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Introducción

3

Resumen de las deliberaciones del proceso de examen

3

A.Exposición del Estado examinado

3

B.Diálogo interactivo y respuestas del Estado examinado

7

Conclusiones y recomendaciones

17

Anexo

Composition of the delegation

29

Introducción

1.El Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, establecido de conformidad con la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos, celebró su 22º período de sesiones del 4 al 15 de mayo de 2015. El examen de Mongolia se llevó a cabo en la cuarta sesión, el 5 de mayo de 2015. La delegación de Mongolia estuvo encabezada por el Sr. Tsogoo Uugangerel. En su décima sesión, celebrada el 8 de mayo de 2015, el Grupo de Trabajo aprobó el informe sobre Mongolia.

2.El 13 de enero de 2015, el Consejo de Derechos Humanos eligió al siguiente grupo de relatores (troika) para facilitar el examen de Mongolia: Cuba, Países Bajos y Sierra Leona.

3.Con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 15 del anexo de la resolución 5/1 y el párrafo 5 del anexo de la resolución 16/21 del Consejo de Derechos Humanos, para el examen de Mongolia se publicaron los siguientes documentos:

a)Un informe nacional (A/HRC/WG.6/22/MNG/1);

b)Una recopilación preparada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) (A/HRC/WG.6/22/MNG/2);

c)Un resumen preparado por el ACNUDH (A/HRC/WG.6/22/MNG/3).

4.Por conducto de la troika se transmitió a Mongolia una lista de preguntas preparadas de antemano por Alemania, Eslovenia, España, Liechtenstein, México, Noruega, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la República Checa, Suecia y Suiza. Esas preguntas pueden consultarse en la extranet del Grupo de Trabajo.

I.Resumen de las deliberaciones del proceso de examen

A.Exposición del Estado examinado

5.La delegación de Mongolia indicó que las recomendaciones del examen periódico universal constituirían un derecho blando, un sistema de autocontrol para el Gobierno y un instrumento para que las organizaciones de la sociedad civil exigiesen al Gobierno una aplicación efectiva.

6.A raíz del primer examen periódico universal, Mongolia aprobó un plan de acción para aplicar las recomendaciones. Los interesados del sector privado, el sector público y las organizaciones no gubernamentales (ONG) hicieron cuanto estuvo a su alcance para que el plan y las recomendaciones se aplicaran con buenos resultados. Las actividades de esa colaboración se incluyeron en el informe voluntario de mitad de período presentado al Consejo de Derechos Humanos en mayo de 2014. La delegación de Mongolia resaltó un foro que consolidó a más de 40 ONG de derechos humanos que llevaban a cabo actividades sostenibles para mejorar la situación de los derechos humanos en el país. Esta experiencia de cooperación con las ONG en Mongolia ofrecía un ejemplo del modo en que el examen periódico universal ayudaba a intensificar la comprensión y la confianza mutuas entre los organismos gubernamentales y las ONG de derechos humanos.

7.En 2012, Mongolia se adhirió al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte. En 2014, Mongolia ratificó la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, conforme a las recomendaciones del primer examen periódico universal y los compromisos asumidos voluntariamente por el país en su calidad de candidato a la elección en 2015 para el Consejo de Derechos Humanos.

8.Desde la presentación del informe nacional correspondiente al segundo ciclo del examen periódico universal, el Gran Jural del Estado (Parlamento) de Mongolia había ratificado en abril el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones, y en mayo, el Convenio de Minamata sobre el Mercurio. Además, se prevé finalizar el presente año la ratificación en el plano nacional del Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre seguridad y salud en las minas, 1995 (núm. 176) y las enmiendas de Kampala del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

9.En 2012, Mongolia emprendió una reforma jurídica amplia, que le llevó a promulgar varias leyes y reglamentos encaminados a garantizar los derechos humanos. Como parte de ese proceso, el Parlamento de Mongolia estaba estudiando proyectos de ley en la esfera del derecho penal que incluían una revisión del Código Penal. La delegación de Mongolia señaló que se requería un proceso prolongado para que la reforma gozara del apoyo público, fuese transparente y sujeta a una supervisión independiente y contase con los recursos humanos y financieros suficientes.

10.En respuesta a una pregunta formulada de antemano con respecto a la pena de muerte, Mongolia reiteró su apoyo a la abolición de la pena de muerte. El 14 de enero de 2010, el Presidente de Mongolia declaró una moratoria y concedió el indulto a todas las personas condenadas a muerte antes de la moratoria. En el proyecto de Código Penal que estaba siendo examinado en el Parlamento, la pena de muerte ya no figuraba entre las sanciones penales.

11.La delegación de Mongolia estaba convencida de que, con la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en 2014 y la introducción de una vigilancia simultánea a cargo del Subcomité para la Prevención de la Tortura y el Mecanismo Nacional de Prevención, se establecería un proceso tangible para prevenir la tortura y exigir responsabilidades a quienes la perpetrasen. Además, se asignarían a la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Mongolia, basándose en la legislación pertinente del país y en su independencia del Gobierno, las funciones de mecanismo nacional de prevención en cumplimiento del Protocolo Facultativo. La delegación reconoció asimismo que la definición actual de la tortura no incluía todas las formas de tortura conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Convención contra la Tortura; sin embargo, el proyecto de Código Penal que estaba siendo examinado en el Parlamento ofrecía una definición de la tortura y unas sanciones aplicables por la responsabilidad al respecto que sí eran acordes con la Convención.

12.La delegación reconoció las críticas de las organizaciones de la sociedad civil con respecto a la disolución de la Unidad Especial de Investigación de la Fiscalía General, y la asignación de sus funciones a la Oficina de Lucha contra la Corrupción o a la Policía, según la naturaleza del delito. Además, se señaló que las víctimas de la tortura gozaban del derecho a ser indemnizadas por los daños materiales y morales causados por actos ilícitos del investigador, fiscal o juez.

13.En 2013 se aprobó un conjunto de leyes nuevas centradas en el poder judicial a fin de reforzar el derecho a un juicio imparcial e independiente, que incluían la separación por ley entre la administración de los tribunales y el procedimiento judicial, lo que garantizaba que los jueces no tuviesen que encargarse de la gestión de la administración y no resultasen influidos por ella. Además, todas las audiencias se grababan, al estar equipados los tribunales con vigilancia audiovisual. Las decisiones de los tribunales se publicaban en el sitio web del tribunal correspondiente, a excepción de las vistas judiciales celebradas a puerta cerrada de conformidad con la ley, lo que permitía a todos los interesados analizar y examinar las decisiones judiciales, la aplicación de las leyes y el ejercicio de los derechos de los participantes en las audiencias. También se estaban adoptando medidas para aumentar gradualmente los sueldos de los jueces.

14.En respuesta a una pregunta formulada de antemano con respecto a la trata de personas, la delegación explicó que en 2012 se promulgó la Ley de Lucha contra la Trata de Seres Humanos. Además de celebrar acuerdos bilaterales de cooperación con diferentes países para luchar contra los delitos de trata de seres humanos, en 2013 Mongolia promulgó legislación para prestar asistencia a los ciudadanos que fuesen víctimas de la trata en el extranjero.

15.La Ley de Igualdad de Género de 2011 incluía varias disposiciones para proteger y promover los derechos de la mujer, como la prohibición de todas las formas de discriminación contra la mujer en las esferas política, económica, social y familiar; también introdujo el requisito de que hubiese un cupo de mujeres en los niveles de adopción de decisiones de los ministerios, los organismos y las organizaciones de la administración local. La delegación de Mongolia señaló los importantes logros y progresos alcanzados en la igualdad de género desde la promulgación de esa Ley. Además, antes del proceso legislativo de la Ley y durante él, Mongolia organizó actividades y campañas de sensibilización pública. Un ejemplo de los resultados positivos de la promulgación de la Ley y las campañas de sensibilización era el aumento de las denuncias relativas al acoso sexual en los lugares de trabajo que recibió la Comisión Nacional de Derechos Humanos y fueron posteriormente remitidas a las fuerzas del orden para ser investigadas.

16.Mongolia estableció un Comité Nacional para la Igualdad de Género encabezado por el Primer Ministro, entre cuyas funciones se incluía la aplicación de la Ley y el Programa de Aplicación de Mediano Plazo, además de 49 Subcomités de Género que supervisaban la aplicación de la Ley en los ministerios, organismos y organizaciones de la administración local.

17.La delegación de Mongolia explicó el requisito de que hubiese un cupo del 20% de mujeres candidatas que figuraba en la Ley de Elecciones al Parlamento, y que en la actualidad había 11 parlamentarias. Se había puesto en marcha una campaña para legislar un cupo del 30% de mujeres candidatas en las elecciones parlamentarias y locales. Además, el 38% de las 1.300 empresas comerciales que eran miembros de la Cámara Nacional de Comercio e Industria de Mongolia estaban administradas por directoras generales mujeres.

18.En respuesta a una pregunta formulada de antemano con respecto a la violencia doméstica, la delegación explicó numerosas medidas que se habían adoptado para luchar contra ella, como un proyecto de ley al respecto que estaba siendo examinado por el Gran Jural del Estado. Además, con el fin de ayudar a las víctimas, se habían adoptado diversas medidas, entre ellas la creación de un centro de acogida para víctimas de la violencia doméstica establecido en Ulaanbaatar en 2014, y centros de acogida establecidos en siete provincias entre 2013 y 2014; 3 centros de servicios integrales que prestaban servicios médicos, psicológicos y jurídicos y asesoramiento en Ulaanbaatar y 1 en la provincia de Zavkhan; y el mantenimiento de líneas de atención telefónica (teléfonos 107 y 108) para prestar asistencia en situaciones de emergencia a las víctimas. También se había establecido una dependencia policial encargada de prevenir e investigar el maltrato de niños y la violencia doméstica, además de hacer públicas estadísticas sobre la violencia doméstica.

19.La delegación de Mongolia resaltó las revisiones de la Ley de Salud y la Ley de Prevención del Virus de la Inmunodeficiencia Humana y del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida que se aprobaron en 2011 y 2012, respectivamente. Esas leyes prohíben toda restricción de los derechos humanos y las libertades por motivo de la infección por el VIH o del sida y todas las formas de discriminación contra esas personas.

20.La delegación señaló que el trabajo infantil y los castigos corporales seguían siendo un problema en Mongolia. En 2011 se promulgó el Programa Nacional para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil y en el nuevo proyecto de Código del Trabajo figuraban disposiciones para prohibir el trabajo de los menores de 15 años.

21.La delegación de Mongolia explicó que no había registros oficiales de denuncias recibidas por la policía en relación con la discriminación de las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero (LGBT) ni sobre los presuntos casos de malos tratos y desestimación de sus denuncias por las fuerzas del orden y los órganos de supervisión. No obstante, seguía siendo necesaria una mayor atención para garantizar la aplicación efectiva de las recomendaciones formuladas por los órganos pertinentes creados en virtud de tratados y la Comisión Nacional de Derechos Humanos con respecto a los derechos de las personas LGBT en las esferas de la educación, el empleo y los servicios de salud y otras cuestiones necesarias para defender sus derechos humanos.

22.La delegación informó de que, a fin de mejorar los estándares de seguridad e higiene en la industria de la minería, el Gobierno había redactado y presentado al Parlamento enmiendas de la Ley de Seguridad y Salud Laborales. Se estableció asimismo un subcomité para tratar de cuestiones relacionadas con la seguridad y la salud en los sectores de la geología, la minería y el petróleo, además de elaborar reglamentos generales sobre la seguridad en las minas a cielo abierto, las minas subterráneas, los concentradores y las actividades con explosivos.

23.La delegación de Mongolia reconoció que había habido casos de utilización ilegal y no segura de mercurio en la minería, pero se habían adoptado en todo el país diversas medidas, como las inspecciones para detectar el uso ilícito de productos químicos. En 2014 se promulgó una norma nacional sobre el diagnóstico y el tratamiento del envenenamiento por mercurio. No obstante, Mongolia explicó que seguía siendo necesario acercar más los servicios médicos a los emplazamientos de las minas pequeñas y artesanales.

24.La delegación resaltó la importancia de lograr un equilibrio entre el desarrollo de los sectores agrícola y minero. Dado que la cuestión de las indemnizaciones del Gobierno era altamente prioritaria, se estableció un grupo de trabajo intersectorial que elaborase una propuesta para mejorar el sistema de indemnización y proteger el derecho de los pastores que corrían el riesgo de perder sus tierras de pastoreo o sus cuarteles de invierno debido a las actividades de prospección y extracción. Sin embargo, el Gobierno no podía intervenir mucho directamente, por ejemplo en el cálculo del valor monetario de los cuarteles de invierno de propiedad privada.

25.Una cuestión que suscitaba cada vez más preocupación, junto con el desarrollo de la industria minera, era el abastecimiento de agua. La delegación señaló numerosas medidas adoptadas con respecto a la utilización eficiente de los recursos hídricos, la protección y la conservación del abastecimiento de agua potable a las comunidades locales, la salubridad del agua y la seguridad hídrica. Además, se promulgó una ley específica que prohibía las actividades mineras dentro de ciertos límites, y en 2010, en virtud del Programa Nacional sobre el Agua, se concedió protección a 650 manantiales de agua.

26.Una cuestión de suma importancia para la ciudad de Ulaanbaatar era la contaminación atmosférica, ya que el 40% de la población residía en ella. El Fondo Aire Puro invirtió 88.820 millones de togrogs (45 millones de dólares de los Estados Unidos de América) a fin de reducir la contaminación atmosférica.

27.La Constitución, y también la Ley de Tierras, prohibían la expulsión forzosa de ciudadanos de las tierras de su propiedad y la expropiación posterior de esas tierras. El proyecto de renovación de los distritos de gers se había aplicado en 24 ubicaciones desde 2013, y contó con la participación y la colaboración de todos los interesados pertinentes durante la renovación y la adquisición de tierras. Además, las empresas de los proyectos solo podían adquirir la tierra de resultas de un contrato tripartito entre el propietario de la tierra, las empresas de los proyectos y el alcalde de la ciudad.

28.La Constitución establecía que los tratados internacionales ratificados por Mongolia o a los que se hubiese adherido tendrían la misma fuerza que las leyes internas. De 425 leyes actualmente en vigor, 159 incluían disposiciones generales que daban preferencia a los tratados internacionales por encima de la legislación nacional cuando había una disparidad entre ambos. A fin de resolver la cuestión de la compatibilidad entre la legislación nacional y los tratados internacionales, el Ministerio de Relaciones Exteriores estaba elaborando un proyecto de ley de tratados internacionales.

B.Diálogo interactivo y respuestas del Estado examinado

29.En el diálogo interactivo formularon declaraciones 64 delegaciones. Las recomendaciones formuladas durante el diálogo figuran en la sección II del presente informe.

30.La Argentina elogió la adhesión al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, la ratificación de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. También alentó a Mongolia a incorporar el artículo 14 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial en el nuevo proyecto de Código Penal que estaban estudiando las autoridades.

31.Australia elogió la seriedad de las respuestas al primer ciclo del examen periódico universal, especialmente las medidas encaminadas a ratificar los tratados internacionales y poner en marcha importantes reformas jurídicas y judiciales. Celebró la adhesión al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la aplicación de una moratoria con respecto a la pena de muerte. También celebró la aprobación de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Señaló algunas lagunas y problemas en la aplicación de la Ley contra la Violencia Doméstica.

32.Austria resaltó las labores en apoyo de la libertad de expresión y se refirió a la Conferencia de la Freedom Online Coalition que estaba teniendo lugar. Expresó su preocupación por los efectos del Sistema Unificado de Observaciones Publicadas en Sitios Web y las causas judiciales por difamación incoadas contra blogueros y periodistas, las condiciones generales de la privación de libertad y la prevención de la tortura y los malos tratos durante la prisión preventiva y la investigación de las denuncias al respecto.

33.Belarús elogió la aplicación de las recomendaciones del primer ciclo del examen periódico universal. Resaltó la amplia gama de medidas legislativas adoptadas entre los dos ciclos de examen, en particular la aprobación de la Ley de Lucha contra la Trata de Seres Humanos y la Ley contra la Violencia Doméstica.

34.A Bhután le complacía que se hubiese promulgado la Ley de Igualdad de Género a fin de aumentar las oportunidades de la mujer en las obras públicas, que ofrecía un marco jurídico para el empoderamiento de la mujer. Aplaudía las labores crecientes del Gobierno para combatir la violencia contra los niños, en particular los niños con discapacidad.

35.El Brasil elogió la ratificación del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la aplicación del Programa Nacional para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil, como había recomendado en el primer ciclo del examen periódico universal. Agradeció la adhesión a la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Y celebró que se hubiesen promulgado la Ley de Igualdad de Género y la Ley contra la Violencia Doméstica. Pero señaló que la discriminación y la violencia contra las personas LGBT seguían siendo un problema.

36.El Canadá señaló que, aunque Mongolia había aceptado sus recomendaciones del primer ciclo del examen periódico universal sobre la pena de muerte y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, no se había adoptado ninguna medida con respecto a ninguna de las dos cuestiones.

37.Chile elogió los progresos realizados en la adhesión a instrumentos internacionales y el fortalecimiento de las instituciones de derechos humanos. Señaló que esto se reflejaba en el informe nacional como una prioridad, sobre todo en cuanto a la promoción de la educación en materia de derechos humanos.

38.China encomió las reformas judiciales de Mongolia en la lucha contra la violencia doméstica y la trata, la protección de los derechos de las mujeres y los niños y la promoción del estado de derecho para proteger el medio ambiente en relación con la contaminación de las aguas y la desertificación. Exhortó a la comunidad internacional a que prestara apoyo a Mongolia en la promoción de los derechos humanos.

39.Costa Rica reconocía la ratificación de tres instrumentos internacionales fundamentales de derechos humanos. Alentó a armonizar la legislación nacional y adoptar las medidas necesarias para abolir la pena de muerte. También advirtió la reforma del poder judicial, aunque persistían algunos problemas. Expresó preocupación por el hecho de que los medios de comunicación locales y nacionales sufriesen violaciones de su derecho a la libertad de expresión.

40.La República Checa expresó su agradecimiento por las respuestas de la delegación a algunas de las preguntas que le había formulado de antemano.

41.La República Popular Democrática de Corea advirtió los avances importantes logrados en la esfera de los derechos humanos, en particular en la aplicación de las recomendaciones aceptadas con motivo del primer examen periódico universal. Encomió la aprobación de la Ley de Igualdad de Género y las labores sostenidas para proteger los derechos de los niños, las mujeres y las personas con discapacidad.

42.Dinamarca felicitó a Mongolia por la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en febrero de 2015, lo que demostraba la determinación del Gobierno de avanzar en la prevención de la tortura. Destacó que la Iniciativa sobre la Convención contra la Tortura, un proceso de cooperación intergubernamental, estaba dispuesta a estudiar vías para ayudar al Gobierno de Mongolia a avanzar en las cuestiones relacionadas con la tortura.

43.Estonia destacó que la aplicación de las leyes recientemente aprobadas y la plena conformidad de la legislación nacional con las obligaciones internacionales eran de una importancia fundamental. Valoró positivamente el proyecto de ley en el que se despenalizaba la difamación, y solicitó que se aplicara con prontitud. Estonia invitó a las autoridades a que resolvieran de manera efectiva las cuestiones de la violencia contra los niños, el trabajo infantil y el derecho de los niños con discapacidad a una educación inclusiva.

44.Francia celebró que Mongolia hubiese ratificado la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

45.Alemania celebró que se hubiese avanzado en la supresión del proyecto de Código Penal de las disposiciones relacionadas con la pena de muerte. Le seguía preocupando la impunidad en los casos de tortura y las denuncias de trabajo infantil en las minas, a pesar que estaba incluido en la lista de trabajos peligrosos para los niños. Alabó a Mongolia por su posición a favor de la protección de los derechos humanos en Internet.

46.Honduras acogió con satisfacción que se hubiesen prohibido los castigos corporales en la legislación en materia de educación y alentó a Mongolia a que hiciese lo posible por aprobar políticas que garantizasen la abolición de esa práctica en el hogar y la escuela. Compartía la preocupación del Comité de Derechos Humanos por la violencia contra la mujer.

47.Hungría reconocía que, desde el primer ciclo del examen periódico universal, Mongolia había adoptado medidas concretas para aplicar las recomendaciones, y que se habían logrado avances, en particular mediante la adhesión a tratados internacionales y la mejora de la legislación nacional. Concedía gran importancia al establecimiento de un mecanismo nacional de prevención eficaz de conformidad con el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

48.La India valoró diversas medidas legislativas y normativas que se habían adoptado con respecto a las reformas judiciales, la lucha contra la trata y la consecución de la paridad de los géneros. Pidió a Mongolia que proporcionara información detallada sobre la aplicación del Programa Nacional de Seguridad Alimentaria y sobre su experiencia en cuanto al funcionamiento de la línea de ayuda telefónica para los niños en apuros.

49.Indonesia celebró que el informe nacional fuese resultado de un diálogo inclusivo en el que había colaborado una amplia gama de ministerios, organismos y ONG. Expresó la opinión de que una mayor interacción y diálogo entre los interesados pertinentes ofrecería una oportunidad de lograr una mayor interpretación común de los objetivos y programas nacionales para seguir impulsando las iniciativas nacionales.

50.El Iraq valoraba las medidas adoptadas en la esfera de los derechos humanos, entre otras la aprobación de leyes destinadas a garantizar la igualdad de género y la legislación contra la trata de personas, así como las reformas judiciales. También alabó a Mongolia por sus labores para hacer frente a la violencia doméstica, las medidas de lucha contra la corrupción y las leyes para proteger mejor a los niños. Celebró asimismo el Plan de Acción Nacional sobre la Discapacidad.

51.Irlanda acogió con satisfacción que se hubiese presentado un informe voluntario de mitad del período, la reciente ratificación de instrumentos internacionales de derechos humanos y la moratoria de las ejecuciones impuesta en 2010. Alentó a Mongolia a abolir la pena de muerte en la legislación y en la práctica. Expresó preocupación por la falta de una legislación general de lucha contra la discriminación y por las actitudes sociales hacia una serie de grupos vulnerables. Mostró preocupación por algunas restricciones impuestas a la libertad de expresión y de opinión.

52.Italia celebró la moratoria impuesta a la ejecución de las penas capitales y la ratificación del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Valoraba las medidas adoptadas para promover los derechos de la mujer.

53.El Japón felicitó a Mongolia por la ratificación de diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, como la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, y por el establecimiento de diversas leyes relacionadas con los derechos humanos, por ejemplo el nuevo Código Penal. El Japón esperaba una aplicación constante de esa legislación y el establecimiento del estado de derecho.

54.Kuwait alabó a Mongolia por todos los esfuerzos desplegados en la elaboración del informe, que ponían de manifiesto los importantes progresos realizados desde el examen anterior. Alabó en particular los esfuerzos para ampliar la protección de los derechos humanos, en particular la ratificación de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

55.La República Democrática Popular Lao se complacía en observar que, desde el examen periódico universal anterior, Mongolia había adoptado medidas para poner en práctica un gran número de las recomendaciones aceptadas. Valoraba la ratificación de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la promoción de los derechos de los niños y las personas con discapacidad, el aumento de la igualdad de género, la igualdad de acceso entre hombres y mujeres a la enseñanza secundaria, la educación superior y la formación profesional, y la prevención y la lucha contra la violencia doméstica y la trata de personas.

56.Letonia encomió las labores para luchar contra la violencia doméstica y elogió el programa nacional de educación abierta, una medida importante para que las personas tengan acceso a la educación y la continúen independientemente del lugar del país en que se hallen.

57.Lituania acogió con satisfacción los progresos realizados, específicamente, la ratificación de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la moratoria de la pena de muerte desde 2010, la reforma judicial, y en la esfera del empoderamiento de la mujer. Sin embargo, le seguía preocupando el escaso número de casos de violencia doméstica instruidos por el sistema judicial.

58.A Malasia le complacían las labores y los avances realizados en la capacitación de los agentes del orden, la prevención de la incidencia de la trata y la lucha contra la violencia doméstica, que formaban parte de las recomendaciones aceptadas por Mongolia durante su primer examen periódico universal. Reconocía la firme determinación de Mongolia de prevenir la violencia doméstica y luchar contra ella, aunque los casos habían ido en aumento entre 2010 y 2014.

59.México tomó nota con satisfacción de los progresos logrados desde el primer examen y resaltó la adhesión y la ratificación de distintos tratados internacionales de derechos humanos. Reconocía las medidas encaminadas a reforzar la legislación nacional en la esfera de la trata de personas y la independencia del poder judicial.

60.Montenegro celebró los esfuerzos desplegados para reforzar el marco institucional y estratégico de los derechos humanos y la ratificación de varios tratados internacionales de derechos humanos. Encomió el hecho de que el Presidente, en el marco del Código Penal, hubiese establecido una moratoria sobre la pena de muerte en 2010. Refiriéndose a la información del Comité contra la Tortura de que había 44 personas en espera de ejecución, Montenegro deseaba saber si se había adoptado alguna medida a fin de conmutar la pena de muerte por penas de cadena perpetua.

61.Marruecos observaba con aprecio las iniciativas emprendidas en las esferas de la lucha contra la trata de personas y la igualdad de género en todos los sectores de la sociedad, en particular el establecimiento de cupos para la representación de la mujer en las instituciones del Estado. Celebraba la adhesión a la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura. Pidió información sobre las iniciativas adoptadas para el establecimiento del mecanismo nacional de prevención de la tortura según lo previsto en el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

62.A Namibia le complacía observar que se había promulgado la Ley de Igualdad de Género en 2011 y la posterior aprobación de una estrategia de mediano plazo y un plan de acción en 2013. También advertía complacida la moratoria sobre la pena de muerte y la presentación del nuevo Código Penal al Parlamento en julio de 2014, del que se habían eliminado todas las disposiciones relativas a la pena de muerte.

63.Nepal observó con aprecio la promulgación de diversas leyes, como la Ley de Igualdad de Género de 2011, la Ley de Lucha contra la Trata de Seres Humanos de 2012, la Ley de Testigos y Protección de Víctimas de 2013 y la Ley de Asistencia Jurídica para Acusados Indigentes de 2013. También valoraba las medidas adoptadas por el Gobierno para luchar contra la mortalidad materna y el trabajo infantil, la adhesión de Mongolia al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en 2012 y la moratoria de facto sobre la pena capital.

64.Los Países Bajos observaban con aprecio el aumento de la actividad internacional de Mongolia para promover los valores democráticos y estaban convencidos de que la organización de la Conferencia de Freedom Online tendría un efecto positivo para los derechos y libertades en línea, en Mongolia y en la región.

65.La delegación de Mongolia señaló las medidas adoptadas para abolir la pena capital, en concreto el proyecto de Código Penal que estaba siendo examinado por el Parlamento. Explicó con mayor detalle que todas las personas que habían sido condenadas a muerte habían sido indultadas por el Presidente y, por lo tanto, cumplirían una pena de prisión de 30 años de duración, al término de los cuales serían puestas en libertad.

66.La delegación reiteró que la tortura era objeto de honda preocupación en Mongolia y la adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en 2011 fue una de las muchas medidas del Gobierno encaminadas a acabar con todos los casos de tortura en el país. Había un total de 14 casos de tortura registrados y en 2014 se habían tramitado 2 casos. Además, la delegación reiteró la firme determinación de Mongolia de incluir el tema de la tortura en los planes de estudio. Así se había hecho ya en el plan de estudios de los agentes de la autoridad, pero también debería incluirse en el plan de estudios de los fiscales.

67.De conformidad con el Código Penal de Mongolia, se castigan los delitos motivados por prejuicios religiosos, sexuales o étnicos, y por lo tanto, en caso de producirse, el autor incurrirá en responsabilidad penal. A pesar de la falta de registros sobre la discriminación contra las personas LGBT, la delegación de Mongolia expresó la disposición de las instituciones encargadas de aplicar la ley de velar por la protección y promoción de los derechos de esas personas.

68.Mongolia tenía el firme convencimiento de que había de incrementar sus labores con el fin de promover los derechos del niño en el seno de la familia. Se habían incluido en el nuevo derecho de la familia disposiciones y cláusulas muy estrictas que limitaban y prohibían los castigos corporales de los niños en el seno de la familia.

69.A raíz de la promulgación de la Ley de Lucha contra la Trata de Seres Humanos en 2012, Mongolia alcanzó una nueva fase en su lucha contra la trata de personas.

70.La delegación de Mongolia explicó que el Código Penal no permitía privar de libertad a un sospechoso sin una resolución especial para arrestarlo o detenerlo dictada por un juez o fiscal. A pesar de las críticas de la población sobre casos de arresto o detención ilegales o injustificados de sospechosos, no había ningún registro de casos de esa índole.

71.En Mongolia, la lucha contra la violencia doméstica seguía recibiendo una atención especial, sobre todo por parte del Comité Nacional para la Igualdad entre los Géneros, que llevaba a cabo numerosas actividades a fin de crear conciencia pública sobre el problema, especialmente entre los jóvenes. Con la promulgación de la revisión de la Ley contra la Violencia Doméstica, Mongolia estaría en mejores condiciones de ocuparse por completo de todas las cuestiones relacionadas con la violencia doméstica, además de contar con un método y un instrumento nuevos para hacer frente al problema. No obstante, en cuanto a las responsabilidades y las sanciones de los autores de actos de violencia doméstica, se necesitaba una coordinación más eficaz entre las leyes nacionales, especialmente en lo que se refería a los mandatos de las fuerzas del orden.

72.La seguridad alimentaria seguía siendo un problema de suma importancia en Mongolia. El Gobierno había aprobado numerosos documentos de política relativos a la seguridad alimentaria y sanitaria en el país, entre ellos el Programa Nacional de Seguridad Alimentaria. Además, en 21 provincias, incluidos 8 pasos fronterizos, se habían establecido laboratorios equipados para inspeccionar los alimentos a fin de garantizar la inocuidad alimentaria con arreglo a las normas internacionales.

73.El Níger felicitó a Mongolia por la aprobación de varias leyes relativas a la reforma de la justicia en 2013 y celebró la ratificación de varios instrumentos internacionales, así como los esfuerzos desplegados para lograr una mejor coordinación con los órganos de tratados. Como consecuencia, el poder judicial quedaría reforzado en cuanto a los recursos humanos y materiales, la transparencia y la independencia.

74.Noruega agradeció las medidas adoptadas para proteger aún más los derechos humanos, en particular la aprobación y la reciente ratificación de convenciones de derechos humanos de las Naciones Unidas, y los programas nacionales destinados a proteger los derechos de las mujeres, los niños y las personas con discapacidad. También valoraba las medidas encaminadas a establecer un proceso participativo e inclusivo de consulta con la sociedad civil para el examen periódico universal.

75.El Pakistán agradeció el empeño del Gobierno en la aprobación de la Ley de Igualdad de Género, la Ley de Lucha contra la Trata de Seres Humanos, la Ley de Testigos y Protección de Víctimas y la Ley de Inocuidad de los Productos Alimentarios, y el establecimiento de un centro de asistencia jurídica y medidas administrativas para proteger los derechos de las mujeres y promover su participación en el plano de la adopción de decisiones. También elogió la aprobación del Programa Nacional para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil y para el Desarrollo de los Niños.

76.El Paraguay acogió con satisfacción la actitud receptiva y la labor realizada con la Relatora Especial sobre la extrema pobreza y los derechos humanos y otros titulares de mandatos. Celebraba los avances en la lucha contra la pobreza, la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la entrada en vigor en 2012 del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte. Compartía la preocupación con respecto a la violencia doméstica y alentó a Mongolia a seguir adoptando medidas principalmente para la atención a las víctimas.

77.Filipinas alentaba las medidas positivas adoptadas en favor de la igualdad de género y la participación de la mujer en la función pública. Advertía la promulgación de la Ley de Igualdad de Género y también valoraba las medidas para hacer frente a la violencia doméstica. Sin embargo, le preocupaba el número de denuncias de violencia doméstica, que seguía siendo elevado. Celebraba la promulgación de la Ley de Lucha contra la Trata de Seres Humanos.

78.Polonia acogía con satisfacción las mejoras del entorno jurídico, la promulgación de la Ley de Igualdad de Género, la Ley de Lucha contra la Trata de Seres Humanos y la Ley de Asistencia Jurídica para Acusados Indigentes y la adhesión a tratados internacionales. Pero seguía preocupada por la explotación de niños y su trabajo en condiciones peligrosas.

79.Portugal celebraba la ratificación del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Señaló que, aunque se había ratificado el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la legislación interna de Mongolia aún no se había modificado en consecuencia.

80.La República de Corea advirtió la ratificación y adhesión a los principales instrumentos internacionales de derechos humanos y la promulgación de nuevas leyes y reglamentos internos, entre ellos la Ley de Igualdad de Género y el Plan de Acción Nacional 2012-2016 para la Eliminación del Trabajo Infantil. Abrigaba la esperanza de que esas medidas legislativas e institucionales se pudiesen llevar plenamente a la práctica a fin de mejorar la situación de los derechos humanos en todas las esferas.

81.La República de Moldova se refirió a los cambios jurídicos y estructurales llevados a cabo desde el primer examen para incrementar la protección de los derechos humanos, como la adhesión al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, y la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. También celebró la promulgación de la Ley de Lucha contra la Trata de Seres Humanos y la aprobación del Programa Nacional de Lucha contra la Violencia Doméstica.

82.Rumania encomió a Mongolia por la ratificación del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y por las elecciones presidenciales de 2013. Tomó nota de la determinación de las autoridades de Mongolia, expresada en el informe nacional, de defender los estándares más rigurosos de derechos humanos.

83.La Federación de Rusia tomó nota de las medidas adoptadas por el Gobierno para proteger los derechos y libertades de los ciudadanos y celebró la reforma del sistema judicial. También celebró la creación de instituciones nuevas para la promoción de los derechos humanos y la adhesión a tratados internacionales.

84.Rwanda felicitó a Mongolia por la ratificación del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Valoró también que hubiese aumentado la participación de la mujer en la vida política, al haber pasado en 2012 de 3 a 11 el número de mujeres elegidas parlamentarias.

85.Serbia reconocía las labores realizadas para promover y proteger los derechos humanos desde el primer ciclo del examen periódico universal. Encomió a Mongolia por la aprobación de la Ley contra la Violencia Doméstica de 2004.

86.Sierra Leona encomió a Mongolia por haber implantado una moratoria sobre la pena de muerte y haber ratificado el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Advirtió las medidas adoptadas con miras a ofrecer igualdad de acceso a la educación y aprobar la Ley de Igualdad de Género. Alentó a Mongolia a aprobar una definición de la tortura y unas normas sobre el trabajo infantil conformes con las normas internacionales.

87.Singapur reconoció los avances y progresos realizados desde el examen anterior en relación con la mejora de los derechos de la mujer, la reducción de la morbilidad materna y el aumento de la transparencia y la rendición de cuentas en los servicios públicos.

88.Eslovaquia celebró las medidas adoptadas para reforzar la protección de los derechos humanos en el plano nacional, en particular mediante la adhesión a tratados internacionales. Reconociendo las labores encaminadas a mejorar el derecho de acceso a la información, instó a las autoridades a que perseverasen en la aplicación de la legislación sobre los medios de comunicación y el acceso a la información.

89.Eslovenia observó que Mongolia aplicaba la mayoría de las recomendaciones del primer ciclo del examen periódico universal y la encomió por los progresos logrados en la protección de los derechos de las personas con discapacidad y la promoción del derecho a la educación. Aunque advertía que se había aprobado la Ley de Igualdad de Género, expresó preocupación por el hecho de que la violencia de género y doméstica siguiesen siendo un problema grave.

90.España felicitó a Mongolia por la ratificación del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y por haber establecido una moratoria sobre la pena de muerte y haber instituido un marco jurídico para proteger a las mujeres contra la violencia.

91.Suecia se refirió a las recomendaciones formuladas por los órganos de tratados de las Naciones Unidas, en particular el Comité de los Derechos del Niño, en lo que respecta a la prohibición de todas las formas de castigo corporal. También manifestó preocupación por la situación de los derechos humanos en los distritos de gers.

92.Suiza acogió con satisfacción que se hubiesen ratificado tratados internacionales, principalmente el Convenio de Minamata sobre el Mercurio y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. También advertía los esfuerzos desplegados para luchar contra la violencia doméstica. No obstante, lamentaba la aplicación de la legislación sobre la difamación.

93.Tailandia encomió a Mongolia por la legislación y las iniciativas destinadas a promover los derechos de grupos vulnerables. Tomó nota de los problemas que seguía habiendo en esferas como la discriminación y la violencia doméstica e instó a Mongolia a que tratara de conseguir la aplicación efectiva de las leyes en vigor.

94.A Timor-Leste le complacía observar los progresos logrados por Mongolia, en particular la aprobación de legislación para combatir la trata de personas.

95.Turquía felicitó a Mongolia por los logros alcanzados en la esfera de los derechos humanos, en referencia a la abolición de la pena de muerte y su trayectoria impresionante en cuanto a la celebración de elecciones libres y limpias. También observó con satisfacción los avances en la adhesión a tratados internacionales y los esfuerzos desplegados para armonizar la legislación con los instrumentos internacionales.

96.Turkmenistán acogió con beneplácito las labores realizadas por Mongolia con miras a reforzar los mecanismos legislativos e institucionales para la protección de los derechos humanos.

97.El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte reconoció los progresos realizados desde el anterior examen periódico universal, entre ellos el establecimiento de una División de Derechos Humanos. Le complacía observar que Mongolia había mantenido una moratoria sobre la pena de muerte. Si bien acogía con satisfacción las medidas legislativas adoptadas para tipificar como delito la discriminación de grupos minoritarios, alentó a Mongolia a promulgar rápidamente una legislación contra la discriminación que protegiese a las minorías.

98.A los Estados Unidos de América les infundía estímulo el liderazgo de Mongolia en la Freedom Online Coalition y la Comunidad de Democracias y las medidas adoptadas para promover los derechos de las mujeres y las personas con discapacidad. Les preocupaban la violencia contra las personas LGBT y las sanciones excesivas que llevaban aparejadas las demandas por difamación.

99.El Uruguay celebró que se hubiesen ratificado el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Señaló también que la Ley de Igualdad de Género era un mecanismo importante que permitía prohibir la discriminación directa e indirecta.

100.La República Bolivariana de Venezuela puso de relieve los progresos logrados desde el primer ciclo del examen periódico universal, a saber, la adhesión al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la aprobación de la Ley de Igualdad de Género y la Ley de Lucha contra la Trata de Seres Humanos, además de los programas nacionales contra la trata de personas y las medidas encaminadas a poner freno a la pobreza.

101.Argelia señaló los progresos en la protección y promoción de los derechos humanos y las medidas para prevenir y combatir la violencia doméstica en el marco del programa nacional. También encomió a Mongolia por las reformas del sistema de justicia.

102.La delegación de Mongolia habló de una política para proporcionar a los niños con discapacidad un acceso a la educación en condiciones igualitarias que se disponía en 35 leyes y 20 programas nacionales, como el Plan de Acción del Gobierno 2012‑2016, y el Plan General de Educación. Asimismo, el Gobierno asignaba una alta prioridad a la capacitación del personal docente, además de los continuos esfuerzos desplegados para aumentar los niveles de sueldos de quienes imparten enseñanza a niños con discapacidad. También había un plan encaminado a establecer un centro nacional de educación para los niños con discapacidad con un presupuesto de 50 millones de dólares a fin de aumentar la calidad de la salud y la educación.

103.En lo que respecta a la cuestión de la tortura, la delegación de Mongolia indicó que la Policía Nacional tenía la firme determinación de aumentar la cualificación profesional, la preparación y la formación de su personal en relación con la cuestión de la tortura mediante la inclusión en los planes de estudio anuales de un tema obligatorio sobre los derechos humanos. El curso giraba en torno al modo de garantizar la seguridad pública velando al mismo tiempo por el respeto de los derechos humanos. Ese tipo de capacitación se impartía en colaboración con organizaciones como la Comisión Nacional de Derechos Humanos y Amnistía Internacional, con el fin de establecer un programa de capacitación especializada que se utilizaría para capacitar a los agentes del orden de los distritos locales en la aplicación de los principios de derechos humanos en las prácticas de investigación e inspección. Además, se adoptaron medidas adicionales a fin de garantizar la accesibilidad pública y el seguimiento de los procesos de denuncia, como la cooperación con instituciones representativas de los ciudadanos y la creación de un sitio web de policía “inteligente” dentro del Departamento de Policía de la Ciudad Capital.

104.En cuanto a la situación de los derechos de las personas LGBT en Mongolia, la delegación señaló que el Gobierno se había esforzado por garantizarlos desde el primer ciclo del examen periódico universal. Además, resaltó que agradecía todas las recomendaciones relativas a la disposición del Código Penal sobre la eliminación de todas las formas de discriminación de las minorías sexuales y las personas LGBT.

105.Refiriéndose a la Ley de Igualdad de Género, la delegación habló de una nueva disposición del Código del Trabajo concebida para prevenir el acoso sexual en el trabajo, además de la responsabilidad específica de los autores de ese delito. Reconoció asimismo la necesidad de nuevas enmiendas que dispusiesen la igualdad entre las funciones de los miembros de la familia en el hogar.

106.En cuanto al derecho a la libertad de expresión, la delegación resaltó que en Mongolia, de un total de 3 millones de habitantes, 2 millones eran usuarios de Internet y 1,8 millones, usuarios de teléfonos inteligentes. Además, los ciudadanos de Mongolia tenían acceso a todos los medios sociales y disfrutaban del derecho a expresar por completo sus opiniones por conducto de los medios sociales.

107.La Policía Nacional asignaba una prioridad elevada a la seguridad de los ciudadanos extranjeros que residían temporal o permanentemente en el país. Además, en caso de que un ciudadano extranjero sufriese cualquier problema, tenía derecho a informar al departamento de policía en un plazo de 24 horas para solicitar una investigación, asesoramiento jurídico e información a fin de proteger sus derechos Asimismo, según el Código de Procedimiento Penal, los ciudadanos extranjeros residentes en Mongolia tenían derecho a expresarse en su idioma materno durante el proceso judicial.

II.Conclusiones y recomendaciones * *

108. Mongolia examinará las recomendaciones que figuran a continuación y les dará respuesta a su debido tiempo, pero a más tardar en el 30º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, qu e se celebrará en septiembre de  2015:

108.1 Elevar el rango de la declaración de reconocimiento del artículo  14 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (Estonia);

108.2 Adoptar todas las medidas necesarias para cumplir sus obligaciones establecidas en el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Namibia);

108.3 Modificar su legislación de conformidad con el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, lo antes posible (Portugal);

108.4 Ratificar los artículos 21 y 22 de la Convención contra la Tortura (Argelia);

108.5 Reconocer la competencia del Comité contra la Tortura y formular la declaración prevista en los artículos 21 y 22 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Polonia);

108.6 Formular la declaración relativa al artículo 22 de la Convención contra la Tortura a fin de reconocer la competencia del Comité contra la Tortura de recibir comunicaciones individuales (Dinamarca);

108.7 Establecer un mecanismo nacional de prevención sólido y con recursos suficientes, de conformidad con el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (República Checa);

108.8 Ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones (Montenegro; Portugal; Tailandia);

108.9 Ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (ICRMW) (Paraguay);

108.10 Adherirse a la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (Uruguay);

108.11 Acelerar el proceso de ratificación de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (Argelia);

108.12 Analizar la posibilidad de ra tificar la ICRMW y el Convenio n úm. 189 de la OIT (Filipinas);

108.13 Considerar la posibilidad de adherirse a la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, a fin de garantizar un enfoque integral de los derechos de los trabajadores migratorios (Indonesia);

108.14 Ratificar la ICRMW, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas (Sierra Leona);

108.15 Considerar favorablemente la posibilidad de adherirse a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia (Noruega);

108.16 Acelerar el proceso de adhesión a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967 y promulgar legislación para proteger a los solicitantes de asilo y refugiados, independientemente del país de origen (Canadá);

108.17 Armonizar plenamente su legislación nacional con el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI) y ratificar el Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades de la Corte (Estonia);

108.18 Incorporar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional en el derecho interno (Portugal);

108.19 Aprobar una legislación integral de lucha contra la discriminación a fin de evitar todas las formas de discriminación por motivo del origen étnico, la religión, la orientación sexual o la identidad de género, el idioma, la opinión política o la discapacidad mental o física (Chile);

108.20 Aprobar una legislación integral para luchar contra la discriminación y adoptar medidas para que se alcance en la práctica la igualdad consagrada en esa legislación o en la ley en vigor (Irlanda);

108.21 Promulgar legislación integral contra la discriminación que proteja los derechos de todos los miembros de grupos minoritarios, incluidas las personas LGBT (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte);

108.22 Acelerar el proceso de promulgación del nuevo Código Penal (Turquía);

108.23 Apurar su labor positiva de revisión del Código Penal y otros marcos jurídicos necesarios, y aplicarlos después efectivamente, a fin de garantizar un marco jurídico y una cultura de los derechos humanos que promuevan la igualdad y la seguridad para todos (Noruega);

108.24 Seguir protegiendo y promoviendo los derechos de los grupos vulnerables de la población, como los niños, las personas con discapacidad, las personas de edad avanzada y las mujeres (Federación de Rusia);

108.25 Revisar la legislación que regula la Comisión Nacional de Derechos Humanos e impulsar su capacidad para ajustarla a los Principios de París (Sierra Leona);

108.26 Continuar sus labores en la esfera de la formación y la capacitación en derechos humanos, en particular para los agentes de la autoridad (Marruecos);

108.27 Incluir capacitación sobre la formación en derechos humanos y la aplicación de los tratados internacionales en el programa de capacitación permanente y obligatoria para jueces y magistrados (México);

108.28 Reforzar el mandato de la Comisión de Derechos Humanos con miras a hacerla plenamente independiente y conforme con los Principios de París (Chile);

108.29 Prestar mayor apoyo a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para garantizar su independencia (Australia);

108.30 Dar continuidad al fortalecimiento de las instituciones y los mecanismos nacionales de derechos humanos (Nepal);

108.31 Adoptar las medidas necesarias a fin de aumentar la capacidad de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Mongolia para que pueda llevar a cabo su mandato de manera libre e independiente y cumplir con los Principios de París (Namibia);

108.32 Mejorar la labor de la Comisión Nacional de Derechos Humanos con miras a ajustarla a los Principios de París y reforzar su marco jurídico para luchar mejor contra la discriminación (Níger);

108.33 Continuar sus labores de reforzamiento de las instituciones de derechos humanos para lograr la efectividad plena de todos los derechos humanos en el país (Pakistán);

108.34 Cumplir los compromisos contraídos con arreglo a la legislación nacional para la protección de los ciudadanos más vulnerables, en particular los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad (Rumania);

108.35 Proseguir los esfuerzos para impartir educación y formación en derechos humanos a todos los niveles, en particular a los funcionarios públicos (Pakistán);

108.36 Examinar la posibilidad de crear un sistema de seguimiento de las recomendaciones internacionales, en particular las recomendaciones aceptadas del examen periódico universal (Paraguay);

108.37 Trabajar en el fortalecimiento de la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos (Turkmenistán);

108.38 Presentar su primer informe al Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura, que está pendiente desde 2003, a fin de iniciar el valioso diálogo con el Comité (Dinamarca);

108.39 Estudiar la posibilidad de una mayor cooperación con los mecanismos internacionales de vigilancia de los derechos humanos, en particular los órganos creados en virtud de tratados y los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos (Turkmenistán);

108.40 Participar activamente en los programas internacionales de asistencia técnica y fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos (Turkmenistán);

108.41 Introducir nueva legislación de lucha contra la discriminación por cualquier motivo (Uruguay);

108.42 Aprobar una legislación integral contra la discriminación por cualquier motivo, incluida la protección jurídica de las víctimas (República Checa);

108.43 Seguir poniendo en práctica medidas para la protección de los derechos de las mujeres y los niños (Japón);

108.44 Redoblar los esfuerzos por incrementar los efectos de las medidas adoptadas para hacer frente a las prácticas tradicionales discriminatorias y los estereotipos persistentes sobre las funciones y las responsabilidades de las mujeres y los hombres (Eslovenia);

108.45 Profundizar las medidas que velan por la aplicación efectiva de la legislación que garantiza la igualdad y la protección de la mujer (Argentina);

108.46 Continuar las labores para aumentar la protección de los derechos de la mujer (República Popular Democrática de Corea);

108.47 Seguir promoviendo la igualdad de género y la participación de la mujer en los servicios públicos (República Democrática Popular Lao);

108.48 Seguir aplicando políticas que alienten todavía más la participación plena y activa de la mujer en su sociedad y economía (Singapur);

108.49 Considerar la posibilidad de aprobar un plan de acción nacional sobre la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad relativa a la mujer, la paz y la seguridad (Portugal);

108.50 Luchar contra los discursos de odio que causan la discriminación racial y étnica y contra la violencia conexa (China);

108.51 Adoptar medidas efectivas para luchar contra la discriminación directa e indirecta sufrida por las personas que viven en los distritos de gers (Suecia);

108.52 Incrementar las medidas para garantizar la protección de los ciudadanos extranjeros contra cualquier forma de agresión y exigir responsabilidades a los culpables (República de Corea);

108.53 Combatir todas las formas de discriminación, incluida la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad sexual (Francia);

108.54 Elaborar la legislación pertinente para garantizar la protección efectiva de los derechos humanos de las personas LGBTI y realizar investigaciones imparciales sobre las denuncias de ataques contra ellas de acuerdo con la Relatora Especial sobre la extrema pobreza y los derechos humanos (Honduras);

108.55 Prohibir todas las formas de discriminación, incluida la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género (Eslovenia);

108.56 Garantizar que estén prohibidas todas las formas de discriminación, incluida la discriminación por motivos de orientación sexual, identidad de género y estado de salud (Timor-Leste);

108.57 Promover la igualdad en el disfrute de los derechos humanos de las personas LGBTI incorporándola en la legislación nacional (Uruguay);

108.58 Modificar su legislación penal para incluir los delitos de odio y de discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género (España);

108.59 Poner en marcha una campaña de sensibilización pública para combatir y prevenir la discriminación y la violencia contra las personas LGBT y promover la tolerancia (Brasil);

108.60 Redoblar sus esfuerzos por luchar contra la discriminación y la violencia por motivos de orientación sexual o identidad de género y reunir datos y ofrecer estadísticas e información a este respecto con carácter estructural (Países Bajos);

108.61 Adoptar medidas rápidas y efectivas, promulgando la legislación necesaria, a fin de prohibir, prevenir, castigar y abolir de forma explícita la discriminación por cualquier motivo, en particular por la condición de seropositivo, como se recomendó anteriormente (México) ;

108.62 Confirmar por ley la abolición de la pena de muerte en consonancia con el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, que Mongolia ha ratificado (Francia);

108.63 Aprobar legislación para abolir explícitamente la pena de muerte (Australia);

108.64 Enmendar el Código Penal con miras a abolir plenamente la pena de muerte (Italia);

108.65 Introducir la abolición total de la pena de muerte mediante una reforma jurídica (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte);

108.66 Revisar su legislación penal para abolir la pena de muerte a fin de reflejar el compromiso internacional que asumió con la ratificación del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Suecia);

108.67 Aprobar legislación, incluido un nuevo Código Penal, con el objetivo de abolir la pena de muerte en la legislación (Eslovaquia);

108.68Abolir de jure la pena de muerte para todos los delitos (Montenegro);

108.69 Abolir la pena de muerte y proporcionar a las familias de las personas ejecutadas la información desclasificada pertinente (Lituania);

108.70 Desclasificar la información secreta del Estado sobre la pena de muerte (Portugal);

108.71 Incluir el marco internacional para la prevención de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes en la capacitación de los agentes del orden y otros funcionarios públicos y en el programa de formación permanente de jueces y abogados (México);

108.72 Incrementar la persecución penal de todas las denuncias de tortura y mejorar las condiciones de los centros de detención y las cárceles y reforzar las salvaguardias legales de que disponen las víctimas de la tortura (República Checa);

108.73 Establecer programas de sensibilización destinados a las fuerzas de policía a fin de prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y crear mecanismos de investigación eficaces para luchar contra la impunidad en esa esfera (Francia);

108.74 Considerar la posibilidad de modificar su Código Penal para incluir una definición de la tortura como delito (Hungría);

108.75 Establecer un mecanismo independiente para la investigación de las denuncias de tortura y malos tratos en consonancia con las prescripciones del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, ratificado recientemente (Austria);

108.76 Velar por que no se toleren la tortura ni los malos tratos infligidos por funcionarios públicos y por que sean investigados todos los presuntos autores de actos de tortura (Timor-Leste);

108.77 Establecer un mecanismo independiente de investigación de las denuncias de tortura y otros tratos crueles e inhumanos o degradantes cometidos por las fuerzas de policía y para prevenir las infracciones de esa índole cometidas por agentes públicos (Suiza);

108.78 Velar por que todas las quejas o denuncias de torturas y otros malos tratos sean investigadas a fondo por un organismo independiente, y que los responsables rindan cuentas. Esas investigaciones deberían ser realizadas por personal competente, imparcial e independiente de los presuntos autores y del organismo al que pertenezcan (Suecia);

108.79 Incrementar las medidas destinadas a prevenir los casos de tortura y malos tratos infligidos por funcionarios públicos y velar por que todas las denuncias se investiguen pronta y exhaustivamente a fin de llevar a los responsables ante la justicia (Italia);

108.80 Seguir adoptando medidas para erradicar el uso de la tortura y otras formas de malos tratos, en particular mediante la capacitación y la formación de las fuerzas del orden (Costa Rica);

108.81 Establecer mecanismos judiciales y de otra índole para investigar las denuncias de tortura, brutalidad policial y detención arbitraria (Canadá);

108.82 Adoptar las medidas adecuadas para mejorar el trato de las personas presas (Japón);

108.83 Aprobar legislación para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra los niños (Timor-Leste);

108.84 Mantener la labor intensa en la lucha contra la violencia doméstica (Belarús);

108.85 Redoblar los esfuerzos por reducir los casos de violencia doméstica (Filipinas);

108.86 Seguir proponiendo más medidas para eliminar la violencia doméstica y de género y la discriminación contra la mujer y garantizar una mayor representación de la mujer en todos los sectores de la sociedad mediante la aplicación plena de la Ley de Igualdad de Género (República de Corea);

108.87 Redoblar los esfuerzos por prevenir la violencia de género y doméstica tipificando la violación conyugal y el acoso sexual y ofreciendo a las víctimas acceso a la justicia, asistencia y protección, y velando por que los casos sean investigados adecuadamente y sus autores enjuiciados debidamente (Eslovenia);

108.88 Aprobar una estrategia nacional específica para combatir todas las formas de violencia contra la mujer que promueva las actividades de sensibilización relacionadas con la Ley contra la Violencia Doméstica y ponerla en práctica activamente (Turquía);

108.89 Seguir reforzando la protección de las personas supervivientes de la violencia doméstica y cursar una invitación a la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias para que visite Mongolia (Estados Unidos de América);

108.90 Proseguir sus labores en la esfera de la lucha contra la violencia doméstica (Letonia);

108.91 Reforzar los mecanismos para detectar e investigar los casos de violencia doméstica y capacitar a los agente del orden para ocuparse de esos casos (República de Moldova);

108.92 Aplicar efectivamente las leyes vigentes en la esfera de la violencia doméstica y reforzar las actividades de prevención y proteger a las víctimas, entre otros medios estableciendo centros de protección en zonas alejadas (Suiza);

108.93 Aprobar el proyecto de ley sobre la violencia doméstica que se halla en el Parlamento para tipificarla como delito, proteger mejor a las víctimas y garantizar que se enjuicie a los autores (Australia);

108.94 Reforzar los mecanismos de prevención de la violencia doméstica, en particular centrándose en la sensibilización para aumentar la conciencia respecto de ese tema (España);

108.95 Eliminar los obstáculos para acceder a los recursos legales contra la violencia doméstica, entre otros medios aumentando la colaboración entre las instituciones pertinentes y revisando los requisitos probatorios, y garantizar que se cumplan las órdenes de alejamiento (Austria);

108.96 Mejorar el acceso de las víctimas de la violencia doméstica a una protección y reparación efectivas, reforzar la capacidad de enjuiciamiento de los autores de actos de violencia doméstica y tipificar como delito la violación conyugal (República Checa);

108.97 Velar por la aplicación efectiva de la legislación en vigor destinada a combatir la discriminación y la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Italia);

108.98 Considerar la posibilidad de establecer muchos más centros de acogida para las mujeres y los niños que solicitan protección contra la violencia doméstica (Malasia);

108.99 Seguir reforzando la legislación nacional para combatir la violencia doméstica (Federación de Rusia);

108.100 Elaborar un marco jurídico perfectamente definido para prevenir y combatir la violencia contra la mujer y crear un sistema de protección social para las víctimas de la violencia doméstica (Serbia);

108.101 Enmendar la legislación penal para tipificar como delito la violencia doméstica y velar por que las autoridades persigan la violencia doméstica a fin de exigir responsabilidades a los culpables y proporcionar una financiación adecuada a todos los servicios para las víctimas de la violencia doméstica (Eslovaquia);

108.102 Modificar la legislación penal para que la violencia doméstica constituya un delito (España);

108.103 Aprobar la revisión de la Ley contra la Violencia Doméstica, aumentar las campañas de sensibilización sobre la violencia doméstica y ampliar los servicios y la protección de las víctimas (Canadá);

108.104 Considerar la posibilidad de tipificar como delito la violencia doméstica y el acoso sexual y velar por que sus autores sean debidamente enjuiciados (Hungría);

108.105 Adoptar medidas legislativas para tipificar como delito la violencia doméstica, entendiendo por tal todas las formas de violencia en el hogar, incluidas las amenazas, el acoso sexual y el abuso sexual, y velar por que los autores sean sometidos a la acción de la justicia y las víctimas reciban atención, incluso en las zonas rurales (Paraguay);

108.106 Prohibir explícitamente los castigos corporales de los niños de conformidad con las recomendaciones del Comité contra la Tortura (CAT) (Chile);

108.107 Prohibir explícitamente todos los castigos corporales de los niños, incluso en el hogar (Suecia);

108.108 Adoptar medidas para prevenir efectivamente el trabajo infantil y proteger a los niños contra la explotación, especialmente contra el trabajo en condiciones laborales peligrosas (Alemania);

108.109 Impulsar la aplicación del Plan de Acción Nacional 2012-2016 para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil y considerar la posibilidad de establecer mecanismos de seguimiento (Italia);

108.110 Redoblar los esfuerzos por luchar contra el trabajo infantil y velar por que los niños no trabajen en condiciones laborales peligrosas, entre otros lugares en las minas artesanales (sector no estructurado) (Italia);

108.111 Proseguir su lucha contra el trabajo infantil, entre otros medios llevando a los empleadores ante la justicia, e introducir nuevas formas de disciplina no violentas para los niños en el hogar y en las escuelas (Lituania);

108.112 Estudiar estrategias para luchar contra el trabajo infantil (Noruega);

108.113 Combatir el trabajo infantil, en particular considerando delincuentes a los empleadores que hagan trabajar a niños en condiciones de explotación y llevarlos ante la justicia (Polonia);

108.114 Seguir velando por que los niños estén protegidos contra todas las formas de violencia y explotación, en particular contra el trabajo infantil en condiciones peligrosas (República de Corea);

108.115 Continuar sus labores en la esfera de la protección de los derechos del niño (Marruecos);

108.116 Aumentar la aplicación de la Ley de Lucha contra la Trata de Seres Humanos mediante el fortalecimiento de la capacidad de los agentes del orden de detectar y enjuiciar a los autores y la ampliación de los servicios para las víctimas (Canadá);

108.117 Aplicar la Ley de Lucha cont ra la Trata de Seres Humanos de  2012 y reforzar el sistema de represión y el sistema judicial, a fin de garantizar la investigación y el enjuiciamiento efectivos de los autores y prevenir la trata (Brasil);

108.118 Tipificar como delito todas las formas de trata de niños promulgando la legislación estricta contra la trata (Sierra Leona);

108.119 Aumentar las medidas de lucha contra la trata de personas, especialmente mujeres y niños, mediante la investigación y el enjuiciamiento apropiados de todos los casos de trata de personas (Malasia);

108.120 Asignar todos los recursos humanos y materiales necesarios para luchar contra la trata de personas (Honduras);

108.121 Adoptar medidas presupuestarias, administrativas y legislativas para garantizar el acceso de los testigos y las víctimas de la trata de personas a los servicios de asistencia judicial, protección y rehabilitación (México);

108.122 Seguir proporcionando recursos humanos y de otro tipo suficientes a sus programas de lucha contra la trata de personas (Filipinas);

108.123 Proporcionar capacitación a quienes participan en la administración y la impartición de justicia, para perseguir la trata de personas de conformidad con el nuevo marco regulador (artículo 113 del Código Penal), especialmente para garantizar que se investiguen todas las denuncias de trata de personas, incluidas las interpuestas contra agentes del orden, y para poner en marcha mecanismos de indemnización y rehabilitación de las víctimas (México);

108.124 Continuar la reforma del sistema judicial en consonancia con los compromisos internacionales contraídos por Mongolia (Federación de Rusia);

108.125 Seguir aumentando el acceso a la asistencia letrada por conducto de los centros establecidos en todas las provincias, proporcionándoles la financiación y los recursos humanos cualificados necesarios (Lituania);

108.126 Garantizar la independencia y eficacia de las investigaciones en los casos de tortura y malos tratos a fin de luchar contra la impunidad en esos casos y velar por que las víctimas de la tortura obtengan una indemnización y una rehabilitación adecuadas (Alemania);

108.127 Garantizar que todos los autores sean enjuiciados y las víctimas tengan acceso a reparación y protección inmediatas (Lituania);

108.128 Establecer un marco integral en materia de justicia juvenil que se ajuste a las normas internacionales (Sierra Leona);

108.129 Seguir adoptando medidas para prevenir y combatir la corrupción a fin de lograr un crecimiento equitativo y sostenible para su población (Singapur);

108.130 Investigar todos los casos de corrupción en el sistema judicial (Lituania);

108.131 Armonizar su legislación nacional en materia de libertad de expresión con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y garantizar la independencia de la Comisión de Regulación de las Comunicaciones (Suiza);

108.132 Velar por que las leyes y reglamentos relativos a la libertad de expresión estén en plena consonancia con las obligaciones de Mongolia en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y contemplar la posibilidad de despenalizar la difamación (Estados Unidos de América);

108.133 Garantizar la libertad de expresión, inclusive en Internet (Francia);

108.134 Garantizar el pleno respeto de los derechos humanos, incluido el derecho a la intimidad y el derecho a la libertad de expresión, en todos los aspectos de la regulación de Internet, y la sujeción de cualquier restricción de esos derechos a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad (Alemania);

108.135 Garantizar que los periodistas, los trabajadores de los medios de comunicación y los activistas de la sociedad civil puedan ejercer libremente sus actividades sin ningún temor de ser castigados, de conformidad con las normas internacionales (Estonia);

108.136 Despenalizar la difamación y establecer salvaguardias para que las críticas a las autoridades estatales y regionales o las informaciones sobre sus actividades no den lugar a persecución o acoso (República Checa);

108.137 Despenalizar la difamación y regularla en el Código Civil, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos (Irlanda);

108.138 Garantizar que la legislación penal sobre difamación no se utilice para silenciar a los críticos, y proteger a las fuentes de los periodistas y los denunciante de irregularidades (Austria);

108.139 Aplicar un plan de acción nacional que fortalezca la participación de la mujer en el nivel de adopción de decisiones políticas (Serbia);

108.140 Redoblar sus esfuerzos por incluir a la mujer en los procesos de adopción de decisiones y los puestos de alto nivel y velar por la inclusión de las personas con discapacidad en la educación y el empleo (Noruega);

108.141 Intensificar sus labores para aumentar la representación de la mujer en puestos con poder de decisión (Rwanda);

108.142 Adoptar medidas para asegurar la participación de la mujer en la política; entre otras cosas, por conducto de medidas de acción afirmativa y exigencia de cuotas (Costa Rica);

108.143 Seguir incrementando los programas sociales eficaces para mejorar la calidad de vida de su población, en particular de los más marginados (República Bolivariana de Venezuela);

108.144 Llevar a cabo las medidas necesarias para asegurar el desarrollo sostenible en sus centros urbanos, garantizando que haya servicios públicos básicos para la población más vulnerable, en particular los migrantes procedentes de zonas rurales (España);

108.145 Considerar la posibilidad de incrementar la prestación de atención primaria de la salud en los sistemas de salud nacional y subnacional, ampliar la cobertura y el acceso y hacer frente a los problemas relacionados con el sistema de salud (Bhután);

108.146 Seguir promoviendo los derechos de las mujeres y los niños y tratar de rebajar la tasa de mortalidad materna, que sigue siendo alta (Nepal);

108.147 Seguir tratando de reducir la morbilidad materna (República Popular Democrática de Corea);

108.148 Seguir adoptando medidas prácticas para reducir aún más las tasas de morbilidad materna, en particular en las zonas rurales (Singapur);

108.149 Continuar tratando de reducir las disparidades en las tasas de mortalidad de lactantes entre las zonas rurales y urbanas del país (Honduras);

108.150 Seguir mejorando el programa nacional de educación abierta “ Una Mongolia ” (Letonia);

108.151 Continuar las medidas encaminadas a garantizar el derecho a la educación para todos los niños (Rumania);

108.152 Redoblar sus esfuerzos por finalizar el proyecto de ley sobre los derechos de las personas con discapacidad a fin de garantizar la promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad, en particular para asegurar su participación, aumentar su empleo y promover su derecho a la educación (Indonesia);

108.153 Continuar sus labores en favor de las personas con discapacidad (Argentina);

108.154 Aprobar legislación específica para luchar contra todas las formas de discriminación, en particular teniendo en cuenta los derechos de las personas con discapacidad y las personas de edad (Turquía);

108.155 Incrementar la inversión en educación y conceder importancia a la educación inclusiva para los niños con discapacidad a fin de asegurar su desarrollo saludable (China);

108.156 Garantizar la igualdad de acceso a la educación de los niños con discapacidad, mejorando la percepción de la opinión pública sobre sus derechos (Turquía);

108.157 Seguir reforzando el sistema educativo y asegurar la igualdad de acceso de los niños con discapacidad a la educación (República Democrática Popular Lao);

108.158 Considerar la posibilidad de prestar atención especial a los derechos de las mujeres y las niñas con discapacidad, incluidos sus derechos reproductivos y el derecho a no sufrir actos de violencia, al trabajo, a recibir educación y a participar en la adopción de decisiones (Tailandia);

108.159 Proporcionar una protección adecuada a los solicitantes de asilo conforme lo exigen las normas internacionales en la materia, incluido el principio de no devolución, y considerar la posibilidad de ratificar la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (República de Corea);

108.160 Colaborar con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) para que los solicitantes de asilo tengan acceso a sus derechos, en particular de conformidad con el principio de no devolución (Uruguay);

108.161 Considerar la posibilidad de ratificar el Convenio de Minamata y actualizar el artículo 4.1.23 de la Ley de Minerales de Mongolia, que se aplica a la minería en pequeña escala, a fin de garantizar los derechos de explotación minera de los mineros en pequeña escala y oficializar sus actividades tan pronto como sea posible (Hungría);

108.162 Elaborar un plan de acción nacional sobre las empresas y los derechos humanos, para la aplicación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, prestando atención especial a la situación de los pastores nómadas y el acceso a la reparación (Países Bajos);

108.163 Sumarse a la Iniciativa de los Principios Voluntarios de Seguridad y Derechos Humanos a fin de promover el respeto de los derechos humanos en la prestación de servicios de seguridad para las actividades de las industrias extractivas (Estados Unidos de América);

108.164 Elaborar y aplicar un plan de acción nacional sobre el uso del mercurio en el sector de la minería artesanal a fin de proteger la salud de los trabajadores de ese sector y el medio ambiente (Suiza).

109. Todas las conclusiones y recomendaciones que figuran en el presente informe reflejan la posición del Estado o de los Estados que las presentaron y del Estado examinado. No debe interpretarse que han recibido el respaldo del Grupo de Trabajo en su conjunto.

Anexo

[Inglés únicamente]

Composition of the delegation

The delegation of Mongolia was headed by Mr. Tsogoo Uugangerel, Vice Minister of Justice and composed of the following members:

•Mr. Erdenebat Ganbat, Deputy Prosecutor of General Prosecutor’s Office of Mongolia

•Mr. Ankhbayar Nyamdorj, Head of the Human Rights Division of the Department of International Legal Affairs of the Ministry of Foreign Affairs

•Ms. Nyamsuvd Batmagnai, Officer of the Foreign Relations Division of the Ministry of Population Development and Social Welfare

•Mr. Badarch Gungaa, Head of the Foreign Relations Division of the General Police Department

•Ms. Bolormaa Mashlai, Secretary of the National Committee on Equality

•Ms. Gantuya Dulaanjargal, Officer of the Treaty, Law and Foreign Relations Department of the Ministry of Justice

•Ms. Khaliun Dalantai, Translator