las conclusiones y/o recomendaciones que figuran en el presente informe reflejan la posición del Estado o de los Estados que las presentaron y/o del Estado examinado. No debe interpretarse que han recibido el respaldo del Grupo de Trabajo en su conjunto.
Anexo
[Inglés únicamente]
Composition of the delegation
The delegation of the Islamic Republic of Iran was headed by H.E. Dr. Mohammad Javad Ardeshir Larijani, Secretary General of the High Council for Human Rights and advisor to the Chief of the Judiciary on International Affairs, and composed of the following:
H.E. Mr. Mohsen Naziri Asl, Ambassador, Permanent Representative, Permanent Mission of the Islamic Republic of Iran, Geneva;
H.E. Mr. (Hojatolislam) Hadi Sadeghi, Deputy of the Judiciary on Cultural Affairs;
H.E. Dr. Khosrow Hakimi, Deputy Secretary of the High Council for Human Rights and advisor to the Chief of the Judiciary;
H.E. Mr. Hossein Ali Amiri, Acting Minister, Ministry of Interior;
H.E. Dr. Mohammad Taghi Hosseini, Acting Minister for International Affairs, Ministry of Cooperatives, Labour and Social Welfare;
Mr. Hossein Entezami, Deputy on Press Affairs, Ministry of Culture and Islamic Guidance;
H.E. Mr. Kazem Gharib Abadi, Deputy Secretary General of the High Council for Human Rights on International Affairs;
H.E. Mr.Seyed Ali Raeisolsadati, Deputy on Coordination, Ministry of Justice;
Mr. Jamal Ansari, Chief of Justice of Qazvin;
Mr. Hassan Rahimi, Director General for Public Relations and Protocol of the Judiciary;
Mr. Seyed Mohammad Mir-Zamani Dekhordi, Advisor, Secretary of the High Council for Human Rights;
Mr. Ahmad Bina, Advisor, Secretary of the High Council for Human Rights;
Mr. Mohsen Ghanei, Third Counsellor, Permanent Mission of the Islamic Republic of Iran, Geneva;
Mr. Mohammad Zareain, First Secretary, Permanent Mission of the Islamic Republic of Iran, Geneva;
Ms. Zahra Ershadi, Second Secretary, Permanent Mission of the Islamic Republic of Iran, Geneva;
Ms. Behrokh Roihani Ardeshiri;
Mr. Hassan Dayai-Fard, Chief of Staff to the Head of the High Council for Human Rights;
Mr. Meysam Eslampanah, Expert, High Council for Human Rights;
Mr. Hamed Esmaeilpour, Expert, Ministry of Foreign Affairs of the Islamic Republic of Iran;
Mohsen Mehrzad, Expert, High Council for Human Rights;
Mr. Amir Hossein Shahmir, Interpreter;
Mr. Faramarz Hejazi, Interpreter;
Mr. Mohammad Javad Norouzpoor, Website Administrator;
Mr. Hamdi Pirmoradi, Assistant;
Mr. Ali Riyahi, Assistant;
Mr. Mojtabe Nouraya, Assistant.